Contenido I. Definiciones II. Trámites Código Fiscal de la Federación. 1/CFF a .............................................................................................................................. 67/CFF .............................................................................................................................. 68/CFF Reporte y entrega de documentación por fedatarios públicos de inscripción en el RFC de personas morales. 69/CFF Informe de fedatarios públicos en materia de inscripción y avisos al RFC. 70/CFF a .............................................................................................................................. 310/CFF .............................................................................................................................. |
Impuesto Sobre la Renta. 1/ISR a ........................................................................................................................... 156/ISR .............................................................................................................................. |
Impuesto al Valor Agregado. 1/IVA a .............................................................................................................................. 10/IVA .............................................................................................................................. |
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. 1/IEPS a .............................................................................................................................. 45/IEPS .............................................................................................................................. 46/IEPS Solicitud para obtener folios para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas. 47/IEPS a .............................................................................................................................. 54/IEPS .............................................................................................................................. |
Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos. 1/ISTUV .............................................................................................................................. |
Impuesto Sobre Automóviles Nuevos. 1/ISAN a .............................................................................................................................. 3/ISAN .............................................................................................................................. |
Ley de Ingresos de la Federación. 1/LIF a .............................................................................................................................. 9/LIF .............................................................................................................................. |
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. 1/LISH a .............................................................................................................................. 12/LISH .............................................................................................................................. |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008. 1/DEC-1 a .............................................................................................................................. 5/DEC-1 .............................................................................................................................. |
Del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007. 1/DEC-2 a .............................................................................................................................. 5/DEC-2 .............................................................................................................................. |
Del Decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015. 1/DEC-3 a .............................................................................................................................. 7/DEC-3 .............................................................................................................................. |
Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados de Campeche y Tabasco, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016. 1/DEC-4 a .............................................................................................................................. 2/DEC-4 .............................................................................................................................. |
Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, publicado en el DOF el 28 de octubre de 2021. 1/DEC-5 a .............................................................................................................................. 5/DEC-5 .............................................................................................................................. |
Del Decreto por el que establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2015. 1/DEC-6 ................................................................................................................................. |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 11 de septiembre de 2017. 1/DEC-7 a .............................................................................................................................. 3/DEC-7 .............................................................................................................................. |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 2 de octubre de 2017. 1/DEC-8 a .............................................................................................................................. 3/DEC-8 ........................................................................................................................... |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018, publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2018. 1/DEC-9 a .............................................................................................................................. 2/DEC-9 .............................................................................................................................. |
Del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018. 1/DEC-10 a .............................................................................................................................. 6/DEC-10 .............................................................................................................................. |
