Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Agencia Nacional de Aduanas de México
Dirección General de Tecnologías de la Información
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA OBTENER AUTORIZACIÓN
A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY ADUANERA
ANAM-DGTI-001/2024
 
Con fundamento en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2021, se crea un nuevo órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, denominado Agencia Nacional de Aduanas de México, en adelante "LA ANAM" conforme a lo señalado en el artículo 4, Apartado G, fracción VI, 48 y 49, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En razón de lo expuesto y con fundamento en los artículos 1; 3, fracción XVI, 4 primer párrafo apartado B, fracción VII; 8; 13, fracción I; 29 fracción XV; artículos Primero, Tercero, Séptimo y Octavo transitorios del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2021, así como en el artículo 16 de la Ley Aduanera, en relación directa con el artículo 1 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, la Agencia Nacional de Aduanas de México por conducto de la Dirección General de Tecnologías de la Información, ha decidido otorgar una autorización para proporcionar el "Servicio de Código de Aceptación de Pedimentos" en adelante "EL SERVICIO", por lo cual convoca a las personas morales nacionales interesadas en obtener esta autorización en adelante "LA AUTORIZACIÓN", a participar en el procedimiento que se desarrollará conforme a los siguientes:
I. Antecedentes
Década de 1980:
La década de 1980 marcó el comienzo de una serie de reformas económicas y tecnológicas significativas en México, destacándose la implementación de la Captura Desconcentrada del Pedimento Aduanal (CADEPA) y el Módulo de Selección Aleatoria Independiente (MSA). Estos sistemas fueron introducidos en un contexto de apertura económica, que culminó con la entrada de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) en 1986. CADEPA y MSA representaron los primeros pasos hacia la digitalización de los procesos aduaneros, permitiendo una gestión más eficiente y transparente de los pedimentos, así como una inspección aleatoria que eliminó gran parte de la discrecionalidad en las revisiones aduaneras.
Década de 1990:
Con la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en 1994, la necesidad de un sistema aduanero más robusto y eficiente se volvió imperativa. El Sistema Automatizado Aduanero Integral (SAAI) fue desarrollado y puesto en marcha para manejar el aumento sustancial en el volumen de comercio. Este sistema facilitó la integración de todas las aduanas del país en una red unificada, permitiendo un intercambio de información más rápido y seguro entre las aduanas y otros entes gubernamentales. El Validador de Operaciones de Comercio Exterior, parte del SAAI, mejoró significativamente la capacidad de revisar y validar la información de los pedimentos en tiempo real, basándose en el principio de la autodeclaración.
Principios del siglo XXI:
La implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM) a principios de la década de 2010 fue un avance crucial. VUCEM centralizó los trámites de comercio exterior, ofreciendo un solo punto de acceso para la presentación y procesamiento electrónico de documentos. Esta plataforma ha permitido a los agentes de comercio exterior cumplir con todos los requisitos gubernamentales relacionados con la importación y exportación de mercancías de manera más eficiente, reduciendo los tiempos de procesamiento y aumentando la transparencia.
Década de 2010 y actualidad:
El compromiso continuo con la modernización de la plataforma tecnológica del sistema aduanero mexicano para la validación y gestión del comercio alcanzó un nuevo hito con la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) en 2020. "LA ANAM" se ha propuesto como objetivo principal la integración y coordinación de tecnologías avanzadas para fortalecer la seguridad y la eficiencia aduanera. Estas acciones permitirán una mejor predicción y gestión de riesgos, optimizando los recursos en las aduanas y asegurando un control más riguroso y efectivo de las mercancías que cruzan las fronteras.
México se posiciona actualmente como una de las economías más grandes de América Latina y es un actor significativo en el comercio internacional, gracias en parte a su ubicación estratégica y a una serie de
tratados de libre comercio que incluyen el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que reemplazó al TLCAN en 2020. Este tratado ha sido vital para el desarrollo económico del país, ya que México continúa siendo un destino principal para la manufactura de exportación, aprovechando su acceso preferencial a los mercados de América del Norte.
En respuesta a estos desafíos, el gobierno mexicano está priorizando la innovación y la tecnología en sus aduanas como un medio para asegurar una mayor eficiencia y seguridad en el procesamiento de los crecientes volúmenes de comercio. La adopción de tecnologías avanzadas se proyecta para mejorar la gestión y el control de la documentación legal que ampara la importación y exportación de mercancías, para reducir el fraude y la evasión fiscal, y optimizar los procesos aduaneros, con el objetivo de facilitar un enfoque más predictivo y menos reactivo en la gestión de las fronteras.
Mirando hacia el futuro, México, por medio de la ANAM, debe continuar fortaleciendo su infraestructura aduanera y tecnológica para facilitar un comercio más ágil y seguro. La modernización continua de las aduanas es esencial para apoyar la expansión del comercio, que ha experimentado un crecimiento acelerado y requiere de nuevos enfoques en la gestión aduanera.
La implementación efectiva de nuevas tecnologías y la adaptación a las normativas internacionales serán clave para que México no solo enfrente los retos actuales sino que también aproveche las oportunidades de un entorno económico global en constante cambio. La modernización del sistema de validación y gestión de la documentación para la importación y exportación de mercancías continuará siendo una prioridad para México mediante el aprovechamiento de oportunidades para reducir el tiempo de procesamiento y aumentar la capacidad para detectar irregularidades de manera proactiva.
