Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Circuito
Villahermosa, Tabasco
Amparo Directo 169/2021
EDICTO
 
Orieta García Ruiz, Luis González Rodríguez y/o Luis Francisco Javier González Rodríguez,Julia Rodríguez de Iturralde y/o Julia Rodríguez Iturralde.
DONDE SE ENCUENTREN.
Se hace de su conocimiento que ante este Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Circuito se tramita el juicio de amparo directo 169/2021, con motivo de la demanda promovida por Consorcio Inmobiliario Roma, sociedad anónima, institución de banca múltiple, contra la sentencia de treinta de junio dedos mil veinte, que dictó en el toca civil 20/2020-I, la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justiciadel Estado de Tabasco.
Lo anterior en cumplimiento de lo ordenado en el proveído de tres de junio de este año, para que esta publicación surta efectos de emplazamiento en el juicio de amparo en cita, a los terceros interesados Orieta García Ruiz, Luis González Rodríguez y/o Luis Francisco Javier González Rodríguez, Julia Rodríguez de Iturralde y/o Julia Rodríguez Iturralde, por edictos en triplicado, que deben publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en larepública; por tanto, se hace saber a los citados terceros interesados que deberán comparecer al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Circuito en Villahermosa, Tabasco, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente día al de la última publicación, para lo cual se deja a su disposición copia de la demanda en la secretaría de acuerdos de este órgano jurisdiccional a fin de que se hagan valer sus derechos si conviene a sus intereses, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por lista de acuerdos, en término de lo dispuesto por el artículo 29 de laLey de Amparo.
 
Villahermosa, Tabasco, tres de junio de 2022.
El Magistrado Presidente.
Lic. Roberto Alejandro Navarro Suárez.
Firma Electrónica.
La Secretaria de Acuerdos.
Lic. Alhelí del Carmen García Hernández
Firma Electrónica.
(R.- 526306)