Del Decreto mediante el cual se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 08 de enero de 2019. 1/DEC-11 .............................................................................................................................. |
Del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 y modificado mediante publicación en el DOF el 30 de diciembre de 2020 y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020. 1/DEC-12 a .............................................................................................................................. 5/DEC-12 .............................................................................................................................. |
De la prestación de servicios digitales y de intermediación entre terceros. 1/PLT a ........................................................................................................................... 14/PLT ............................................................................................................................ |
Ley Federal de Derechos. 1/DERECHOS a ..................................................................................................................... 5/DERECHOS ........................................................................................................................ |
68/CFF Reporte y entrega de documentación por fedatarios públicos de inscripción en el RFC de personas morales | ||||
Trámite Servicio | Descripción del trámite o servicio | Monto | ||
Entrega de la documentación de los trámites de inscripción en el RFC de personas físicas y morales, realizados por fedatario público. | Gratuito | |||
Pago de derechos Costo | ||||
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? | ¿Cuándo se presenta? | |||
Notarios públicos o corredores públicos incorporados al esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos. | Dentro de los primeros quince días hábiles del mes siguiente al que se realizaron las inscripciones. | |||
¿Dónde puedo presentarlo? | En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/30905/presenta-tus-tramites-relacionados-con-el-esquema-de-inscripcion-en-el-rfc-para-fedatarios-publicos | |||
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO | ||||
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
El fedatario público incorporado al esquema de inscripción en el RFC, por medios remotos, debe: 1. Ingresar a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona el apartado Trámites del RFC, expande el menú de Inscripción en el RFC por medios remotos, selecciona el apartado Presenta tus trámites relacionados con el esquema de inscripción en el RFC para fedatarios públicos, da clic en el apartado de Iniciar, e ingresa con RFC y contraseña. 3. Selecciona la etiqueta ENTREGA DOCUMENTOS FEDATARIOS. 4. Llena los datos solicitados en el formulario y adjunta la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 5. En caso de que la entrega de la documentación sea correcta, recibe Acuse de respuesta informando que la documentación fue recibida de forma completa. 6. En caso de que la documentación esté incompleta, recibirás un Acuse de solicitud de información adicional, mediante el cual se solicitará que en un plazo no mayor a 10 días adjuntes la información faltante. | ||||
¿Qué requisitos debo cumplir? | ||||
1. Relación de contribuyentes inscritos en el RFC, acompañada de los siguientes documentos digitalizados en formato .pdf que no excedan cada uno de 4 MB por cada inscripción realizada: 2. Identificación oficial de la persona física inscrita (representante legal, socio, accionista o enajenantes de bienes) o del representante legal de la persona moral inscrita, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF. 3. Copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado, legible y en orden. 4. Solicitud de inscripción al RFC, firmada de acuerdo a lo siguiente: · Inscripción de persona moral: por el representante legal. · Inscripción de persona física: por el representante legal, socio, accionista o enajenante de bienes. 5. Acuse único de inscripción al RFC de cada una de las inscripciones realizadas (personas físicas y morales). 6. Comprobante de domicilio, cualquiera de los señalados en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del Anexo 1-A de la RMF. En caso de ser representante legal: 7. Copia certificada del poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público. *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF |
¿Con qué condiciones debo cumplir? | |||
No aplica. | |||
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO | |||
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? | ¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? | ||
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/30905/presenta-tus-tramites-relacionados-con-el-esquema-de-inscripcion-en-el-rfc-para-fedatarios-publicos | No. | ||
Resolución del trámite o servicio | |||
· Si la entrega de la documentación es correcta, recibes Acuse de respuesta informando que la documentación fue recibida de forma completa. En caso de que no entregues la documentación completa, recibes Acuse de solicitud de información adicional, mediante el cual se solicitará que en un plazo no mayor a 10 días adjuntes la información faltante. |
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio | Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional | Plazo máximo para cumplir con la información solicitada | |
Trámite inmediato. | Inmediato. | 10 días. | |
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? | ¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? | ||
Acuse de respuesta informando que la documentación fue recibida de forma completa. | Indefinida. |
CANALES DE ATENCIÓN | |
Consultas y dudas | Quejas y denuncias |
· MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx/ · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establecen en la siguiente dirección electrónica: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: Lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y viernes de 8:30 a 15:00 hrs. · Preguntas frecuentes: https://www.sat.gob.mx/tramites/30905/presenta-tus-tramites-relacionados-con-el-esquema-de-inscripcion-en-el-rfc-para-fedatarios-publicos | · Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · SAT Móvil Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias. · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
