CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chiapas, que tiene por objeto el otorgamiento de recursos para la operación del CJM Palenque, Chiapas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN", A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIAPAS, RUTILIO CRUZ ESCANDÓN CADENAS, ASISTIDO POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, VICTORIA CECILIA FLORES PÉREZ, LA SECRETARIA DE HACIENDA, MARÍA ESTHER GARCÍA RUÍZ, Y POR EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE CHIAPAS Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, OLAF GÓMEZ HERNÁNDEZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Es de considerar en el proceso que define este documento, las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la Organización de las Naciones Unidas, y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Para", aplicables a los deberes estatales de prevención, atención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres.
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados de México (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051ª y 1052ª, como parte de sus Observaciones finales, entre otros recomendó al Estado mexicano:
"...
c) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer, como la violación, y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer;
d) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los centros de justicia para las mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia;
e) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios establecidos...".
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), en su artículo 1o establece la coordinación entre la Federación, las Entidades Federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable, con la finalidad de fortalecer la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Federal; mientras que, en la fracción XXVI del artículo 42 Bis del mismo ordenamiento, establece que la CONAVIM debe impulsar en coordinación con las Entidades Federativas, los Centros de Justicia para las Mujeres en todo el territorio nacional.
En virtud de lo anterior, el 1o de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el "Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres", a la que de conformidad con lo que establecen las fracciones III y XIII del artículo cuarto de dicho Decreto, le corresponde formular las bases para la coordinación entre las autoridades federales, locales y municipales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, así como celebrar convenios, que se relacionen con el ejercicio de sus atribuciones.
En ese contexto, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) prevé en su artículo 74, que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
En términos del artículo 75 de la LFPRH, los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa; incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; prever la temporalidad en su otorgamiento; y reportar su ejercicio en los informes trimestrales, incluyendo el importe de los recursos.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas y; en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE), los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado o no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 establece en su artículo 22, las acciones que el Ejecutivo Federal deberá observar en el cumplimiento a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia; para lo cual impulsará, de manera transversal, la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, a través de la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y en el cual se señalan los montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Chiapas.
De conformidad con el oficio número FGE/0033/2024 de fecha 18 de enero de 2024, suscrito por Olaf Gómez Hernández, en su carácter de Fiscal General del Estado de Chiapas, se solicitó en tiempo y forma a la CONAVIM, recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la Modalidad C. Operación del Centro de Justicia para las Mujeres en Palenque, Chiapas.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los "Criterios que rigen el proceso para acceder a los subsidios para la Creación, Fortalecimiento y Operación de los Centros de Justicia para las Mujeres para el Ejercicio Fiscal 2024" (CRITERIOS CJM 2024), publicados el 27 de diciembre de 2023 por la CONAVIM, el Comité de Evaluación (COMITÉ), determinó viable el proyecto denominado Operación del CJM Palenque, Chiapas, el (PROYECTO), por lo que aprobó la cantidad de $2,912,474.00 (Dos millones novecientos doce mil, cuatrocientos setenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para operación del CJM.
Dicha situación se notificó al "GOBIERNO DEL ESTADO" mediante oficio número CONAVIM/CVEI/051/2024 de fecha 22 de febrero de 2024, suscrito por la Secretaría Técnica del COMITÉ.
El PROYECTO, se encuentra ubicado en la Avenida Benito Juárez, número 5, Colonia Montes Azules, Código Postal 29960, Municipio Palenque, Estado de Chiapas.
La Instancia Local Responsable del PROYECTO se compromete a cumplir el objetivo y meta del mismo, dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024. En caso de que la totalidad del PROYECTO se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento, así como apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y demás programas que deriven del mismo.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés en formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
II.     "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de conformidad con los artículos 90 de la CPEUM; 1º., 2º., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la LOAPF, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos; y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto.
I.3.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II, y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4.   La CONAVIM es un Órgano Administrativo Desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y Primero del Decreto por el que se crea como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (DECRETO), publicado en el DOF, el 1 de junio de 2009.
I.5.   La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Representada por la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV 116 fracciones II y IV y 151 del RISEGOB; Cuarto, fracción XIII del DECRETO, y el Nombramiento expedido a través del oficio numero 100.- 179, de fecha 01 de noviembre de 2023, suscrito por la Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.
I.6.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con Reporte General de Suficiencia Presupuestaria número 00438 emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de "GOBERNACIÓN".
