Estados Unidos MexicanosX
Juzgado Decimonoveno de Distrito en Materias
Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco
EDICTO
 
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Decimonoveno de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco.
En acatamiento al acuerdo de dieciséis de mayo de dos mil veintitrés, dictado en el juicio de amparo 500/2022-4, del índice de este Juzgado Decimonoveno de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, promovido por Antonio Meléndez Muñoz, contra actos del Juez Mixto de Primera Instancia del Trigésimo Segundo Partido Judicial en el Estado de Jalisco, con sede en Zapotlanejo y Director del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco, que hizo consistir en la prosecución, orden, sustanciación, convalidación y falta de notificación del procedimiento de remate y adjudicación y toda orden de inscripción del bien inmueble ubicado en la finca marcada con el número 03 de la carretera a los Altos en Zapotlanejo, Jalisco, dentro del juicio 822/2010 y la inscripción del inmueble antes señalado, bajo la escritura 11,923, Tomo XXII, libro 2, folio 0022310, de veintiséis de agosto de dos mil diecinueve, con número de folio registral 1088348, en el cual a José Alfredo Muñoz Padilla y Miguel Ángel Gutiérrez López, se le informa que fueron señalados como terceros interesados y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 27 y 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que comparezca al mismo y señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jalisco, apercibido que de no hacerlo así, las ulteriores y aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que debe presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación.
 
Atentamente.
Guadalajara, Jalisco, treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés.
Secretario del Juzgado Decimonoveno de Distrito en Materias
Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco.
Juan Carlos Reyes González
Rúbrica.
(R.- 537962)