II. Descripción genérica de "EL SERVICIO" objeto de autorización.
Autorización de un servicio específico destinado a revisar la información transmitida a "LA ANAM" mediante diversos documentos electrónicos que constituyen un componente fundamental en la modernización y eficiencia de los procesos aduaneros del país. Este servicio, alineado con la normativa vigente, se encarga de evaluar la conformidad de la información de las mercancías que cruzan las fronteras mexicanas, así como la documentación relacionada con los responsables de dicha actividad.
Proceso de Revisión de Documentos Electrónicos: La revisión se realiza a través de un sistema automatizado que integra componentes habilitadores tecnológicos avanzados. Estos componentes son esenciales para el procesamiento eficiente, el almacenamiento seguro y la comunicación efectiva de datos entre las distintas entidades y puntos de control dentro de la cadena de suministro aduanera. El proceso incluye la verificación de documentos electrónicos como pedimentos de importación y exportación y otros documentos requeridos por las regulaciones aduaneras y fiscales.
Componentes Habilitadores de "EL SERVICIO":
Los componentes habilitadores de "EL SERVICIO" desempeñarán un papel crucial en la modernización y eficiencia de las operaciones aduaneras, asegurando la conformidad con las regulaciones comerciales y de seguridad nacional. A continuación se detallan de manera general estos componentes, en cuanto a las funciones y la tecnología que emplearán:
1.    Procesamiento de Datos:
·     Tecnología Utilizada: "EL SERVICIO" empleará algoritmos avanzados de inteligencia artificial y aprendizaje automático que permitirán analizar grandes volúmenes de datos en tiempo real. Estos algoritmos serán capaces de detectar patrones, identificar discrepancias y comparar la información de los documentos con las bases de datos de la ANAM y otras entidades del Gobierno Federal en materia arancelaria, fiscal y de seguridad nacional.
·     Funcionalidad: El procesamiento de datos de "EL SERVICIO" permitirá realizar evaluaciones de riesgo efectivas, determinar la autenticidad de los documentos y asegurar que las mercancías cumplan con las regulaciones pertinentes antes de su entrada o salida del país.
2.    Almacenamiento de Datos:
·     Tecnología Utilizada: Se utilizan sistemas de gestión de bases de datos altamente seguros, como bases de datos distribuidas y en la nube, que ofrecen redundancia y recuperación ante desastres. Estos sistemas garantizan que la información crítica esté siempre disponible y protegida.
·     Medidas de Seguridad: Los datos son encriptados tanto en reposo como en tránsito, utilizando protocolos de encriptación robustos para asegurar la integridad y confidencialidad de la información. Además, se implementan controles de acceso basados en roles para limitar el acceso a la información únicamente al personal autorizado.
3.    Comunicación de Datos:
·     Tecnología Utilizada: La comunicación entre las diferentes entidades se realiza a través de redes privadas virtuales y protocolos seguros, que proporcionan un canal seguro para la transmisión de datos.
·     Integración de Sistemas: La implementación de sistemas interoperables facilita el intercambio de datos entre diversas agencias gubernamentales y partes interesadas internacionales, como agencias de
cumplimiento de la ley y organizaciones comerciales. Esto es vital para la colaboración eficaz y la toma de decisiones informadas.
Generación del Código de Aceptación.
La generación del código de aceptación será un proceso técnico avanzado y crucial dentro de las operaciones aduaneras, sirviendo como un mecanismo de validación final que asegurará la conformidad de las mercancías con todas las regulaciones aplicables antes de su despacho. Este proceso involucrará varias capas de tecnología y protocolos de seguridad para garantizar la precisión y la integridad de la validación.
Proceso Técnico y Validación:
1.    Revisión Automatizada: Utilizando sistemas de inteligencia artificial y aprendizaje automático, el sistema aduanero revisará y comparará automáticamente la información del pedimento con las bases de datos de regulaciones y listas de control actualizadas. Esto incluirá la verificación de tarifas, restricciones no arancelarias y cumplimiento con normas de origen y acuerdos comerciales.
2.    Verificación de Seguridad: Se realizará un análisis de seguridad utilizando criterios definidos por las agencias nacionales de seguridad. Esto podrá incluir la verificación de la mercancía contra listas de bienes restringidos o prohibidos, así como controles relacionados con la seguridad nacional.
3.    Auditoría y Conformidad: Cada transacción será sujeta a una auditoría de datos para confirmar que toda la documentación sea coherente y completa. Las discrepancias o faltas en la documentación podrán ser motivo de rechazo automático del pedimento.
Generación y Función del Código de Aceptación:
1.    Creación del Código: Una vez que la mercancía y los documentos asociados hayan sido verificados y validados, el sistema generará un código de aceptación único. Este código será generado mediante algoritmos seguros que asegurarán que cada código sea único y no replicable. El código típicamente contendrá información cifrada que resume los resultados de la validación.
2.    Integración del Código: El código de aceptación se integrará en el sistema de despacho aduanero, vinculándolo directamente con el pedimento y la documentación correspondiente. Este código será accesible por el personal aduanero y, en algunos casos, por otras agencias gubernamentales mediante sistemas seguros de acceso a datos.
