Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Sección Civil Expediente: 71/2020-V
Declaración Especial de Ausencia
EDICTO
 
EN LOS AUTOS DE LA DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA, EXPEDIENTE 71/2020-V, PROMOVIDO POR ANA BERTA SALINAS CRUZ, ASESOR JURÍDICO FEDERAL DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA, POR EL QUE SOLICITA LA DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA DE JOSÉ MARTÍN MORALES GALVÁN, SEGUIDO EN EL JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL ENLA CIUDAD DE MÉXICO; POR AUTO DE DOCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO, SE ORDENÓ LA PUBLICACIÓN DE EDICTOS DE UN EXTRACTO DEL ACUERDO EMITIDO EN ESA FECHA; EN CONSECUENCIA SE TRANSCRIBE:
Ciudad de México, doce de mayo de dos mil veintiuno
(...)
En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7, 14, 15, 16 y 17 y demás relativos a la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas y 70 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, SE ADMITE a trámite.
En tales circunstancias, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, requiérase al Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en búsqueda de Personas Desaparecidas, a la Comisión Nacional de Búsqueda y a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas a efecto de que remitan la información pertinente que obre en sus expedientes, en copia certificada, respecto de la persona desaparecida de nombre José Martín Morales Galván, lo que deberá hacer en el término de cinco días hábiles, contados a partir de que reciban el presente requerimiento.
Lo anterior, bajo apercibimiento que de no desahogar el presente requerimiento dentro del término concedido, con fundamento a lo establecido en el artículo 59, fracción I, del Código Federal de Procedimientos Civiles, en relación con los transitorios segundo y tercero del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de enero de dos mil dieciséis, por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, se le impondrá a la omisa una multa equivalente a treintaUnidades de Medida de Actualización equivalentes a $2,418.00 (dos mil cuatrocientos dieciocho pesos 00/100 moneda nacional).
Por otro lado, con fundamento en el artículo 17 de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, procédase a llamar a juicio a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de Declaración Especial de Ausencia en que se actúa, por medio de edictos, asimismo, gírese oficio al Diario Oficial de la Federación a efecto de que realice la publicación del edicto correspondiente.
Lo anterior, deberá ser de forma gratuita, tal y como lo dispone el artículo 19-B, de la Ley Federalde Derechos.
Los edictos deberán publicarse por tres veces consecutivas, con intervalos de una semana, en el Diario Oficial de la Federación, lo que se realiza para los efectos legales a que haya lugar.
Fíjense los edictos respectivos en la puerta del juzgado, por todo el tiempo a que hace referencia el artículo 18 de la ley aplicable.
Asimismo, gírese oficio al Consejo de la Judicatura Federal y a la Comisión Nacional de Búsqueda, para hacerle llegar el edicto que se elabore y lo publiquen en su página electrónica, se ordenan publicar los avisos en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación y en la de la Comisión Nacional de Búsqueda, tal y como lo dispone el artículo 17 de la Ley aplicable; lo anterior con la finalidad de llamar a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento que nos ocupa.
Por otra parte, se tienen por ofrecidas como pruebas las documentales marcadas con los incisos a), b), c), d) e), f) y g) las que se desahogan dada su propia y especial naturaleza, toda vez que fueron exhibidaspor el promovente.
Finalmente, por lo que hace al escrito registrado con el folio 4286, signado por Ana Berta Salinas Cruz, representante de los familiares del desaparecido José Martín Morales Galván, atento a su contenido; dígase a la promovente que se esté a lo acordado en párrafos precedentes, ello, para los efectos a que haya lugar.
NOTIFÍQUESE Y POR OFICIO AL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS; COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA Y COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS; DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN; CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
Lo proveyó el licenciado Alejandro Dzib Sotelo, Juez Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, y firma electrónicamente con el licenciado José Ricardo Martínez Torres, secretario que da fe. Doy fe.
 
 
Atentamente.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Lic. Raymundo Esteban Alor García
Rúbrica.
(E.- 000110)