I.7.   Señala como su domicilio el ubicado en la calle Doctor José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte Poniente, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal, 03020, en la Ciudad de México.
II.     El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como como los artículos 1, 16 y 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2.  El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chiapas, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado de Chiapas, Rutilio Cruz Escandón Cadena, quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con lo previsto en los artículos 51 y 59, fracción XXXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 6 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.3.  La Secretaria General de Gobierno, Victoria Cecilia Flores Pérez, quien cuenta con facultades para para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con el artículo 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 2, fracción I, 7, 11, 21, 28, fracción I y 29, fracción XLVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; y artículo 15, fracciones XI y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.  La Secretaria de Hacienda, María Esther García Ruíz, quien cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con el artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 2, fracción I, 7, 11, 21, 28, fracción II y 30, fracción LIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 2 y 13, fracciones VI y XC del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5.  La Fiscalía General del Estado de Chiapas a la que está adscrito el Centro de Justicia para las Mujeres en Palenque, Chiapas, es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio de conformidad con lo dispuesto en los artículos, 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 3 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chiapas y su Titular, Olaf Gómez Hernández, asiste en la suscripción del presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 13, fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, y 8, fracción II del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chiapas.
II.6.  No cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma complementaria al PROYECTO que se describe en el Anexo Técnico; y que acredita, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7.  Es propietario del terreno ubicado en la Avenida Benito Juárez, número 5, Colonia Montes Azules, Código Postal 29960, Municipio Palenque, Estado de Chiapas.
II.8.  Para los efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Boulevard Andrés Serra Rojas, número 1090, Piso 14, Colonia Paso Limón, Código Postal 29049, Municipio Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres, en términos de la normatividad aplicable.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Estado Libre y Soberano de Chiapas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV, así como la Ley de Desarrollo Constitucional para la Igualdad de Género y Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los CRITERIOS, que regulan el presente Convenio de Coordinación.
III.6.  Se obligan a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y programas que se deriven del mismo.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de recursos para la Operación del CJM Palenque, Chiapas, en términos del PROYECTO, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas víctimas de violencia.
El PROYECTO se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, y que forma parte del presente instrumento, en el cual se establecen las características y objetivos del mismo, así como el catálogo de conceptos de gastos y el cronograma de avance físico-financiero del proyecto, que permita vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de que el PROYECTO descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico, presente variaciones en cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a informar a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM" sobre cualquier diferencia que altere la estimación del proyecto de referencia, en términos de lo señalado en el numeral QUINCUAGÉSIMO SEXTO de los CRITERIOS CJM 2024.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del OBJETO señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN", asignará la cantidad de $2,912,474.00 (Dos millones novecientos doce mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para la Operación del CJM Palenque, Chiapas.
Los recursos federales se transferirán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en una ministración, a través de su Secretaría de Hacienda, en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la presente Cláusula, así como sus rendimientos, por lo que no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios del PROYECTO, ello, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG). Dicha cuenta se identifica con los siguientes datos:
 
Nombre del beneficiario:
Gobierno del Estado de Chiapas.
Nombre de la institución financiera bancaria:
 
Banco Mercantil del Norte, S.A.
Grupo Financiero Banorte.
Nombre del proyecto:
Operación del CJM Palenque, Chiapas
Clave bancaria estandarizada (CLABE):
072 100 01262611746 8
Número de cuenta bancaria:
1262611746
Tipo de cuenta:
Productiva.
Número de sucursal:
2534.- Torre Chiapas.
Número de plaza.
08001.-Tuxtla Gutiérrez.
Fecha de apertura de la cuenta:
26 de febrero de 2024.
Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta:
Javier Baltazar Alejo
María Elizabeth Montesinos Álvarez
Cecilio de Jesús Diaz Rincón
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que el "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Instancia Local Responsable haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura electrónica o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en términos de los numerales CUADRAGÉSIMO PRIMERO, CUADRAGÉSIMO SEGUNDO, CUADRAGÉSIMO TERCERO, de los CRITERIOS, que regulan el presente Convenio de Coordinación.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4, fracciones XV, XVI y XVII de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los informes que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas, se encuentran sujetos al presupuesto autorizado y a la disponibilidad de los mismos, en términos del PEF 2024, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a ella. La CONAVIM, a través del COMITÉ, comunicará mediante oficio al "GOBIERNO DEL ESTADO" cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"GOBERNACIÓN" y la CONAVIM serán ajenas a los procedimientos de contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución del proyecto aprobado, por lo que cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los CRITERIOS, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de subsidios;
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO", y
c.     Revisar conjuntamente los informes mensuales que se presenten respecto del avance del PROYECTO.