3.    Uso del Código para el Despacho: La presencia del código de aceptación en un pedimento facilitará el despacho rápido de la mercancía a través de las aduanas. Actuará como un sello digital de conformidad que reducirá la necesidad de inspecciones físicas detalladas y minimizará los retrasos en el proceso de importación o exportación.
Impacto del Servicio en el Modelo Operativo Aduanero:
1. Aceleración del Proceso de Despacho:
·     Automatización de Controles: La implementación del código de aceptación permite la automatización de los procesos de control y validación de la mercancía en las aduanas. Al utilizar algoritmos y bases de datos para verificar automáticamente la conformidad con las normativas, se reduce drásticamente el tiempo necesario para inspecciones manuales y se agiliza el tránsito de bienes.
·     Optimización del Flujo de Mercancías: Al garantizar un flujo más rápido de mercancías a través de las aduanas, el código de aceptación ayuda a evitar congestiones en puntos críticos, lo que es especialmente en recintos aduaneros donde el volumen de operaciones es elevado.
2. Mejora de la Seguridad:
·     Prevención del Fraude y Contrabando: El código de aceptación actúa como una barrera contra el fraude y el contrabando al asegurar que solo las mercancías que han sido verificadas y que cumplen con todas las leyes aplicables sean despachadas. Esto es crucial para evitar la entrada o salida ilegal de bienes restringidos o peligrosos.
·     Seguridad Mejorada en Datos: El uso de tecnologías de cifrado y bases de datos seguras para generar y almacenar los códigos de aceptación protege contra la manipulación de datos y mejora la integridad de la información aduanera.
3. Reducción de Errores Humanos y Corrupción:
·     Minimización de la Intervención Manual: Al reducir la necesidad de intervención manual en la validación y despacho de mercancías, se limitan las oportunidades para errores humanos y actos de corrupción. La automatización aumenta la objetividad del despacho aduanero, haciendo que las operaciones sean más transparentes y menos susceptibles a influencias externas.
·     Auditorías y Controles Mejorados: Con sistemas automatizados, es más fácil implementar auditorías regulares y controles de calidad que aseguren el cumplimiento continuo de las políticas y procedimientos establecidos.
4. Cumplimiento de Normativas Nacionales e Internacionales:
·     Adaptabilidad a Cambios Normativos: El sistema de generación de códigos de aceptación es diseñado para ser flexible y capaz de adaptarse rápidamente a cambios en las legislaciones y regulaciones,
tanto a nivel nacional como internacional. Esto asegura que las operaciones aduaneras se mantengan alineadas con las mejores prácticas globales y las exigencias legales.
A continuación, se describe "EL SERVICIO" en los términos siguientes:
 
Servicio
Descripción General
Servicio de Código de Aceptación de pedimentos
El servicio por autorizar implica una solución tecnológica integral diseñada para manejar, procesar y asegurar la adecuada gestión de hasta 1.5 millones de documentos electrónicos mensuales transmitidos a "LA ANAM". Este sistema se desarrolla con el objetivo de mejorar la eficiencia, seguridad y cumplimiento normativo en el proceso aduanero mexicano, incluyendo la implementación del código de aceptación como un elemento central de la estrategia de validación de documentos. A continuación, se detallan las etapas y componentes técnicos de este servicio:
1. Suministro e Instalación de Componentes Habilitadores:
·    Hardware y Software Especializados: Se seleccionarán y adquirirán servidores de alto rendimiento, almacenamiento seguro y otros equipos de infraestructura necesarios para soportar el procesamiento y análisis de grandes volúmenes de datos. Además, se instalarán programas de software especializados, incluyendo sistemas de gestión de bases de datos, aplicaciones de seguridad informática y herramientas de análisis de datos.
·    Configuración de Redes: Se establecerán conexiones de red seguras y eficientes para facilitar la comunicación y transferencia de datos entre los distintos sistemas y servidores de "LA ANAM" y otras agencias gubernamentales, garantizando la integridad y confidencialidad de la información transmitida.
2. Configuración y Puesta en Marcha:
·    Implementación de Software: El software será configurado para cumplir con los requisitos específicos de "LA ANAM", incluyendo la integración de algoritmos para el análisis y verificación automática de documentos, sistemas de reconocimiento de patrones y filtros de seguridad.
·    Pruebas de Sistema: Antes de la puesta en marcha oficial, se realizarán pruebas exhaustivas para asegurar que todos los componentes del sistema funcionen correctamente y en conjunto. Esto incluirá pruebas de estrés, pruebas de seguridad y simulaciones de escenarios operativos.
3. Generación del Código de Aceptación:
·    Proceso de Verificación: Una vez que la información ha sido procesada y analizada, y los documentos cumplen con todas las regulaciones y requisitos de seguridad, el servicio generará automáticamente un código de aceptación. Este código sirve como un sello digital que confirma la validez y el cumplimiento de los documentos.
·    Función del Código: El código de aceptación es crucial porque facilita el despacho rápido de mercancías a través de las aduanas y sirve como una barrera contra el fraude y el contrabando. Este código también se utiliza para mejorar las auditorías y controles, proporcionando un registro que se pueda trazar y seguro de cada transacción.
