Estados Unidos MexicanosX
Poder Judicial de la Federación
Juzgado de Distrito
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, calle Eduardo Molina No. 2,
acceso 2, piso 1, Col. Del Parque, Ciudad de México, C.P. 15960
EDICTO
 
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS
TERCERO AFECTADA: AGRISUR Y DERIVADOS PROCAMPO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted que: en los autos de la solicitud de medida cautelar 13/2022-I, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio de la Unidad para la implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Fiscalía General de la República, y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 88 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, por acuerdo de dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, se ordenó su notificación por medio de edictos, que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación o Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del respectivo, y por Internet, en la página de la Fiscalía, así como en los estrados de este juzgado, durante el tiempo que dure la notificación; lo anterior, a fin de hacer accesible el conocimiento a la moral afectada Agrisur y Derivados Procampo, Sociedad Anónima de Capital Variable, que fue solicitada medida cautelar en su contra, consistente en el aseguramiento de la cuenta bancaria número 4063128599, con clave interbancaria 021610040631285995, cuyo titular es la persona moral aludida, de la Institución Bancaria denominada HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, hasta por la cantidad de $2´773,654.57 (dos millones setecientos setenta y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos 57/100 Moneda Nacional); lo anterior a efecto de garantizar la materia del juicio, la conservación del numerario y evitar que pueda realizarse acto jurídico alguno que propicie su dilapidación o desaparición; ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 173, 174 y 181, de la referida ley.
Asimismo, se le informa que, la medida cautelar ha sido ejecutada, tal como consta en el oficio número 214-1-ALR-9689545-2022, folio A/AS3-2209-100212-ALR, de fecha doce de septiembre de dos mil veintidós, emitido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Por lo que, deberá presentarse ante este Juzgado a efecto de acreditar su interés jurídico y manifestar lo que a su interés legal convenga; por lo que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado; asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con independencia que todas las demás notificaciones se practicarán mediante publicación por lista.
 
Atentamente
Ciudad de México, dieciocho de noviembre de dos mil veintidós.
Juez Cuarto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México.
Lic. Arnulfo Moreno Flores.
Rúbrica.
(E.- 000319)