ACUERDO General 1/2022 del Pleno del Tribunal Superior Agrario por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores correspondiente al año dos mil veintidós.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.

ACUERDO GENERAL 1/2022 DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE SUSPENSIÓN DE LABORES CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
CONSIDERANDO
Que el artículo 9 del Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, previene que corresponde al Magistrado Presidente proponer al Tribunal Superior Agrario, acordar las medidas administrativas que sirvan para simplificar y hacer más expedita la administración de la justicia agraria, así como facilitar a las partes el desahogo de sus promociones ante los Tribunales Agrarios.
Que el Pleno del Tribunal Superior Agrario, en la sesión celebrada el día 5 de enero del año actual, aprobó el calendario de suspensión de actividades correspondiente al año dos mil veintidós, que concierne al ejercicio jurisdiccional del Tribunal Superior Agrario y Tribunales Unitarios Agrarios, así como de las oficinas administrativas y determinó que en esos lapsos no correrán los términos en los procedimientos agrarios a que se refiere la Ley de la Materia y las disposiciones que de ella emanan, ni la práctica de diligencia alguna.
Que en la misma sesión se ordenó se expidiera el acuerdo respectivo, por lo que, con fundamento en la disposición reglamentaria que antecede y con base en la consideración que se sustenta se expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Quedan suspendidas las actividades jurisdiccionales del Tribunal Superior Agrario y de los Tribunales Unitarios Agrarios, así como de las Oficinas Administrativas durante el año de dos mil veintidós, en consecuencia, no correrán plazos ni términos concernientes a los procedimientos agrarios que se ventilen en los Tribunales Agrarios, ni se practicará diligencia alguna, en los días que se indican a continuación:
7                 Febrero (en conmemoración del 5 de febrero)
21               Marzo
14 y 15         Abril
5                 Mayo
16 al 31        Julio (primer periodo vacacional)
14 y 16         Septiembre
12               Octubre
1 y 2            Noviembre
21               Noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre)
16 al 31        Diciembre (segundo periodo vacacional)
SEGUNDO. El presente calendario queda sujeto a las modificaciones que resulten consecuentes a la suspensión de actividades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
TERCERO. La suspensión de actividades en los días señalados en el calendario que antecede, de igual manera aplica para la atención de los trámites y procedimientos relacionados con el ejercicio del derecho de acceso a la información, de derechos ARCO y en general para el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia conforme a lo establecido en la Ley General y en la Ley Federal, ambas en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Por lo que, se instruye a la Unidad de Transparencia de los Tribunales Agrarios para que en términos de los señalado en el punto quinto del ACUERDO ACT-PUB/08/12/2021.06 emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, se comunique el presente acuerdo para los efectos correspondientes.
CUARTO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Boletín Judicial Agrario y página web de los Tribunales Agrarios.
QUINTO. A manera de aviso, fíjese este Acuerdo en los estrados correspondientes para que surta sus efectos y cúmplase.
Así por unanimidad de votos, lo acordó el Pleno del Tribunal Superior Agrario, firman los Magistrados Numerarios Licenciada Maribel Concepción Méndez de Lara, Licenciada Claudia Dinorah Velázquez González y Maestro Alberto Pérez Gasca, así como la Magistrada Supernumeraria Licenciada Carmen Laura López Almaraz, quien suple ausencia de Magistrado Numerario, ante el Secretario General de Acuerdos, quien autoriza y da fe.
Ciudad de México, a 5 de enero de 2022.- Secretario General de Acuerdos, Lic. Eugenio Armenta Ayala.- Rúbrica.
 
(R.- 516195)