4. Gestión y Mantenimiento de la Solución Tecnológica:
·    Renovación y Actualización Continua: El software y hardware serán regularmente actualizados para adaptarse a las nuevas tecnologías, cambios normativos y amenazas emergentes en el ámbito de la seguridad. Esto asegura que la solución permanezca efectiva y relevante frente a las dinámicas cambiantes del comercio global.
·    Administración del Sistema: Un equipo de especialistas en TI se encargará de la administración diaria del sistema, incluyendo la monitorización de la actividad de la red, la gestión de la base de datos y la respuesta a incidentes de seguridad.
5. Cumplimiento de Normativas y Seguridad Nacional:
·    Adaptabilidad a Cambios Normativos: El servicio de generación de códigos de aceptación es diseñado para ser flexible y capaz de adaptarse rápidamente a cambios en las legislaciones y regulaciones, tanto a nivel nacional como internacional. Esto asegura que las operaciones aduaneras se mantengan alineadas con las mejores prácticas globales y las exigencias legales.
 
III. Requisitos establecidos en la Ley Aduanera.
Los interesados en obtener "LA AUTORIZACIÓN" deberán cumplir, de conformidad con el artículo 16 de la
Ley Aduanera, con lo siguiente:
I. Tener dos años de experiencia comprobables prestando los servicios que se vayan a autorizar.
II. Tener un capital social pagado de por lo menos de $3,209,000.00 M.N.
III. Cumplir con los requisitos de procedimiento que la Agencia Nacional de Aduanas de México establezca en la convocatoria que para estos efectos se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Para efectos de las fracciones I y II del artículo 16 de la Ley Aduanera, las personas morales deberán acreditar que cumplen con los siguientes requisitos:
III.1 Experiencia y capital social.
a. Con relación al componente de "EL SERVICIO" señalado en el numeral II, y al tratarse de un servicio integral la experiencia y el capital social se acreditará con la entrega en original de los títulos de autorización vigentes obtenidos de conformidad con la convocatoria ANAM-DGTI-001/2022 respecto a los siguientes servicios:
i) Servicios de Centro de Datos (SCD);
ii) Arrendamiento de equipo para Red LAN y WLAN, Soporte a la Operación Tecnológica;
iii) Servicios de Seguridad de la Información (SSI);
iv) Servicio Integral para Desarrollo de Software y provisión de Infraestructura Tecnológica;
IV Administrativos.
a. Original o copia certificada del poder notarial del representante legal de la empresa participante, en el que acredite tener facultades generales para actos de administración.
b. Escrito en papel membretado de la empresa participante con firma autógrafa del representante legal, en el que manifieste el interés de su representada en obtener "LA AUTORIZACIÓN" motivo de esta convocatoria, debiendo indicar el número de convocatoria y el tipo de servicio.
c. Escrito en papel membretado en la que el representante legal de la empresa participante declare bajo protesta de decir verdad, que su representada acepta y se somete a los requisitos, términos y condiciones establecidos en la presente convocatoria; asimismo, que está de acuerdo en aceptar los juicios, razonamientos y consideraciones que establezca "LA ANAM" sobre la evaluación de las propuestas, el dictamen de elegibilidad que se emita de acuerdo con la propuesta que resulte elegible, los términos de implementación y de prestación de "EL SERVICIO", "LA AUTORIZACIÓN" y el Convenio de Confidencialidad y Resguardo de Información.
d. Escrito en papel membretado en el que el representante legal manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de ser autorizada la empresa que representa, ésta asumirá la responsabilidad total que resulte de cualquier violación a las disposiciones legales en materia de propiedad industrial y/o de derechos de autor que surjan con motivo de la prestación de "EL SERVICIO" objeto "LA AUTORIZACIÓN".
e. Escrito en papel membretado firmado por el representante legal, en el que manifieste que acepta que su representada y las personas que les presten servicios, que mediante cualquier instrumento jurídico o causa legal tengan acceso a la información o documentación de "LA ANAM", con motivo de la prestación de "EL SERVICIO" se sujetarán a las evaluaciones de confiabilidad que determine "LA ANAM".
f. Manifestación por escrito, con firma autógrafa del representante legal de la empresa interesada, de que su representada o el conjunto de empresas que representa se comprometen en caso de resultar autorizada, a firmar los Términos de Implementación y de Prestación de "EL SERVICIO", y el Convenio de Confidencialidad y Resguardo de Información que surtirán efectos a partir de la fecha de su firma.
g. Copia certificada de alguno de los medios de identificación que se señalan en esta convocatoria, vigente con fotografía y firma del representante legal de la empresa participante.
h. Escrito en papel membretado con firma autógrafa del representante legal, en el sentido de que su representada, se hará responsable de utilizar correctamente, en su caso, el software, hardware, componentes habilitadores, y las instalaciones para la prestación de "EL SERVICIO", y en general cualquier bien que le proporcione "LA ANAM" para los efectos de "LA AUTORIZACIÓN".
i. Escrito en papel membretado de la empresa con firma autógrafa del representante legal, en el que manifieste que se obliga a guardar total confidencialidad sobre la información que le sea proporcionada, y que acepta que en caso de incumplimiento sea haga efectiva la garantía de confidencialidad señalada en esta convocatoria.
