Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
 
Por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de dieciséis de enero de dos mil veintitrés, dictado en el cuaderno principal del juicio de amparo 1074/2022, promovido por Marina Luna Luna, apoderada legal de Banco del Bajío, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, contra actos del Juzgado Quinto Especializado en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla y otra autoridad, se emplaza a juicio al tercero interesado Grupo Constructor Tuxpan, S.A. de C.V., en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Lo anterior, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la secretaría de este órgano judicial, copia simple de la demanda de garantías, y anexos que se acompañan, así como copia del auto admisorio. Se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla, a hacer valor lo que a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por lista y como esta ordenado en el citado proveído, asimismo, se señalan las diez horas del tres de marzo de dos mil veintitrés, para el desahogo de la audiencia constitucional. San Andrés Cholula, Puebla, a dieciocho de enero de dos mil veintitrés. Doy fe.
 
Actuaria Judicial adscrita al Juzgado Noveno de Distrito de Amparo en Materia Civil,
Administrativo, del Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla
Erika Betzabé Vázquez Rivera
Rúbrica.
(R.- 531351)