Información adicional | |
· La documentación entregada debe coincidir con la información registrada en la inscripción en el RFC. · Cuando no se entregue la documentación señalada, la autoridad fiscal le solicitará la entrega de la totalidad de los documentos que deriven de las inscripciones en el RFC que procesó. · En caso que el fedatario público no entregue en dos ocasiones consecutivas dicha documentación, la autoridad podrá cancelar su incorporación en el Esquema de Inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos. | |
Fundamento jurídico | |
Artículo 27 del CFF; Reglas 2.4.13.,2.5.14 y 2.5.25. de la RMF |
69/CFF Informe de fedatarios públicos en materia de inscripción y avisos al RFC | ||||
Trámite Servicio | Descripción del trámite o servicio | Monto | ||
Hacer de conocimiento de la autoridad, las inscripciones que fueron realizadas. | Gratuito |
Pago de derechos Costo: | ||||
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? | ¿Cuándo se presenta? | |||
Notarios públicos o corredores públicos incorporados al esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos. | Dentro del mes siguiente contado a partir de la autorización de la escritura. | |||
¿Dónde puedo presentarlo? | En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/30905/presenta-tus-tramites-relacionados-con-el-esquema-de-inscripcion-en-el-rfc-para-fedatarios-publicos |
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO | |
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? | |
El fedatario público incorporado al esquema de inscripción en el RFC, por medios remotos, debe: 1. Ingresar a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona el apartado Trámites del RFC, expande el menú de Inscripción en el RFC por medios remotos, selecciona el apartado Presenta tus trámites relacionados con el esquema de inscripción en el RFC para fedatarios públicos, da clic en el apartado de Iniciar e ingresa con RFC y contraseña. 3. Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información. 4. Genera y conserva el Acuse de recepción. | |
¿Qué requisitos debo cumplir? | |
No se requiere presentar documentación. | |
¿Con qué condiciones debo cumplir? | |
Contar con e.firma o Contraseña. | |
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO | |
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? | ¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
Trámite inmediato. | No. |
Resolución del trámite o servicio |
Se obtiene un acuse de recibo electrónico. |
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio | Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional | Plazo máximo para cumplir con la información solicitada | |
Trámite inmediato. | No aplica. | No aplica. | |
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? | ¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? | ||
Acuse de recibo electrónico, con el número de folio asignado, fecha y lugar de creación del informe. | Indefinida. | ||
CANALES DE ATENCIÓN | |||
Consultas y dudas | Quejas y denuncias | ||
· MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx/ · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establecen en la siguiente dirección electrónica: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: Lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y viernes de 8:30 a 15:00 hrs. | · Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · SAT Móvil Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias. · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
Información adicional |
1. Estos informes se presentarán a través del programa electrónico DeclaraNOT, utilizando los Apartados Omisión de presentación de solicitud de inscripción o de avisos de cancelación de personas morales e Identificación de Socios o Accionistas. 2. Para facilitar la presentación del trámite en el Portal del SAT, se pone a tu disposición la Guía de llenado "DeclaraNOT en Línea", Aviso de Omisión de solicitud de inscripción o de avisos de liquidación o cancelación de personas morales, que se encuentra en la siguiente liga: https://mideclaranot.com/dnot/wp-content/uploads/2019/09/Aviso-de-Omisi%C3%B3n-de-solicitud-de-inscripci%C3%B3n-o-de-avisos-de-liquidaci%C3%B3n-o-cancelaci%C3%B3n-de-personas-morales.pdf |
Fundamento jurídico |
Artículos: 27 del CFF; 27 RCFF; Reglas 2.4.9., 2.4.10. y 2.4.13. de la RMF. |
46/IEPS Solicitud para obtener folios para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas | ||||
Trámite Servicio | Descripción del trámite o servicio | Monto | ||
Presenta este trámite para solicitar la autorización para obtener folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas. | Gratuito | |||
Pago de derechos Costo: | ||||
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? | ¿Cuándo se presenta? | |||
Los contribuyentes inscritos en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas que tengan la obligación a la que se refiere el artículo 19, fracción V de la LIEPS. | Cuando requieras solicitar folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos por primera vez para marcas específicas. | |||
¿Dónde puedo presentarlo? | En el Portal del SAT, a través de Mi Portal: https://www.sat.gob.mx/tramites/77229/solicitud-para-obtener-folios-electronicos-para-la-impresion-digital-de-marbetes | |||
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO | ||||
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña y oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente: · En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Solicitud para obtener folios autorizados para impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo; para anexar la documentación relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar. 2. El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema). 3. Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación, seleccionando el botón Cancelación del Servicio). | ||||
¿Qué requisitos debo cumplir? | ||||
1. Estar inscrito con el estatus de Alta en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC. 2. Archivo electrónico digitalizado formato PDF que contenga lo siguiente: · La manifestación bajo protesta de decir verdad que en los doce meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud hayan pagado un monto igual o mayor a $200,000,000.00 (doscientos millones de pesos M.N. 00/100) por concepto de ISR o $20,000,000.00 (veinte millones de pesos M.N. 00/100) por concepto de IEPS. · La especificación de las marcas de las que deseas solicitar los folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas y que para dichas marcas hayas utilizado en el ejercicio inmediato anterior la cantidad igual o superior a 300,000 marbetes físicos. · Especificación del número asignado del producto o productos (SKU), registrados en el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) del Portal del SAT, asociados a las marcas. |