La información señalada en los puntos III y IV, de la presente convocatoria se presentará dentro de los 10 días naturales a la publicación de esta, en la Dirección General de Tecnologías de la Información sito en piso 23 avenida Paseo de la Reforma número 10, colonia Tabacalera, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030.
En este acto se notificará qué empresas acreditaron el cumplimiento de los requisitos solicitados en esta etapa, y que podrán continuar participando en las etapas subsecuentes de este procedimiento de autorización.
 
Las empresas que no acreditaron el cumplimiento de los requisitos solicitados para esta etapa serán descalificadas, y no podrán continuar participando en las etapas subsecuentes del procedimiento de autorización.
V. Técnicos.
La información conforme a la cual deberá elaborarse la propuesta técnica, atendiendo a su carácter confidencial y de seguridad sólo se proporcionará a las empresas participantes que hubieran acreditado los requisitos establecidos en las fracciones III y IV de la presente convocatoria.
Las empresas participantes deberán elaborar su propuesta técnica, tomando en cuenta cada uno de los requerimientos especificados en este apartado. El procedimiento que se utilizará para evaluar el cumplimiento de los requisitos técnicos será el método binario, establecido por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) para tal efecto. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos resultará en la descalificación de la propuesta técnica presentada.
Los requerimientos que deberán incluirse en la propuesta técnica son aquellos que señale "LA ANAM" al momento de realizar la Solicitud de propuesta (por sus siglas en ingles RFP, Request for Proposal).
VI. Económicos
Presentar la propuesta de precios unitarios, de acuerdo con los requisitos técnicos establecidos en esta convocatoria, en el formato que "LA ANAM", entregue para tal efecto al realizar la RFP, a las empresas que cumplen con los requisitos señalados en los numerales III y IV de la presente convocatoria.
La propuesta debe presentarse en papel membretado y con firma autógrafa del representante legal.
VII. Garantías y seguros
a. Garantía de cumplimiento. - Para garantizar el cumplimiento, la empresa autorizada deberá constituir una garantía mediante fianza, la cual deberá entregar en electrónica a la convocante dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha en que le sea notificada "LA AUTORIZACIÓN" respectiva.
La fianza electrónica que se otorgue para garantizar el cumplimiento de la presente autorización deberá emitirse por institución mexicana legalmente autorizada para tal efecto, a favor de la Tesorería de la Federación, en el tipo de moneda nacional que haya presentado su propuesta e idioma español por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato sin I.V.A., cuyo plazo será durante toda la vigencia de "LA AUTORIZACIÓN" y hasta la formalización del acta de terminación de "EL SERVICIO".
En caso de modificación al plazo de vigencia de "LA AUTORIZACIÓN", la empresa autorizada deberá presentar la modificación de la garantía, dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación de dicha modificación. La falta de presentación de la garantía citada será motivo de cancelación de "LA AUTORIZACIÓN".
La ANAM determina que las obligaciones que derivan de "LA AUTORIZACIÓN" y que se formalicen en la resolución correspondiente, son indivisibles, debido a que, por las características, cantidad y destino, la prestación de los servicios de manera parcial no resulta útil, aprovechable o funcional, en consecuencia, su incumplimiento motivaría que se haga efectiva de forma total la garantía de cumplimiento.
Debido a lo anterior, la empresa autorizada al presentar su propuesta reconoce y acepta que las obligaciones que deriven de "LA AUTORIZACIÓN" son indivisibles y que la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto máximo total de la obligación garantizada que haya dejado de cumplirse.
Para el caso de la propuesta que resulte elegible para obtener la autorización, dicha fianza o línea de crédito irrevocable garantizará el cumplimiento de las condiciones establecidas en "LA AUTORIZACIÓN" y estará sujeta a lo que se establezca en ésta.
b. Garantía de calidad de los servicios.- Para garantizar la calidad de "EL SERVICIO", la empresa autorizada deberá constituir una garantía mediante fianza, la cual deberá entregar en electrónico a la convocante dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha en que le sea notificada "LA AUTORIZACIÓN".
La fianza electrónica que se otorgue para garantizar la calidad de los servicios deberá emitirse por institución mexicana legalmente autorizada para tal efecto, a favor de la Tesorería de la Federación, en el tipo de moneda nacional que haya presentado su propuesta e idioma español por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo de "LA AUTORIZACIÓN" sin I.V.A., cuyo plazo será durante toda la vigencia de "LA AUTORIZACIÓN" y hasta la formalización del acta de terminación de "EL SERVICIO".
En caso de modificación al plazo de vigencia de "LA AUTORIZACIÓN", la empresa autorizada deberá presentar la modificación de la garantía, dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación de dicha modificación. La falta de presentación de la garantía citada será motivo de cancelación de "LA AUTORIZACIÓN".
"LA ANAM" determina que las obligaciones que derivan de la presente autorización y que se formalicen en la resolución correspondiente, son indivisibles, debido a que, por las características, cantidad y destino, la prestación de los servicios de manera parcial no resulta útil, aprovechable o funcional, en consecuencia, su incumplimiento motivaría que se haga efectiva de forma total la garantía de calidad de los servicios.
