Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Michoacán
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien afecto a la indagatoria que a continuación se describe: 1.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0000315/2022, iniciada por el de delito de Transporte, Sustracción y Posesión ilícita de Hidrocarburo, en la cual el 16 de febrero de 2022, se decretó el aseguramiento de Vehículo FREIGHTLINER, tipo camión/incompleto (chasis-cabina); modelo FL112, color blanco, con placas de circulación 54AP6M del Servicio de Autotransporte Federal NIV: 1FV6TWDA1WH968128, es de origen Extranjero (E.U.A.) y año modelo 1998, por ser instrumento del delito investigado. 2.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0000390/2022, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Transporte, Sustracción y Posesión ilícita de Hidrocarburo, en la cual el 03 de marzo de 2022, se decretó el aseguramiento de Vehículo no automotor marca Tytal, tipo semirremolque/tanque, color gris, con placa de circulación 67-TX-9U del Servicio de Autotransporte Federal, con NIV: 3T1L1T222FC000083, es de origen nacional y año modelo 2019, por ser instrumento del delito investigado. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
- - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el estado Michoacán, con domicilio en calle Batalla Monte de las Cruces, número 65, colonia Lomas de Hidalgo, Morelia, estado de Michoacán de Ocampo.
 
Atentamente.
Morelia, Michoacán; a 22 de junio de 2022.
El Delegado de la Fiscalía General de la República en Michoacán
Lic. Jesús López Trujillo.
Rúbrica.
(R.- 523571)