Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
China Beijing Tong Ren Tang Group Co., Ltd.
Vs.
Fei Yang
M. 1440632 Tong Ren Tang y Diseño
Exped.: P.C. 1183/2022(C-472)14833
Folio: 33005
"2022, Año de Ricardo Flores Magón"
Fei Yang
NOTIFICACION POR EDICTOS
 
Mediante escrito presentado en la Oficialía de partes de esta Dirección el día 15 de junio del año, con el folio de ingreso 014833; por Consuelo González Rodríguez, apoderada de CHINA BEIJING TONG REN TANG GROUP CO., LTD., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citadoal rubro.
Por lo anterior, este instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a FEI YANG, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y presente dentro del mismo término, su escrito de contestación manifestando lo que a su derecho convenga; apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en los artículos 336, 367 fracción IV, 368 fracción I, 369 y 370 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
3 de octubre de 2022
La Coordinadora Departamental de Nulidades.
Paola Vanessa Batalla Nuño.
Rúbrica.
(R.- 529422)