 
Debido a lo anterior, la empresa autorizada al presentar su propuesta reconoce y acepta que las obligaciones que deriven de "LA AUTORIZACIÓN" son indivisibles y que la garantía de calidad de los servicios se hará efectiva por el monto máximo total de la obligación garantizada respecto a "EL SERVICIO" que haya prestado de manera deficiente.
Para el caso de la propuesta que resulte elegible para obtener "LA AUTORIZACIÓN", la fianza garantizará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de "LA AUTORIZACIÓN" y estará sujeta a lo que se establezca en ésta.
c. Garantía de confidencialidad. - La empresa que resulte autorizada, en un término de diez días naturales, contados a partir de la notificación de "LA AUTORIZACIÓN", constituirá una garantía mediante fianza, la cual deberá entregar en electrónico dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Convenio de Confidencialidad, Reserva y Resguardo o Destrucción de Información y Datos.
La fianza electrónica que se otorgue para garantizar la confidencialidad deberá emitirse por institución mexicana legalmente autorizada para tal efecto, a favor de la Tesorería de la Federación, en el tipo de moneda nacional que haya presentado su propuesta e idioma español por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo de la autorización sin I.V.A., cuyo plazo será durante toda la vigencia de "LA AUTORIZACIÓN" y hasta la formalización del acta de terminación de "EL SERVICIO".
En caso de modificación a la vigencia de "LA AUTORIZACIÓN", deberá presentar la modificación de la garantía, dentro de los diez naturales siguientes a la notificación de dicha modificación. La falta de presentación de la garantía citada será motivo de cancelación de "LA AUTORIZACIÓN".
d. Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. - La empresa que resulte autorizada, en un término de diez días naturales, contados a partir de la notificación de "LA AUTORIZACIÓN", deberá presentar el original o electrónica de la póliza de seguro de responsabilidad civil correspondiente, por el 10% (diez por ciento) del monto total máximo de la autorización sin I.V.A., y deberá ser expedida por una compañía aseguradora mexicana, nombrando como beneficiaria preferente a la "ANAM", en el tipo de moneda nacional, la cual deberá cubrir el riesgo de responsabilidad civil por daños a terceros imputables a la empresa autorizada.
La empresa autorizada, en un término de diez días naturales, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de "LA AUTORIZACIÓN", deberá constituir y presentar las Garantías derivadas de dicha autorización; en "LA ANAM", con domicilio en avenida Paseo de la Reforma número 10, piso 23, colonia Tabacalera, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06030, Ciudad de México.
VIII. De las empresas participantes.
Las personas morales interesadas en participar en el procedimiento de otorgamiento de "LA AUTORIZACIÓN" objeto de esta convocatoria, deberán de cumplir con los requerimientos señalados en la misma, presentarán los documentos vinculados con los requisitos descritos y el presente apartado, así como aquellos que se modifiquen o adicionen durante el presente procedimiento.
Las empresas interesadas podrán participar en el procedimiento de "LA AUTORIZACIÓN", a través de representante legal, el cual deberá acreditar su personalidad mediante escrito que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad, de que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada la propuesta correspondiente y que la documentación que presenta es verídica, escrito que deberá entregarse en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal señalando el nombre de éste.
El representante legal deberá de proporcionar original y copia de identificación con valor oficial vigente. Solamente se aceptará credencial para votar, pasaporte y cédula profesional.
De la misma forma presentarán escrito de integridad, en el que manifiesten que se abstendrán de adoptar conductas que por sí mismo o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos de "LA ANAM", induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
IX. Procedimiento conforme al cual se presentará y evaluará la documentación para acreditar el cumplimiento de los requisitos de experiencia, capital social, administrativos, garantías y seguros, y de las propuestas técnica y económica.
El procedimiento conforme al cual se presentará la documentación solicitada para acreditar los requisitos establecidos en esta convocatoria se sujetará a las siguientes etapas y actos.
Primera etapa.
1. Acto de entrega de la documentación requerida para acreditar los requisitos establecidos en los numerales III y IV de esta convocatoria.
1.2. Acto de notificación de las empresas participantes que acreditaron el cumplimiento de los requisitos solicitados en los numerales III y IV de esta convocatoria.
Segunda etapa.
1. RFP, en la que se proporcionará información para la elaboración de las propuestas técnica y económica a las empresas que acrediten contar con los requisitos señalados en los numerales III y IV de esta convocatoria.
 
2. Acto de entrega y recepción de las propuestas técnica y económica.
3. Acto de notificación del dictamen de elegibilidad emitido con base en la propuesta técnica y económica que ofertó las mejores condiciones técnicas y económicas para la prestación de "EL SERVICIO" objeto de "LA AUTORIZACIÓN".
Las propuestas técnica y económica deberán tener una vigencia de ciento veinte días como mínimo a partir de la fecha de su presentación, situación que deberá asentarse en las mismas.
Tercera etapa.
1. Definición de los términos de implementación y de prestación de "EL SERVICIO" que aplicarán para la prestación y evaluación del mismo.
Cuarta etapa.
1. Emisión de resolución de Autorización.
2. Firma del convenio de confidencialidad y resguardo de información.
3. Entrega de las garantías señaladas en la fracción VII de la presente convocatoria.
 
Etapa
Actividad
Plazo
desde
inicio
(días)
Duración
(días
naturales)
Primera etapa
Acto de entrega de la documentación requerida para acreditar los requisitos establecidos en los numerales III y IV.