¿Con qué condiciones debo cumplir? | |
· Contar con e.firma y Contraseña. · Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. · No estar publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. · Contar con buzón tributario activo. · No encontrarse restringido en el uso del CSD. | |
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO | |
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o Servicio? | ¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
Puedes consultar el estatus de tu solicitud de marbetes electrónicos en el siguiente medio: · Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action · Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta, registra en el campo Número de Folio el folio que el sistema te generó al momento del registro de tu trámite y oprime el botón Buscar; verifica tu respuesta. | No. |
Resolución del trámite o servicio | |||
· En un plazo de 5 días hábiles verifica la respuesta de tu trámite como se señala en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?, en el supuesto de que obtengas autorización podrás consultar en ese mismo medio el dictamen de uso de imagen y diseño para la impresión de marbetes electrónicos y sus anexos. · Asimismo, la autoridad te notificará la resolución correspondiente vía buzón tributario para lo cual debes considerar lo siguiente: Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma o contraseña; selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descargar tu oficio de resolución. | |||
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio | Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional | Plazo máximo para cumplir con la información solicitada | |
5 días hábiles. | 5 días hábiles. | 10 días hábiles. | |
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? | ¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? | ||
· Acuse de recibo. · Oficio de resolución (autorización o rechazo). · En su caso, requerimiento de información. · Dictamen de uso de imagen y diseño, acompañado de sus anexos. | Indefinida. |
CANALES DE ATENCIÓN | |
Consultas y dudas | Quejas y denuncias |
· MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes y precintos. · Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx | · Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · SAT Móvil Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias. · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
Información adicional | |
· En caso de que desees solicitar folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos para una marca distinta, debes presentar una nueva solicitud en términos de esta ficha. · La autoridad en un plazo de 5 días hábiles podrá requerirte información adicional con la finalidad de verificar los requisitos a los que se refiere esta ficha, la cual deberás proporcionar en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la notificación del requerimiento, en el supuesto de que no desahogues dicho requerimiento en tiempo y forma, se tendrá por no presentada la solicitud. · Para el cumplimiento del requisito señalado en el numeral 2 del apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? de esta ficha, referente al cumplimiento de la cantidad igual o superior de 300,000 marbetes físicos solicitados y adheridos en el ejercicio inmediato anterior, se podrá cumplir, con la suma de los marbetes físicos adheridos a los productos de la misma categoría o familia en sus diferentes presentaciones. · El Dictamen de uso de imagen y diseño y sus anexos tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal, por lo que, dentro de los 15 días hábiles previos a su vencimiento, debes solicitar a esta autoridad a través del Portal del SAT, la emisión del nuevo dictamen. · En el supuesto de que, por la forma del envase, dimensión o las características de la etiqueta o contra etiqueta del mismo y toda vez que la regla 5.2.6. de la RMF, señala la opción de poder variar el tamaño establecido para el marbete electrónico, deberás solicitar mediante escrito libre (el cual debes adjuntar en la presentación de este trámite) la autorización para modificar el tamaño, indicando las medidas exactas que deseas utilizar para su impresión, sin que estas sean menores de 2 X 2 cm, asimismo deberás manifestar la justificación de la modificación del tamaño, la cual podrás complementar con el envío de documentos o imágenes. Lo anterior estará sujeto al análisis de la autoridad y en caso de ser aceptada tu petición se te hará de conocimiento a través de la emisión del dictamen de uso de imagen y diseño. | |
Fundamento jurídico | |
Artículos: 69-B del CFF; 19 de la LIEPS; Reglas 2.1.39. y 5.2.47. de la RMF. |
RFC | Denominación Social |
HAN9506302FA | Hogar de Amistad para el Niño Manzanillense, A.C. |
RFC | Denominación Social |
UIP100324ND4 | Universidad Insurgentes Plantel Toluca, S.C. |
RFC | Denominación Social |
UIP100324ND4 | Universidad Insurgentes Plantel Toluca, S.C. |
RFC | Denominación Social |
SEB021211996 | Sociedad Española de Beneficencia sin tipo de Sociedad |
RFC | Denominación Social |
SEB021211996 | Sociedad Española de Beneficencia sin tipo de Sociedad |
Tipo de vialidad | Calle | Número Exterior | Número interior | Tipo de asentamiento | Colonia | Código Postal | Entre calles o Referencias | Localidad | Alcaldía o Municipio | Entidad Federativa |
Avenida | Sor Juana Inés de la Cruz | 22 | 2° piso | Colonia | Tlalnepantla Centro | 54000 | Tenayuca y José Enrique Dunant | Tlalnepantla de Baz | Tlalnepantla de Baz | Estado de México |
Tipo de vialidad | Calle | Número Exterior | Número interior | Tipo de asentamiento | Colonia | Código Postal | Entre calles o Referencias | Localidad | Alcaldía o Municipio | Entidad Federativa |
Avenida | Miguel Alemán | 6345 | | Colonia | Riberas de la Purísima | 67126 | General Bonifacio Salinas y San Eugenio | Guadalupe | Guadalupe | Nuevo León |
Tipo de vialidad | Calle | Número Exterior | Número interior | Tipo de asentamiento | Colonia | Código Postal | Entre calles o Referencias | Localidad | Alcaldía o Municipio | Entidad Federativa |
Calle | Venustiano Carranza | 107 Sur | | Colonia | Centro | 82000 | Calle Cruz y Calle Aduana | Mazatlán | Mazatlán | Sinaloa |