Estados Unidos MexicanosX
Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO.
 
En el amparo 843/2022 promovido por Juan Guillermo del Villar Pelaez, se ordena emplazar al tercero interesado José Iván Ramírez Vera, haciéndole saber que cuenta con treinta días contados a partir de la última publicación de los edictos, para que se apersone al juicio y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad o en Puebla, San Pedro Cholula o Cuautlancingo, todos del estado de Puebla, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fije en estrados del Juzgado, en términos de los artículos 26, fracción III y 29 de la Ley de Amparo; lo anterior, toda vez que el quejoso promovió demanda de amparo contra de la resolución de cinco de julio del dos mil veintidós, que recayó al recurso de revocación interpuesto contra el auto de diecisiete de mayo del dos mil veintidós dictado en el proceso penal 21/2014-7 del índice del Juzgado Segundo de lo Penal en el estado, con sede en la ciudad de Puebla.
 
San Andrés Cholula, Puebla, once de enero de dos mil veintitrés.
Juez Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla.
Lic. Julio César Márquez Roldán.
Rúbrica.
(R.- 532215)