0
10
 
Acto de notificación de las empresas participantes que acreditaron el cumplimiento de los requisitos solicitados en los numerales III y IV.
10
2
Segunda etapa
RFP en la que se proporcionará información para la elaboración de las propuestas técnica y económica.
12
10
 
Acto de entrega y recepción de las propuestas técnica y económica.
22
10
 
Acto de notificación del dictamen de elegibilidad emitido con base en la propuesta técnica y económica.
32
2
Tercera etapa
Definición de los términos de implementación y de prestación de "EL SERVICIO".
34
5
Cuarta etapa
Emisión de resolución de Autorización.
39
1
 
Firma del convenio de confidencialidad y resguardo de información.
40
1
 
Entrega de las garantías señaladas en la fracción VII de la presente convocatoria
41
10
Notas:
·     Los plazos y duraciones son estimativos y pueden variar dependiendo de la complejidad del proceso y las necesidades específicas de la convocatoria.
·     La duración de las propuestas técnicas y económicas es de 120 días a partir de la fecha de su presentación.
X. Acto de notificación de las empresas participantes que acreditaron el cumplimiento de los requisitos solicitados en los numerales III y IV de esta convocatoria.
En este acto se notificará qué empresas acreditaron el cumplimiento de los requisitos solicitados en esta etapa, y que podrán continuar participando en las etapas subsecuentes de este procedimiento de autorización.
Las empresas que no acreditaron el cumplimiento de los requisitos solicitados para esta etapa serán descalificadas, y no podrán continuar participando en las etapas subsecuentes del procedimiento de autorización.
El presente acto será notificado personalmente en el domicilio señalado por las empresas participantes o en su caso a través de correo electrónico, siempre que pueda comprobarse fehacientemente la recepción del mismo, lo anterior en términos del artículo 35, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Cualquier modificación a los requisitos técnicos y económicos señalados en la convocatoria, derivada del resultado de la RFP, será informada a las empresas participantes y será parte integrante de los requisitos establecidos en la convocatoria y deberán ser considerados en la elaboración de las propuestas técnica y económica.
XI. Acto de entrega y recepción de las propuestas técnica y económica.
Los interesados deberán entregar en escritos separados la documentación correspondiente a la propuesta técnica y económica; en idioma español, sin tachaduras ni enmendaduras, en las fechas que se señalen en la RFP, con firma autógrafa del representante legal en todas sus hojas identificándose con su nombre.
Al momento de recibir las propuestas técnica y económica, se realizará una revisión cualitativa y de cumplimiento. La evaluación de las propuestas técnica y económica se efectuará bajo el esquema binario, y que será del conocimiento de las empresas que participen en esta etapa.
En los casos en que las propuestas presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia o no sea congruente, respecto de su contenido en el cumplimiento de las especificaciones o en la prestación de "EL SERVICIO" o presente contradicción entre los diversos documentos presentados, la propuesta será considerada insolvente y será descalificada.
Propuesta técnica.
La propuesta técnica deberá presentarse en escrito en el que se haga constar: la veracidad, actualidad y legalidad de toda la documentación e información presentada por el participante; que se sujeta incondicionalmente a los requisitos, términos, contenido, forma y alcance de la presente convocatoria.
Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, la persona moral participante deberá adjuntar a su propuesta lo señalados en el numeral V de la presente convocatoria.
 
Todos los documentos deberán elaborarse en papel membretado de la persona moral participante con firma autógrafa del representante legal en cada una de sus hojas.
La propuesta técnica, deberá entregarse en idioma español e incluir la descripción detallada de cada uno de los elementos que integran "EL SERVICIO" objeto de esta convocatoria. En caso de que la información de la propuesta técnica presente contradicciones o sea incongruente, será descalificada.
Propuesta económica.
La propuesta económica deberá contener además de lo establecido en el numeral VI de esta convocatoria, lo siguiente:
a. La manifestación de que acepta ajustarse a las condiciones de pago previstas en la RFP, relativa a los requisitos técnicos y económicos.
b. La proyección económico-financiera que sustente la viabilidad de la propuesta económica y la congruencia de ésta con la propuesta técnica, deberá incluir el periodo de operación, detallando para cada periodo mensual, los ingresos por servicio prestado, así como los costos y gastos de la propuesta de operación, administración y mantenimiento durante el plazo de "LA AUTORIZACIÓN".
c. El representante legal de la empresa participante deberá incluir en la propuesta, escrito que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad, de que los precios de su propuesta no se cotizan en condiciones de prácticas desleales.
El documento que contenga la propuesta económica será firmado por el representante legal del participante, y presentado en los términos que se señalen la RFP.
La propuesta económica de "EL SERVICIO" deberá ser cotizado en moneda nacional, firmada por el representante legal de la empresa participante, identificándose con su nombre en la última hoja.
Los interesados deberán señalar el subtotal de su propuesta económica sin IVA, anotándola con número y letra, para mayor claridad y certeza.
Para efectuar la evaluación de las propuestas económicas, sólo se considerarán las propuestas que hayan cumplido con lo solicitado para la propuesta técnica.
