Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco
EDICTO
 
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco.
En cumplimiento al auto de once de enero de dos mil veinticuatro, dictado en el juicio de amparo 274/2023-3-A, del índice de este Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, promovido por Luis José Gómez Núñez, defensor público federal del quejoso José Alejandro Pérez Alonso, contra actos del Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, Actuando Como Juez de Control, Adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Jalisco, de quien reclama la resolución de veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, en la que el Juez responsable determinó no decretar el cese de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa que le fue impuesta al quejoso en el proceso penal 483/2019; ordenando, en su lugar, la prolongación por dos años adicionales; juicio de amparo en el cual, la persona de nombre Juan Carlos Macías Palomino, fue señalado como tercero interesado y, al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, se ordena su emplazamiento por medio de edictos y se hace de su conocimiento que si a sus intereses conviene, se apersone por sí o por conducto de su representante legal al presente juicio de amparo dentro del término de treinta días, computado a partir del siguiente al de la última publicación; juicio de amparo que se tramita ante este Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, sito en Carretera Libre a Zapotlanejo Km 17.5, Centro Penitenciario, Puente Grande, Jalisco, C.P. 45427, Edificio Antiguo, Piso 2. De la misma forma, se le hace saber que deberá señalar domicilio para recibir notificaciones en la zona metropolitana de Guadalajara, Jalisco, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le serán practicadas mediante lista que se fija en los estrados de este juzgado; asimismo, comuníquesele que en la secretaría de este órgano jurisdiccional quedan a su disposición copia autorizada de la demanda de amparo, auto admisorio y del presente proveído.
 
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, once de enero de dos mil veinticuatro.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco
David Oswaldo Ortega Cortez
Rúbrica.
(R.- 547443)