CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/VER/AC04/FGE/103, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO CUITLÁHUAC GARCÍA JIMÉNEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, CARLOS ALBERTO JUÁREZ GIL; EL SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, JOSÉ LUIS LIMA FRANCO,Y POR LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE VERACRUZ Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, VERÓNICA HERNÁNDEZ GIADÁNS; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Verónica Hernández Giadáns en su carácter de Fiscal General del Estado de Veracruz del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/VER/AC04/FGE/103.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $1,600,000.00, (Un millón seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/VER/AC04/FGE/103. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/417/2024, de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.      "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.   La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO).
I.4.   La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Aparatado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO.
I.5.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00375.
I.6.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.     El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 de la CONSTITUCIÓN 1 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.  El Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Cuitláhuac García Jiménez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, personalidad que acredita con la Constancia de Mayoría expedida por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado (OPLE) de fecha 8 de julio de 2018, mediante el cual se le declara como Gobernador Electo de Veracruz de Ignacio de la Llave para el periodo comprendido del 1 de diciembre del 2018 al 30 de noviembre de 2024, publicado en la Gaceta Oficial, Órgano de Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, de fecha 16 de noviembre de 2018 y con fundamento en los artículos 42 y 49, fracciones V, XVII y XXIII de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y 8 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.3.  El Secretario de Gobierno, Carlos Alberto Juárez Gil, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 50, primero y quinto párrafo de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 9, fracción I, 12, fracciones I, II, VI y 17 y 18, fracción XXX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1 y 15, fracciones XXXV y XXXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y el Acuerdo por el que se autoriza al Titular de la Secretaría de Gobierno, a celebrar Acuerdos y Convenios en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad aplicable, folio 2755, publicado en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el 12 de diciembre de 2018, Tomo CXCVIII, Núm. Ext 496.
II.4.   El Titular de la Secretaría de la Finanzas y Planeación, José Luis Lima Franco, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 50, primero y quinto párrafo de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 9, fracción III, 12, fracciones I, II, VI y VII, 19 y 20, fracción XLII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 2 y 14, fracción XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación y el Acuerdo por el que se autoriza al Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, a celebrar Acuerdos y Convenios en el ámbito de su competencia, folio 2722, publicado en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el 6 de diciembre de 2018, Tomo CXCVIII, el Núm. Ext. 488.
II.5.  La Titular de la Fiscalía General del Estado de Veracruz y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Verónica Hernández Giadáns, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 21 y 116, fracción IX, de la CONSTITUCIÓN; 52, 67, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 2, párrafo primero, 15, 26, 30, fracción XXIII, y 31 de la Ley Número 546 Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 3, 8, 17, 19 y 20 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.6.  Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Avenida Xalapa número 301, Colonia Unidad del Bosque Pensiones, Código Postal 91017, Municipio de Xalapa, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1.  Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.  Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.  Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.  Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: 4. Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
III.5.  Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/VER/AC04/FGE/103, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
 
Acción coadyuvante
4. Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedida.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,600,000.00 (Un millón seiscientos mil pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/VER/AC04/FGE/103, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/153/09022024.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
 
Nombre de la Beneficiaria:
Gobierno del Estado de Veracruz
Nombre del Proyecto:
AVGM/VER/AC04/FGE/103
Nombre de la Institución Financiera:
BBVA México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA México.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
012840001227218563
Número de Cuenta Bancaria:
00122721856
Tipo de Cuenta:
Productiva con intereses
Tipo de Moneda:
Pesos Mexicanos (MXP)
Número de Sucursal:
Banca de Gobierno Veracruz 7714
Número de Plaza:
840
Fecha de apertura de la Cuenta:
16 de febrero de 2024
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.     Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.     Realizar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Veracruz las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas y Planeación, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, por la persona Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación y Enlace Designado ante "CONAVIM", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Fiscalía General del Estado de Veracruz que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
 
Nombre:
Susana Vanessa Otero González.
Cargo:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
Dirección:
Dr. José María Vértiz número 852, piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
52098800 extensión 30367
Correo electrónico Institucional:
sotero@segob.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
 
Nombre:
Carlos Orlando del Ángel Domínguez
Cargo:
Coordinador de Subsidios Federales
Dirección:
Circuito Guízar y Valencia número 707, Colonia Reserva Territorial, Código Postal 91096, Municipio de Xalapa, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Teléfono institucional:
228 8416170. Extensión 3120
Correo electrónico Institucional:
cdelangel@fiscaliaveracruz.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Fiscalía General del Estado de Veracruz informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Fiscalía General del Estado de Veracruz.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Contraloría General del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 27 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, Cuitláhuac García Jiménez.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Carlos Alberto Juárez Gil.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Planeación, José Luis Lima Franco.- Rúbrica.- La Fiscal General del Estado de Veracruz y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Verónica Hernández Giadáns.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 27 de marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave
NOMBRE DEL PROYECTO:
AVGM/VER/AC04/FGE/103
 
 
 
ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
4. Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
 
FECHA DE INICIO DEL PROYECTO:
02 de mayo de 2024
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024
31 de octubre de 2024
 
