ACUERDO G/JGA/39/2023 por el que se da a conocer la adscripción y suplencia de Magistrados en diversas Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO G/JGA/39/2023
ADSCRIPCIÓN Y SUPLENCIA DE MAGISTRADOS EN DIVERSAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.
2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.
3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica vigente de este Órgano Jurisdiccional, así como el primer párrafo del diverso 28 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establecen que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional establece que los Acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
5. Que las fracciones II, VI, XXIII y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica vigente de este Tribunal, facultan a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; adscribir a las Salas Regionales ordinarias, auxiliares, especializadas o mixtas a los Magistrados Regionales; aprobar la suplencia temporal de los Magistrados de Sala Regional, por el primer secretario de acuerdos del Magistrado ausente; así como resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.
6. Que en sesión de fecha 11 de diciembre de 2015 la Junta de Gobierno y Administración emitió el Acuerdo G/JGA/108/2015, en el que se adscribió al Magistrado Trinidad Cuellar Carrera a la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Sureste.
7. Que por Acuerdo G/JGA/36/2018 aprobado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de 03 de mayo de 2018, entre otros movimientos, se adscribió a la Magistrada Magdalena Judith Muñoz Ledo Belmonte a la Segunda Ponencia de la Sala Regional de San Luis Potosí.
8. Que la Junta de Gobierno y Administración, mediante Acuerdo G/JGA/31/2022, aprobado en sesión de 17 de noviembre de 2022 determinó, entre otros movimientos, que el Licenciado Leopoldo Rafael Macías Hernández, supliera la falta definitiva de Magistrada en la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Centro II.
9. Que es facultad de la Junta de Gobierno y Administración analizar el comportamiento jurisdiccional de las Salas Regionales del Tribunal y de sus Magistrados, así como adoptar, en su caso, las medidas necesarias para fortalecer la impartición de justicia, y atender, entre otros motivos, situaciones de urgencia que pongan en riesgo el cumplimiento del mandato establecido en el artículo 17 Constitucional de una justicia pronta y expedita; por lo que este Órgano Colegiado determina la imperiosa necesidad de realizar cambios de adscripción o suplencia en las Salas Regionales del Sureste, del Centro II y San Luis Potosí, según corresponda; con la finalidad de lograr una distribución equitativa de las cargas de trabajo, aprovechar la capacidad y experiencia de las personas servidoras públicas con las que cuenta este Órgano Jurisdiccional, potenciar y dar celeridad a la resolución de los asuntos que se substancian en este Tribunal.
10. Que a la fecha del presente Acuerdo los Magistrados Supernumerarios con los que cuenta actualmente este Tribunal se encuentran, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 63 del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional, cubriendo las faltas definitivas de Magistrados de Sala Regional que se han generado, por lo que no se cuenta con ningún Magistrado numerario o supernumerario.
Consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21, 23, fracciones II, VI, XXIII y XXXIX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28, 29 y 63 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO
Primero. La Junta de Gobierno y Administración aprueba las siguientes adscripciones de Magistrados de Sala Regional:
I. Del Magistrado Trinidad Cuellar Carrera a la Segunda Ponencia de la Sala Regional de San Luis Potosí, con sede en la Ciudad de San Luis Potosí, Estado de San Luis Potosí; y
II. De la Magistrada Magdalena Judith Muñoz Ledo Belmonte a la Tercera Ponencia de la Sala Regional del Centro II, con sede en la Ciudad de Querétaro, Estado de Querétaro.
Segundo. En atención a la adscripción señalada en la fracción I del punto anterior, se aprueba que el Licenciado Antonio López González, Primer Secretario de Acuerdos de la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Sureste, con sede en la Ciudad de Oaxaca, Estado de Oaxaca, supla la falta de Magistrado en la Ponencia de su adscripción, por lo que, en su carácter de suplente de Magistrado Titular adquiere las facultades inherentes y las funciones jurisdiccionales de un Magistrado de Sala Regional, al actuar por Ministerio de Ley.
Tercero. Los movimientos referidos en el presente Acuerdo surtirán efectos a partir del 15 de enero de 2024, y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.
Cuarto. Los Magistrados Trinidad Cuellar Carrera y Magdalena Judith Muñoz Ledo Belmonte, así como el Licenciado Antonio López González, deberán hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo en el primer proveído que dicten en cada uno de los asuntos de su competencia, y deberán colocar una copia del mismo en la ventanilla de la Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de las Salas de su adscripción.
Quinto. Los Magistrados Trinidad Cuellar Carrera y Magdalena Judith Muñoz Ledo Belmonte, así como el Licenciado Leopoldo Rafael Macías Hernández, deberán entregar la Ponencia de su actual adscripción, conforme a lo señalado en el artículo 141 del Reglamento Interior vigente de este Tribunal.
Sexto. Notifíquese a las personas servidoras publicas señaladas en el presente Acuerdo; y otórguense las facilidades administrativas necesarias para su cumplimiento.
Séptimo. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Medio Electrónico Oficial de Difusión Normativa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Dictado en sesión ordinaria presencial de fecha 27 de noviembre de 2023, por unanimidad de cuatro votos a favor.- Firman el Magistrado Guillermo Valls Esponda, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y la Licenciada Fátima Gonzalez Tello, Secretaria Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II, III y IV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 11, fracción I, 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI, y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa vigente.- Rúbricas.
(R.- 545545)