Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTOS.
 
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. DECIMOSEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
En los autos del juicio de amparo D.C. 53/2024, promovido por Restaurantes Costera, sociedad anónima de capital variable, contra la sentencia de cinco de diciembre de dos mil veintitrés, emitida en los autos del toca 374/2018/2 del índice de la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; por acuerdo de diez de abril de dos mil veinticuatro, se ha ordenado emplazar al juicio de amparo a la parte tercera interesada Marco Antonio Escamilla Espadas y Abril Mariana Escamilla Trejo, por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en toda la República, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por lo tanto, quedan a disposición del citado tercero interesado, en la secretaría de este órgano jurisdiccional, copia simple de la demanda y sus anexos; asimismo se le hace saber que cuenta con el término de treinta días hábiles, que se computarán a partir del día hábil siguiente a la última publicación de los edictos de mérito, para que acuda ante este tribunal colegiado por conducto de quien legalmente la represente, para los efectos que refiere el artículo 181 de la citada ley, a hacer valer sus derechos si a su interés conviene y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por lista en este tribunal.
 
Atentamente
Ciudad de México, 10 de abril de 2024.
Secretaria de Acuerdos del Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Sugey Elena Sierra Lizardi
Rúbrica.
(R.- 551212)