CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para la Tercera Etapa de Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Ciudad de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- TRABAJO.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA LA "TERCERA ETAPA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA AL SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL", SUSCRITO EL 06 DE JULIO DE 2022, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ENLACE PARA LA REFORMA AL SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL, EL C. ESTEBAN MARTÍNEZ MEJÍA, Y POR EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EL C. MARCO ANTONIO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN ADELANTE "EL GOBIERNO DE LA CDMX", REPRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO INSTANCIA ESTATAL RESPONSABLE DEL PROYECTO, A TRAVÉS DE SU TITULAR, EL C. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN, LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL C. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA; CON LA ASISTENCIA DE LA C. LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR TITULAR DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS;Y EL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A TRAVÉS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, AMBOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE, MAGISTRADO EL C. RAFAEL GUERRA ÁLVAREZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PODER JUDICIAL CDMX"; A QUIENES CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de junio de 2022, "LA SECRETARÍA" a través de la Unidad de Enlace para Reforma al Sistema de Justicia Laboral y mediante oficio STPS/UERSJL/348/2022, notificó al "GOBIERNO DE LA CDMX" sobre la aprobación de los proyectos por parte del Comité de Evaluación de Proyectos, para la creación de Centros de Conciliación y Tribunales Laborales en la Ciudad de México.
II. Con fecha 06 de julio de 2022, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para la "Tercera etapa de implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral", el cual tiene por objeto el otorgamiento de los recursos autorizados a la Ciudad de México para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, a través de la creación del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México, especializado e imparcial y la creación de los Tribunales Laborales a cargo del Poder Judicial de la Ciudad de México para la resolución de los conflictos entre trabajadores y patrones; documento que en adelante se le denominará "CONVENIO PRINCIPAL".
III. Con fecha 15 de agosto de 2022, el "CONVENIO DE COORDINACIÓN" fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
IV.   Con fecha 22 de julio de 2022, "LA SECRETARÍA" realizó la transferencia de recursos al "GOBIERNO DE LA CDMX" por la cantidad de $85,247,355.13 (Ochenta y cinco millones doscientos cuarenta y siete mil trescientos cincuenta y cinco pesos 13/100 M.N.), de los cuales $35,247,445.25 (Treinta y cinco millones doscientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cinco pesos 25/100 M.N.) corresponderían al Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México y la cantidad de $49,999,909.88 (Cuarenta y nueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos nueve pesos 88/100 M.N.) al proyecto de Tribunales Laborales Locales; dicha transferencia se realizó mediante CLC, con número de folio 2658.
V. Con fecha 03 de noviembre de 2022, "EL GOBIERNO DE LA CDMX" solicitó a "LA SECRETARÍA" mediante oficio STYFE/DAJYUT/1137/2022 de fecha 01 de noviembre de 2022, vía correo electrónico, la modificación al proyecto para el Centro de Conciliación Laboral, en el rubro de Construcción, Adecuación o Adaptación de Inmuebles .
VI. Que en la Cláusula DÉCIMA QUINTA del "CONVENIO PRINCIPAL" , denominada MODIFICACIONES O ADICIONES, las partes acordaron lo que a la letra dice: "...EL GOBIERNO DE LA CDMX" podrá solicitar a la UERSJL de "LA SECRETARÍA", se someta a consideración del Comité de Evaluación, la modificación del presente instrumento conforme a lo dispuesto en el numeral Vigésimo sexto de los Lineamientos. Las modificaciones a los Convenios de Coordinación que "EL GOBIERNO DE LA CDMX" pretenda realizar solo podrán llevarse a cabo bajo los siguientes supuestos: a) La adición o eliminación de algún rubro en los Proyectos; y b) La modificación de los montos destinados a cada rubro de los diferentes Proyectos. Asimismo, deberán contemplar los objetivos establecidos en la Solicitud de acceso al subsidio. Los Convenios Modificatorios deberán presentarse al Comité para su evaluación y, de ser el caso, para la aprobación de los cambios a los Proyectos. En caso de ser aprobado el Convenio modificatorio se publicará en el DOF en los términos del Lineamiento Vigésimo cuarto de los Lineamientos".
VII. Con fecha 28 de noviembre de 2022, el Comité de Evaluación de Proyectos de "LA SECRETARÍA" aprobó en la Décima Tercera Sesión Extraordinaria la solicitud del "GOBIERNO DE LA CDMX" para llevar a cabo la modificación al proyecto para la creación del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México, en el rubro de Construcción, Adecuación o Adaptación de Inmuebles y, en consecuencia, "LAS PARTES" han determinado, modificar el "CONVENIO PRINCIPAL", en términos de lo estipulado en el presente instrumento.
DECLARACIONES
I. "LAS PARTES" manifiestan que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO DE PRINCIPAL".
I.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento.
I.3. Están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. MODIFICACIÓN. El presente instrumento, tiene por objeto modificar la cláusula SEGUNDA, con el fin de realizar una disminución al monto del "CONVENIO PRINCIPAL" derivado de los cambios realizados al proyecto correspondiente al Centro de Conciliación, para quedar como sigue:
"SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad de $65,652,746.81 (Sesenta y cinco millones seiscientos cincuenta y dos mil setecientos cuarenta y seis pesos 81/100 M.N.) correspondiente al recurso autorizado por el Comité de Evaluación de Proyectos, de los cuales $15,652,836.93 (Quince millones seiscientos cincuenta y dos mil ochocientos treinta y seis pesos 93/100 M.N.) serán destinados para la creación del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México; y $49,999,909.88 (Cuarenta y nueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos nueve pesos 88/100 M.N.) para la creación de los Tribunales Laborales Locales."
SEGUNDA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. EL "GOBIERNO DE LA CDMX", a través de su Secretaría de Finanzas o su homóloga y a solicitud de la Instancia Estatal Responsable, se compromete a realizar el reintegro por la cantidad de $19,594,608.32 (Diecinueve millones quinientos noventa y cuatro mil seiscientos ocho pesos 32/100 M.N), así como los rendimientos correspondientes.
TERCERA. "LAS PARTES" convienen que, con excepción de lo que expresamente se estipula en los términos de este Convenio Modificatorio, todas las demás cláusulas del "CONVENIO PRINCIPAL" quedan subsistentes en su contenido y alcance legal.
CUARTA. El presente Convenio Modificatorio empezará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.
Leído y ratificado el presente instrumento jurídico y enteradas las partes de su contenido, alcance y fuerza legal, lo suscriben en 6 ejemplares en la Ciudad de México, a los 29 días del mes de noviembre de dos mil veintidós.- Poder Ejecutivo Federal STPS: Titular de la Unidad de Enlace para la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, Esteban Martínez Mejía.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Marco Antonio Hernández Martínez.- Rúbrica.- Gobierno de la Ciudad de México: Titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo e Instancia Estatal Responsable del Proyecto, José Luis Rodríguez Díaz de León.- Rúbrica.- Magistrado Presidente del Poder Judicial de la Ciudad de México, Rafael Guerra Álvarez.- Rúbrica.- Titular de la Secretaría de Obras y Servicios, Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, Luz Elena González Escobar.- Rúbrica.