Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
EDICTO
CC. Personas propietarias, poseedores de predios y titulares de otros derechos ubicadas en los municipios Cañadas de Obregón, Mexticacán, Yahualica de González Gallo, Jalostotitlán y Teocaltiche en el estado de Jalisco
Con Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de septiembre de 2023, se puso a disposición del público en general el estudio realizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para justificar la expedición del "Decreto por el que se declara zona de restauración ecológica de la región de la presa El Zapotillo en la zona de las comunidades de Temacapulín y Palmarejo, municipio Cañadas de Obregón, Acasico municipio de Mexticacán y municipios de Yahualica de González Gallo, Jalostotitlán y Teocaltiche, en el estado de Jalisco", mismo que posee las características que se citan a continuación para su identificación:
Categoría: Zona de Restauración.
Razones que justifican la declaratoria de zona de restauración: La zona ha estado sujeta a procesos acelerados de degradación y modificación grave de los ecosistemas riparios y forestales, debido a factores de disturbio antropogénico, entre los que se encuentran la extracción de material pétreo del lecho del río, el uso del fuego para actividades agropecuarias, el aprovechamiento intensivo de parcelas para forrajeo y cambios de uso de suelo en terrenos forestales. Por lo anterior, los servicios ambientales proporcionados por los ecosistemas se encuentran en puntos de inflexión, poniendo en riesgo los medios de vida de pobladores y de los proyectos regionales: Por ello, se requiere la intervención, del Estado para recuperar las condiciones ambientales y el equilibrio ecológico, mediante acciones de restauración ecológica para el bienestar de la población de la región, mediante un decreto que declare una zona de restauración ecológica.
Superficie: El polígono del área propuesta ocupa una superficie total de 20,810-10-51.54 (veinte mil ochocientas diez hectáreas, diez áreas, cincuenta y un punto cincuenta y cuatro centiáreas) equivalentes a 208,101,051.54 metros cuadrados.
Ubicación: La zona propuesta se localiza en la región Altos sur en el estado de Jalisco y comprende superficies parciales de los municipios Cañadas de Obregón, Mexticacán, Yahualica de González Gallo, Jalostotitlán y Teocaltiche.
Localización: El polígono de la propuesta de la zona de restauración ecológica se localiza en las siguientes coordenadas extremas con un sistema de coordenadas en protección cartográfica UTM zona 13N y Datum WGS84:
Cuadro 1: Plano de Localización de la propuesta de Zona de Restauración Ecológica:
Por lo antes mencionado y con fundamento en lo establecido por los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35, fracción III, 37 y 38, tercer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 297, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, notifíquese a las demás personas propietarias, poseedoras y/o titulares de otros derechos, ubicados en el área propuesta, por edictos que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional, y póngase a disposición el expediente correspondiente, en el que podrá consultarse el estudio elaborado para justificar el establecimiento del área arriba mencionada, el plano de localización y el proyecto de instrumento jurídico a través del cual se propondrá su formalización, así como las prohibiciones, restricciones y modalidades a las que se sujetarán las actividades asociadas a la categoría de Zona de
Restauración, de conformidad con el artículo 78 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; con la finalidad de que, dentro de un término de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes, lo que podrán hacer en la Dirección Regional Occidente y Pacífico Centro de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicadas en Avenida Fray Antonio Alcalde 500 Piso 1°, Centro Barranquitas, Código Postal 44270, Guadalajara, Jalisco; y en la Oficina de Representación de la Secretaría en el estado de Jalisco, ubicada en el mismo domicilio Piso 8°, Guadalajara, Jalisco, lugares donde se puede consultar el expediente relativo e imponerse de las subsecuentes notificaciones, en un horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
Atentamente
Ciudad de México, a los 6 días del mes
de diciembre de dos mil veintitrés.
La Titular de la Unidad Coordinadora
de Asuntos Jurídicos
Abigail Zúñiga Balderas
Rúbrica.
(R.- 546201)