En caso de que la propuesta económica no coincida con los términos de la propuesta técnica, la propuesta en su conjunto será descalificada.
Únicamente los representantes legales de las empresas participantes podrán suscribir las propuestas técnicas y económicas.
Las propuestas técnicas y económicas deberán ser presentadas en el plazo que se señale en la RFP, en sobre cerrado; en las oficinas de la Dirección General de Tecnologías de la Información sito en piso 23 avenida Paseo de la Reforma número 10, colonia Tabacalera, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030.
Será causa de descalificación, la negativa de la empresa participante que a través de cualquier acto o medio impida que "LA ANAM" realice visitas a sus instalaciones o en los sitios que manifieste que proporciona los servicios vinculados con el objeto de esta convocatoria.
XII. Acto de notificación del dictamen de elegibilidad emitido con base en la propuesta técnica y económica que oferto las mejores condiciones técnicas y económicas para la prestación de "EL SERVICIO"
Los documentos relacionados con los requisitos técnicos y económicos se evaluarán por "LA ANAM", con base en el criterio binario establecido para tal efecto.
En este sentido cada una de las propuestas será evaluada utilizando como criterio de evaluación el binario, es decir, cumple o no cumple con los requisitos solicitados, además se elegirá aquella propuesta que garantice las mejores condiciones técnicas y de operación de "EL SERVICIO".
La evaluación de las propuestas se contendrá en un acta que será firmada por todos los que participaron en esta etapa.
"LA ANAM", una vez evaluadas las propuestas, procederá a la elaboración de un dictamen de elegibilidad en el que se señale que propuesta resultó elegible con base en los requisitos establecidos en esta convocatoria.
El dictamen de elegibilidad será notificado a las empresas participantes que hayan cumplido con los requisitos señalados numerales III y IV de esta convocatoria, y que hayan presentado su propuesta técnica y económica, en el domicilio señalado para tal efecto o en su caso a través de correo electrónico, siempre que pueda comprobarse fehacientemente la recepción del mismo, lo anterior en términos del artículo 35, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
XIII. Definición y alcance de los términos de implementación y de prestación de "EL SERVICIO"
En esta etapa al día hábil siguiente a la fecha en que se notifique qué propuesta resultó elegible, "LA ANAM" a través de los servidores públicos que la Dirección General de Tecnologías de la Información, designe para tal efecto, con el o los representantes que determine la empresa cuya propuesta resultó elegible, procederán a la elaboración de los Términos de Implementación y de Prestación de "EL SERVICIO" que formarán parte de los documentos vinculantes con "LA AUTORIZACIÓN".
En los Términos de Implementación y de Prestación de "EL SERVICIO" se precisará la forma, términos,
plazos, condiciones de prestación, volumetrías, deductivas y/o sanciones, de igual manera se señalará el procedimiento conforme al cual la empresa autorizada informará a "LA ANAM" el número de servicios mensuales proporcionados; asimismo se establecerá la forma de verificación que realizará "LA ANAM", y el procedimiento a través del cual se regulará el pago conforme a lo establecido en los dos últimos párrafos del artículo 16 de la Ley Aduanera; sanciones, confidencialidad, suspensión de "EL SERVICIO", causas de cancelación y de extinción, y demás condiciones que resulten necesarias para garantizar la prestación de "EL SERVICIO".
Los Términos de Implementación y de Prestación de "EL SERVICIO se firmarán por los servidores públicos de "LA ANAM" y por el representante legal de la empresa cuya propuesta haya resultado elegible.
XIV.- Elaboración y firma del Título de Autorización y del Convenio de Confidencialidad Y Resguardo de Información.
Definidos los Términos de Implementación y de Prestación de "EL SERVICIO" "LA ANAM" procederá a la resolución de Autorización, en el que se contendrán las condiciones técnicas, operativas en las que la autorizada deberá proporcionar "EL SERVICIO" objeto de autorización.
Disposiciones generales.
a. Para la selección de la propuesta, se verificará el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria; la viabilidad, técnica, operativa y financiera del plan de negocio, tiempo de implementación y de inicio de prestación de "EL SERVICIO", capacidad para operar día a día, integración y capacitación de grupos de trabajo, antecedentes de eficiencia en la prestación de servicios iguales o similares a los establecidos en esta convocatoria.
b. El representante legal de la empresa participante deberá manifestar por escrito qué parte de la documentación que integra sus propuestas la considera como reservada, confidencial y/o comercial reservada.
c. La forma y términos en que se establece el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria no podrán ser objeto de condicionamiento alguno por las empresas participantes.
d. La presente convocatoria tiene como único objeto el autorizar a la empresa que resulte elegida para prestar "EL SERVICIO", sin que la misma sustituya o abrogue lo establecido convocatoria ANAM-DGTI-001/2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2022.
e. La presente convocatoria estará vigente a partir del día de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, y hasta la emisión de "LA AUTORIZACIÓN" respectiva.
f. Los casos no previstos en el procedimiento antes descrito serán resueltos por la Dirección General de Tecnologías de la Información conforme a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe, establecidos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
 
Ciudad de México, a 30 de abril de 2024.
Agencia Nacional de Aduanas de México
Dirección General de Tecnologías de la Información
Lic. Cynthia Lilian Barrales Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 552106)