Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Especializada de Control Competencial
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales
Célula de Investigación: Agencia Décima Sexta Investigadora UEIDAPLE
Carpeta de Investigación: FED/SEIDF/UNAI-VER/0001643/2018
EDICTO
 
Propietario de: 181 máquinas electrónicas, 5 LAP TOPS, 2 servidores; 5 mesas de juego, así como el establecimiento denominado "Casa Blanca" inmueble ubicado en Kilómetro 192+500 de la Carretera Tampico-Tuxpan, Localidad de Pueblo Viejo, Veracruz con las coordenadas geográficas 22°13'24.9"N 97°49'53.5" W.
Los objetos fueron localizados en el domicilio que se indica.
En cumplimiento al acuerdo ministerial dictado dentro de la carpeta de investigación FED/SEIDF/UNAI-VER/0001643/2018, instruida en la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales dependiente de la Fiscalía General de la República, por hechos que la ley señala como delito, previsto en el artículo 12 fracción II de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 40 y 41 del Código Penal Federal, 127, 128, 129, 130, 131, 229, 230, 231 todos del Código Nacional de Procedimientos Penales, se le notifica al PROPIETARIO el acuerdo de aseguramiento de 15 de enero de 2022, que realizó la Fiscalía General de la República, de los bienes de su propiedad o posesión, consistentes en 181 máquinas electrónicas, 5 LAP TOPS, 2 servidores; 5 mesas de juego, así como el establecimiento denominado "Casa Blanca" inmueble ubicado en Kilómetro 192+500 de la Carretera Tampico-Tuxpan, Localidad de Pueblo Viejo, Veracruz con las coordenadas geográficas 22°13'24.9"N 97°49'53.5" W, lo anterior al ser considerados instrumentos del delito y localizados en Técnica de Investigación 137/2018 "Cateo" de fecha 28 de noviembre de 2018, en el domicilio citado. Lo que se hace de su conocimiento para que manifieste lo que a su derecho convenga, en términos de lo dispuesto por el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, apercibido que transcurrido el término de noventa días naturales siguientes a que surta efectos la presente notificación, los bienes asegurados causaran abandono a favor de la Fiscalía General de la República. Poniendo a su disposición, las constancias que motivaron el acuerdo ministerial a que se hace referencia, teniendo las oficinas que ocupa esta Agencia de Investigación, ubicada en Avenida Insurgentes número 20, Piso 11, Glorieta de los Insurgentes, Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, Ciudad de México.
 
Atentamente
Sufragio Efectivo No Reelección
Ciudad de México, a 25 de agosto de 2022
La Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Agencia Décima Sexta UEIDAPLE de la Ciudad de México
Lic. Fabiola Rubi Lugo Ocaña
Rúbrica.
(R.- 526066)