d.    Participar en el Programa de Contraloría Social de conformidad con el criterio SEXAGÉSIMO TERCERO de los CRITERIOS CJM 2024.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de lo previsto en los CRITERIOS, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, exclusivamente para la ejecución del PROYECTO a que se refieren las cláusulas PRIMERA y SEGUNDA;
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento;
       Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico del presente Convenio, a través de los informes mensuales en donde se reporta el avance físico y financiero del PROYECTO;
c.     Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico, a través de los informes mensuales en donde se reporta el avance físico y financiero del PROYECTO;
d.    Realizar, en términos del numeral SEXAGÉSIMO los CRITERIOS CJM 2024, visita(s) al domicilio del Proyecto señalado en el Anexo Técnico, para corroborar la implementación del Proyecto y verificar la conformación del expediente del subsidio por parte de la Instancia Local Responsable del Proyecto, sin que se requiera notificación previa.
e.     Integrar el expediente correspondiente al PROYECTO, con la documentación justificativa y probatoria señalada en numeral DÉCIMO OCTAVO, FRACCIÓN VII de los CRITERIOS CJM 2024, el cual estará a cargo la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de lo previsto en los CRITERIOS CJM 2024, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Hacienda los recursos asignados vía subsidio, exclusivamente para los fines previstos en las Cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, así como en el Anexo Técnico;
b.    Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024;
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al PROYECTO, una vez que se realice la transferencia del recurso, mediante el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del "GOBIERNO DEL ESTADO", expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de "GOBERNACIÓN", derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación; lo anterior, de conformidad con el numeral CUADRAGÉSIMO QUINTO de los CRITERIOS CJM 2024;
d.    Realizar las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del PROYECTO, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a su respectivo Reglamento, y demás normatividad federal y local aplicable en la materia;
e.     Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, el expediente correspondiente con la documentación justificativa y probatoria original de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios para la ejecución del PROYECTO objeto del presente instrumento; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos;
f.     Integrar y resguardar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, el expediente correspondiente a la ejecución y comprobación del PROYECTO financiado con los recursos otorgados, objeto del presente instrumento;
g.    Entregar mensualmente a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, un informe de conformidad con la Cláusula SÉPTIMA del presente Convenio de Coordinación.
h.    Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la conclusión del Ejercicio Fiscal 2024; los cuales deberán estar cancelados con la leyenda "Operado con recursos del Programa Presupuestario E015 Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres" en términos de lo previsto en el artículo 70, fracción II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
i.     Presentar a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, a más tardar el 15 de enero de 2025, el Acta de entrega de resultados y sus anexos, rubricada y firmada por la persona titular de Fiscalía General del Estado de Chiapas, en la que se observe el formato base establecido por la CONAVIM, mismo que deberá contener la información señalada en el Capítulo XVIII: Acta de entrega de resultados, de los CRITERIOS CJM 2024.
j.     Colaborar con la CONAVIM proporcionando la información mensual de las mujeres atendidas por primera vez y en seguimiento, así como los servicios brindados por el CJM, una vez que se encuentre prestando servicios a las mujeres en situación de violencia;
k.     Colaborar con la CONAVIM proporcionando la información correspondiente respecto de la atención a mujeres víctimas de violencia de género, así como, de sus hijas e hijos para la recopilación de
información del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM);
l.     Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de "GOBERNACIÓN", por conducto de la CONAVIM, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del CJM, incluyendo en toda la papelería y documentación oficial la leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", observando en todo momento lo establecido en los artículos 28 de la Ley General de Desarrollo Social; 209 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024; y numeral SEXAGÉSIMO PRIMERO de los CRITERIOS CJM 2024 y demás la legislación aplicable en materia electoral.
m.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH, el RLFPRH, el PEF 2024; así como las demás disposiciones federales aplicables a la materia.
SEXTA. ENLACES. Las personas servidoras públicas que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO", Flor de Rocío García Cadenas, designada mediante oficio número FGE/0032/2024, suscrito por el Titular de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, de conformidad con el numeral VIGÉSIMO QUINTO de los CRITERIOS CJM 2024; y por "GOBERNACIÓN" la persona servidora pública en quien recaiga la titularidad de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM.