B. MONTO APROBADO
 
MONTO APROBADO
 
 
$1,600,000.00
Un millón seiscientos mil pesos 00/100 M.N.
Cantidad en número
Cantidad en letra
 
MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR)
 
 
 
No aplica
%
00/100 M.N.
cantidad en número
Porcentaje
cantidad en letra
 
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
(en caso de no tener coparticipación solo colocara el monto solicitado)
$1,600,000.00
Un millón seiscientos mil pesos 00/100 M.N.
Cantidad en número
Cantidad en letra
 
 
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
 
Nombre:
Carlos Orlando del Ángel Domínguez
Cargo:
Coordinador de Subsidios Federales
Domicilio:
Circuito Guízar y Valencia número 707, Colonia Reserva Territorial, Código Postal 91096, Municipio de Xalapa, Veracruz.
Teléfono Institucional:
(228) 841 61 70
Extensión
3120
Correo Institucional:
cdelangel@fiscaliaveracruz.gob.mx
 
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
Abatimiento al rezago en las carpetas de investigación iniciadas por los delitos de Violación simple o equiparadas, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas, en los Municipios de Coatzacoalcos, Córdoba, Martínez de la Torre, Orizaba, Papantla, Poza Rica de Hidalgo, Tuxpan, Veracruz, Xalapa.
D.1 JUSTIFICACIÓN
La Fiscalía Coordinadora Especializada en Investigación de Delitos de Violencia contra la Familia, Mujeres, Niñas y Niños y de Trata de Personas realiza trabajos encaminados a atender la violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas, ya sea en materia de prevención y seguridad, y primordialmente en la procuración de justicia para todas aquellas víctimas de delitos de competencia. Es por ello que se requiere fortalecer el abatimiento de rezago en las carpetas de investigación iniciadas por los delitos de Violación simple o equiparadas, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas, en los Municipios que está decretada la Alerta de Violencia de Género.
 
MEDIDA DE ATENCIÓN
ACCIÓN COADYUVANTE
OBJETIVO GENERAL
III. Medidas de Justicia y Reparación Con base en el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso, se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidios.
La efectividad en el cumplimiento de esta medida se encuentra plenamente relacionada al fortalecimiento de la Fiscalía General del Estado (particularmente la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Libertad y Seguridad Sexual contra la Familia, Niñas y Niños y Trata de Personas), a la diligente ejecución de medidas como la elaboración de protocolos de investigación, cadena de custodia y servicios periciales con base en estándares internacionales, así como a la efectividad de la estrategia de capacitación a servidoras y servidores públicos.
Para ello, se deberá crear una unidad de análisis y evaluación de las labores de investigación y proceso de los delitos de género que se denuncien.
Asimismo, se sugiere crear una Unidad de Contexto para la investigación de feminicidios que, mediante la elaboración de análisis antropológicos, sociológicos y psicosociales, permita identificar, entre otros, las dinámicas delictivas y de violencia contra las mujeres en la entidad.
JUSTICIA: Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
INCISO:
B. Abatimiento al rezago en carpetas de investigación en los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres, adolescentes y niñas.
 
Garantizar el acceso a la justicia pronta, expedita e imparcial, a las víctimas directas o indirectas
 
D.2 METODOLOGÍA
 
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
1. Dotar de herramientas tecnológicas al personal eventual contratado en los municipios que cuentan con Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) declarada, facilitando la agilización de las carpetas de investigación en donde las víctimas sean mujeres, adolescentes y niñas.
1.1. Efectuar el procedimiento administrativo para la adquisición de los 6 equipos de cómputo (laptop) y 6 No breaks.
 
(Número de procedimientos administrativos para la adquisición de equipos de cómputo (laptop) y No breaks realizados/Número de procedimientos administrativos para la adquisición de equipos de cómputo (laptop) y No breaks programados)x100
-Acta de Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenación de Bienes Muebles de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
-Comprobación financiera.
 
1.2 Entregar al personal eventual contratado en los municipios con AVGM declarada, herramientas tecnológicas que coadyuven en la operatividad.
 
(Número de herramientas tecnológicas entregadas/Número de personal eventual contratado en los municipios con AVGM y con población indígena) x 100
 
-Evidencia fotográfica de entrega de las herramientas tecnológicas.
-Resguardo de bienes.
2. Abatir al rezago en carpetas de investigación en los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas
2.1 Entregar carpetas de investigación iniciadas por los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas al personal eventual contratado.
Número de carpetas de investigación entregadas/ número de personal eventual contratado
- Registro general de carpetas de investigación entregadas al personal eventual contratado.
 
2.2 Verificar que el personal eventual contratado realice diligencias en las carpetas de investigación iniciadas por los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas.
(Número de carpetas de investigación diligenciadas/ número de carpetas de investigación entregadas) x 100
- Registro general de carpetas de investigación diligenciadas.
 
