Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en el Edo. de Sinaloa
Mazatlán
EDICTO
En autos del juicio de amparo 519/2019, se ordenó emplazar a juicio a Mario Froylán Soltero Rivera, Rodolfo Osuna Ardinez y Recicladora de Llantas y Cauchos del Pacífico, Asociación Civil, en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, por lo que se le hace de su conocimiento que María de Lourdes Ardinez Osuna de Osuna y Rodolfo Osuna Magaña, promovieron demanda de amparo contra actos del Juez Primero Civil del Tribunal de Justicia, con residencia en Ciudad de México. De igual forma, se les previene que deberán presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que no hacerlo así, las subsecuentes, aún las personales, se harán por lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Además, se hace de su conocimiento que la copia de la demanda se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, con apoyo en el artículo 317 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente por disposición expresa de la Ley de Amparo. Asimismo, que se señalaron las nueve horas con treinta minutos del día ocho de agosto de dos mil veintitrés, para que tenga verificativo la audiencia constitucional en este juicio.
Mazatlán, Sinaloa; a 24 de julio de 2023.
Juez Noveno de Distrito en el Estado de Sinaloa, con sede en Mazatlán.
Manuel Hiram Rivera Navarro
Rúbrica.
(R.- 541921)