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación; además, serán las y los responsables internos de las actividades encomendadas.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá notificar a la CONAVIM, cualquier cambio de la persona enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y del PROYECTO aprobado, en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto de quien asumirá dichas funciones.
SÉPTIMA REPORTES MENSUALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de Fiscalía General del Estado de Chiapas deberá presentar de manera física y electrónica un informe de implementación del PROYECTO a "GOBERNACIÓN", mediante oficio dirigido a la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM. Dicho informe deberá rendirse en los términos de lo previsto en el Capítulo XVII. Informes mensuales de los CRITERIOS CJM 2024, adjuntando la documentación probatoria correspondiente.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria específica con característica de productiva referenciada en la cláusula SEGUNDA del presente instrumento, así como los ahorros derivados de los procesos de contratación y adquisición; deberán ser reintegrados a la TESOFE en los términos de los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH, y 85, párrafo segundo del RLFPRH, y de acuerdo con las disposiciones aplicables en la materia.
NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. "LAS PARTES" convienen que los recursos federales que se transferirán al "GOBIERNO DEL ESTADO", se destinarán exclusivamente para el PROYECTO denominado Operación del CJM Palenque, Chiapas.
DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Fiscalía General del Estado de Chiapas.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación justificativa es la que se requisita para la solicitud de subsidio en cada una de las modalidades, señalada en el Apartado 2: Procedimiento de los subsidios para Creación, Fortalecimiento y Operación de los CJM. Capítulo VII. Solicitud del subsidio en cualquiera de sus modalidades de los CRITERIOS CJM 2024; la cual será verificada e integrada en el expediente correspondiente por la Secretaría Técnica del COMITÉ, en términos de las funciones señaladas en las fracciones III y VII del numeral DÉCIMO OCTAVO de los CRITERIOS CJM 2024.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2024; deberán ser reintegrados a la TESOFE a más tardar dentro de los quince (15) días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2024, de conformidad con lo establecido en los artículos 54, tercer párrafo de la LFPRH y 85 del RLFPRH.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la(s) línea(s) de captura para realizar el (o los) reintegro(s) correspondiente(s). Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la(s) línea(s) de captura a la Fiscalía General del Estado de Chiapas, ésta deberá remitir a la CONAVIM el comprobante original de pago del /de los reintegro(s) realizado(s) como anexo del Acta de entrega de resultados de acuerdo con los numerales QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO, fracción I, inciso p) y QUINCUAGÉSIMO QUINTO, párrafo segundo de los CRITERIOS CJM 2024.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con el presente instrumento y su Anexo Técnico, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación del presente Convenio de Coordinación, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la otra Parte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, quedando liberada de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial y sindical que llegara a suscitarse.
DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. "GOBERNACIÓN" podrá solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen al "GOBIERNO DEL ESTADO", cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este Convenio de Coordinación y en el Anexo Técnico, o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, previa audiencia del "GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del RLFPRH.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los recursos del subsidio asignado para el PROYECTO no son presupuesto regularizable y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo dispuesto en la LFPRH, el RLFPRH y el PEF 2024; así como a la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento; la Ley Federal de Austeridad Republicana; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal; a los CRITERIOS CJM 2024 y demás disposiciones aplicables en la materia.
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública a través del Órgano Interno de Control Especializado que corresponda al ramo Gobernación, así como la Auditoría Superior de la Federación y los Órganos Contralores Locales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría, correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la legislación aplicable en la materia.
Cabe destacar, que los subsidios para el PROYECTO, son adicionales y complementarios, y en ningún caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo que no podrán duplicarse subsidios para un mismo objetivo.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por el retraso en el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación; así como por los daños y perjuicios que pudieran causarse y que resulten directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante el Convenio Modificatorio correspondiente, el cual deberá sujetarse a lo dispuesto en el numeral QUINCUAGÉSIMO OCTAVO de los CRITERIOS CJM 2024, y procederá cuando las adecuaciones a los proyectos impliquen una afectación al objetivo, meta o monto aprobado por el COMITÉ para el desarrollo del mismo en el Ejercicio Fiscal 2024, mismo que formará parte integrante del presente instrumento, y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente el siguiente supuesto:
 
a.     Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan, y
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o; en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente Convenio de Coordinación es producto de la buena fe; en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo por "LAS PARTES".