2.3 Recibir proyectos de determinación de las carpetas de investigación a la/él Fiscal de Acuerdo al sentido que corresponda, presentados por el personal eventual contratado.
(Número de carpetas de investigación determinadas/ número de carpetas de investigación diligenciadas)x 100
Registro total de carpetas de investigación determinadas.
 
2.4 Recibir informe mensual del personal eventual contratado respecto del número de carpetas entregadas, diligenciadas y determinadas.
Número de carpetas de investigación determinadas/número de personal eventual contratado
Registro mensual de asistencia del personal eventual contratado.
 
D.2.1 PASOS A DESARROLLAR
 
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Efectuar el procedimiento administrativo para la adquisición de los 6 equipos de cómputo (laptop) y 6 No breaks.
2
La Fiscalía Coordinadora Especializada en Investigación de Delitos de Violencia contra la Familia, Mujeres, Niñas y Niños y de Trata de Personas, hará entrega de las herramientas tecnológicas adquiridas al personal eventual contratado.
3
Entrega de carpetas de investigación por las y los fiscales especializados, de carpetas de investigación iniciadas por los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas; y recepción por parte del personal eventual contratado con la finalidad de abatir el rezago de las mismas.
4
Recepción de registros mensuales rendidos por el personal eventual contratado, respecto el número de carpetas de investigación diligenciadas y determinadas (en el sentido que corresponda), iniciadas por los delitos violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas.
 
D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
 
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS
 
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
MUJERES
ADULTAS (OS) MAYORES
MUJERES
INDÍGENAS
MUJERES
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
 
AFROMEXICANAS (OS)
MUJERES
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
MUJERES
LGBTI+
MUJERES
MADRES JEFAS DE FAMILIA
MUJERES
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
MUJERES
VÍCTIMAS INDIRECTAS
 
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
 
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
 
USUARIAS DE DROGAS
 
OTRAS
 
 
GRUPO ETARIO
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
X
X
X
X
X
X
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Coatzacoalcos, Córdoba, Martínez de la Torre, Orizaba, Papantla, Poza Rica de Hidalgo,
Tuxpan, Veracruz, Xalapa
 
D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
 
#
ACTOR
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
No aplica
 
2
 
 
 
D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
 
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Retraso en la ministración del subsidio autorizado, podría generar dilación en el proceso de adquisición.
Aplicar la normatividad correspondiente para disminuir los plazos en el proceso de adquisición.
Dilación por parte del personal eventual contratado en la entrega de reportes mensuales para su registro de información.
Generar mecanismos precisos e idóneos de recolección de información.
 
D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
 
ACTIVIDADES
CONCEPTO
DE GASTO
Mes
Monto
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
1.1. Efectuar el procedimiento administrativo para la adquisición de los 6 equipos de cómputo (laptop) y 6 No breaks
Bienes
informáticos
 
x
x
 
 
 
 
 
 
$157,325.00
1.2 Entregar al personal eventual contratado en los municipios con AVGM declarada, herramientas tecnológicas que coadyuven en la operatividad.
 
x
x
x
x
x
x
 
 
2.1 Entregar carpetas de investigación iniciadas por los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas al personal eventual contratado.
Sueldos y
demás
prestaciones
que se
integran en el
"Marco
Normativo de
las
prestaciones
y
deducciones"
de esta
Fiscalía, para
el Personal
Eventual
Especializad
o
 
x
x
x
x
x
x
 
 
$1,442,675.00
2.2 Verificar que el personal eventual contratado realice diligencias en las carpetas de investigación iniciadas por los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres y niñas
 
 
x
x
x
x
x
x
 
 
 
2.3 Recibir proyectos de determinación de las carpetas de investigación a la/él Fiscal de Acuerdo al sentido que corresponda, presentados por el personal eventual contratado
 
x
x
x
x
x
x
 
 
2.4 Recibir informe mensual del personal eventual contratado respecto del número de carpetas entregadas, diligenciadas y determinadas
 
x
x
x
x
x
x
 
 
Monto total con letra
Un millón seiscientos mil pesos 00/100 M.N.
$1,600,000.00
 
D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS
D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
 
ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN
AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
Ciencias Jurídicas
1
Licenciatura
9
Ciencias de la Salud
 
 
 
Psicología
 
 
 
Trabajo Social
 
 
 
Otros Perfiles
 
 
 
 
Total de Prestadores de Servicios a Contratar
9
 
 
 
D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
La sección fue llenada con datos proporcionados en repositorio por lo que usted corresponde a verificar que la información se correcta:
 
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
 
MARQUE LA CASILLA
CORRECTA
SERÁ
Será
Prestadora de Servicios Profesionales
 
Servicios integrales
 
Honorarios Asimilados
 
Otro
Si selecciono "Otro", Especifique a continuación:
 
Otro
Elija un elemento.
Elija un elemento.
 
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/VER/AC04/FGE/103 en la Ciudad de México el 27 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, Cuitláhuac García Jiménez.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Carlos Alberto Juárez Gil.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Planeación, José Luis Lima Franco.- Rúbrica.- La Fiscal General del Estado de Veracruz y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Verónica Hernández Giadáns.- Rúbrica.