Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
NOTIFICACIÓN A:
QUIEN RESULTE PROPIETARIO DEL DINERO Y DIVISA MATERIA DE LA CONTROVERSIA.
TODA PERSONA TENGA UN DERECHO EN EL BIEN OBJETO DE LA EXTINCIÓN. (PERSONA AFECTADA)
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 15/2022-I.
JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
En el juicio de extinción de dominio 15/2022-I, la Juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, licenciada Ana Lilia Osorno Arroyo, ordenó en proveídos de nueve y quince de febrero de dos mil veintitrés, emplazar por medio de edictos a: 1) quien resulte propietario del dinero y divisa materia de la controversia y 2) toda persona que considere tener interés jurídico sobre el numerario materia de la acción de extinción de dominio, que deberán publicarse por tres veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación así como en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas y por internet en la página de la Fiscalía General de la República, para hacerles saber que cuentan con el término de treinta días contados a partir de que surta efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia de la demanda y anexos en la secretaría de este juzgado.
Asimismo, se hace constar que las partes en el juicio son: actora Fiscalía General de la República, demandado: quien resulte Propietario del numerario en cuestión; en la que se reclama en síntesislo siguiente:
"Extinción de dominio respecto de la cantidad de $16,980 USD (dieciséis mil novecientos ochenta dólares 00/100 moneda de los Estados Unidos de América) y de $1,571,500.00 (un millón quinientos setenta y un mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional), sin contraprestación ni compensación".
Ciudad de México, a quince de febrero de dos mil veintitrés.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México.
David Asdrival Villa Camacho
Rúbrica.
(E.- 000308)