ACUERDO adoptado por el H. Consejo Directivo de la Financiera, en su Vigésima Segunda Sesión Extraordinaria de fecha 23 de diciembre de 2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.

ACUERDO adoptado por el H. Consejo Directivo de la Financiera, en su Vigésima Segunda Sesión Extraordinaria de fecha 23 de diciembre de 2021:
" El H. Consejo Directivo de la Financiera determina que los ingenios Industrial Azucarera Atencingo, S.A. de C.V. e Industrial Azucarera San Cristóbal, S.A. de C.V. sean considerados como Intermediarios Financieros Rurales, en términos de lo expuesto en esta sesión, tomando en cuenta la Opinión Favorable emitida por el Comité de Crédito en su Segunda Sesión Extraordinaria de 2021 y con fundamento en los artículos 4o., fracción V y 33, fracción XI de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; 3, fracción VII y 14, fracción XI del Estatuto Orgánico de este Organismo Descentralizado y 1o., fracción XIII de las Disposiciones de carácter general en materia prudencial, contable y para el requerimiento de información aplicables a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero vigentes, emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores..."
Lo anterior se comunica y certifica con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, fracción VII, y 15, fracción VI del Estatuto Orgánico de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
Atentamente
Secretario del H. Consejo Directivo, Lic. Carlos Gerardo Pedraza Balboa.- Rúbrica.
(R.- 516188)