Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Especializada en Juicios en Línea
Expediente: 20/2546-24-01-01-01-OL
Actor: Administración Desconcentrada Jurídica de Hidalgo 1 / Administración General Jurídica /
Servicio de Administración Tributaria
"EDICTO"
 
ELÁSTICOS DE CAUCHO DE HIDALGO, S.A. DE C.V.,
(Particular demandado en el juicio 20/2546-24-01-01-01-OL)
En el expediente electrónico del juicio 20/2546-24-01-01-01-OL, promovido por la ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA JURÍDICA DE HIDALGO "1" DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, en contra de: la resolución contenida en oficio 400-30-00-02-01-2016-1066 de 11 de febrero de 2016, emitido por la entonces Administración Local de Recaudación de Pachuca, a través de la cual comunicó a la contribuyente Elásticos de Caucho de Hidalgo, S.A. de C.V., la aplicación del producto de remate llevado a cabo el 19 de mayo de 2009, en cantidad de $2´440,536.00, misma que se efectuó en el orden de lo dispuesto por el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación, el cual si cubrió la totalidad del adeudo a cargo, determinándose un excedente por un importe de $2,061,331.00.-Se dictó un acuerdo de fecha 1 de junio de 2022, EN DONDE SE ORDENÓ EMPLAZAR A ELÁSTICOS DE CAUCHO DE HIDALGO, S.A. DE C.V., en su carácter de particular demandado en el presente juicio, por medio de edictos, por lo que con fundamento en los artículos 36, fracciones I, IV, VII y X, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 14, fracción III, penúltimo párrafo, y 19 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se le hace saber que tiene un plazo de TREINTA DÍAS (plazo que se señaló correctamente en el acuerdo admisorio de 2 de febrero de 2021) contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación de edictos ordenado, PARA QUE SE APERSONE EN EL JUICIO EN QUE SE ACTÚA, con el carácter de particular demandado en el presente juicio y MANIFIESTE si desea que el juicio continúe substanciándose en línea o en la vía tradicional, por lo que si decide que éste se continúe substanciando en línea, deberá ingresar su promoción mediante el Sistema de Justicia en Línea de este Tribunal (versión uno), de conformidad con lo establecido en el Capítulo X, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, para lo cual deberá señalar en tal caso, su dirección de correo electrónico previa obtención de la clave de acceso y registro de la contraseña a que se refiere el artículo 1-A, fracciones IV y V, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a fin de tener legal acceso al expediente electrónico, en términos de lo dispuesto en el artículo 58-G, del mismo ordenamiento legal; en caso contrario, deberá apersonarse en la vía tradicional, presentando su promoción directamente o bien, conforme al artículo 13, antepenúltimo párrafo de la ley antes citada, aplicado en sentido amplio, remitirla por correo certificado con acuse de recibo a la Oficialía de Partes de la Sala Especializada en Juicios en Línea de este Tribunal, ubicada en Avenida México, Número 710, Colonia San Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena Contreras, Código Postal 10200, en la Ciudad de México; APERCIBIDA de que en caso de no hacerlo, SE DECLARARÁ PRECLUÍDO SU DERECHO PARA CONTESTAR LA DEMANDA EN EL JUICIO EN QUE SE ACTÚA y las subsecuentes notificaciones se realizarán por Boletín Electrónico, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.- Por último, se hace del conocimiento a la autoridad demandante que subsiste el apercibimiento decretado en auto de 1° de junio de 2022, hasta en tanto acredite haber realizado las publicaciones del presente edicto, por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana.
 
Ciudad de México, a 6 de julio de 2022.
El Magistrado Instructor de la Primera Ponencia de la Sala Especializada en Juicios
en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
César Octavio Irigoyen Urdapilleta
 
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos
Xochitl Rueda Villares
Rúbrica.
(R.- 531312)