Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito
Cancún, Q. Roo
EDICTO.
 
GREGORIO SALVADOR LÓPEZ
TERCERO INTERESADO EN EL EXPEDIENTE RELATIVO AL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 227/2021,
EN EL LUGAR EN DONDE SE ENCUENTRE;
En autos del expediente número 227/2021, formado con motivo de la demanda de amparo directo promovida por José Eduardo Uc Tamay, en contra de la sentencia definitiva de diez de noviembre de dos mil dieciséis, dictada en autos del toca penal 14/2016, del índice de la Octava Sala Especializada en Materia Penal Tradicional del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con sede en esta ciudad, y su ejecución atribuida al Juzgado Tercero Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo, ahora Juzgado Tercero Penal "B" de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo, así como, al Director del Centro de Reinserción Social de Cancún, Quintana Roo; la Magistrada Presidente del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, dictó el siguiente pronunciamiento:
En cumplimiento a lo ordenado en el proveído de treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, se ordena realizar el emplazamiento del tercero interesado Gregorio Salvador López, por medio de edictos por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber al mencionado tercero interesado que deberá presentarse, por sí o por conducto de quien legalmente lo represente, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, tal como lo dispone el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, de considerarlo pertinente a la defensa de sus intereses; así mismo, en su oportunidad, fíjese en el acceso principal del Edificio Sede de este Tribunal, así como en la puerta de este último, copia íntegra de la resolución que se ordena publicar, por todo el tiempo del emplazamiento.
 
Atentamente.
Cancún, Quintana Roo, diecinueve de mayo de dos mil veintidós.
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
del Vigésimo Séptimo Circuito.
Lucdemar Martínez Mateos.
Rúbrica.
(R.- 521683)