En el supuesto de que subsista discrepancia, "LAS PARTES" están de acuerdo en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o legislación que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento del presente Convenio de Coordinación, "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, lo hará del conocimiento de las instancias competentes, sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente instrumento será publicado en el DOF, y el "GOBIERNO DEL ESTADO" lo publicará de conformidad con el Capítulo XIII: Publicación, de los CRITERIOS CJM 2024 y la normatividad estatal aplicable.
VIGÉSIMA TERCERA. DIFUSIÓN. "LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a, del PEF 2024. De igual manera, todo gasto en la comunicación y divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales aprobados en el PEF 2024.
VIGÉSIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será vía correo electrónico, o mediante oficio signado por la autoridad competente remitido por servicio de mensajería en los domicilios señalados en las Declaraciones. Por lo que hace a las comunicaciones telefónicas, la CONAVIM deberá levantar constancia de la comunicación. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes, contados a partir del cambio correspondiente.
Leído lo que fue el presente Convenio de Coordinación, y estando enteradas "LAS PARTES" del contenido, valor y alcance legal de sus Cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 3 días del mes de mayo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Chiapas, Rutilio Cruz Escandón Cadenas.- Rúbrica.- La Secretaria General de Gobierno, Victoria Cecilia Flores Pérez.- Rúbrica.- La Secretaria de Hacienda, María Esther García Ruíz.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado de Chiapas y Titular de la Instancia Local Responsable, Olaf Gómez Hernández.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL CJM PALENQUE,
CHIAPAS
1.     NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DE "EL PROYECTO":
a)   Nombre o denominación: Operación del CJM Palenque, Chiapas
b)   Objetivo: contar con un Centro de Justicia para las Mujeres equipado para poder estar en condiciones de ofrecer servicios integrales de atención exclusiva a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, sus hijas e hijos, bajo un mismo techo.
c)   Descripción del proyecto en su ejecución en el 2024 y meta: Los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM) en la entidad tienen como propósito fundamental brindar atención integral con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos, diferencial y multicultural, a mujeres, niñas, niños y adolescentes, víctimas de violencia por razones de género, a través de servicios especializados y multidisciplinarios de trabajo social, médico, lúdico, psicológico, de fortalecimiento de la autonomía de las mujeres, jurídico y, de ser necesario, de casa de tránsito.
      Tomando en consideración que el CJM en Palenque es de nueva creación, las instalaciones deben acondicionarse de tal manera que sea un espacio seguro y adecuado que otorgue a las mujeres la confianza de que se encuentran en un lugar digno durante su estancia en el Centro. Este acondicionamiento, tiene que ver con que las especialistas que prestan sus servicios mediante las diversas áreas, cuenten con el mobiliario indispensable que permita proporcionar una atención cálida a las mujeres, a sus hijas e hijos, que se creen espacios cómodos y armoniosos que eviten la revictimización; es decir, las áreas de atención directa y operativas del CJM contarán con el mobiliario que haga funcional y eficientes sus tareas al interior del Centro de Justicia, evitando espacios hostiles que inhiban la decisión de las mujeres en su búsqueda de justicia.
2.   JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO:
      Con el objetivo de ofrecer una cobertura estatal y regionalizada, se pretende equipar el Centro de Justicia para las Mujeres en la Ciudad de Palenque con la concentración múltiple personal de diferentes dependencias del Gobierno del Estado y organizaciones de la sociedad civil, que atenderán de manera coordinada y en un solo espacio de trabajo, las necesidades de las mujeres víctimas de violencia y/o que requieran otro tipo de servicios, evitando acciones aisladas de cada institución, brindando una atención profesional e integral, agradable y cómoda, que preserve su seguridad, sus derechos humanos y garantice el acceso efectivo a la justicia.
      Palenque pertenece a la Región 13 Maya y actualmente, es la ciudad con mayor población extranjera que transita para llegar a la frontera con los Estados Unidos de América en su mayoría mujeres, niñas y niños, esto debido a que es el principal paso de caravanas de migrantes proveniente del vecino país de Guatemala, así por ser un lugar turístico con una derrama económico de la entidad. Cuenta con una población de 133,281 habitantes, de los cuales 65,609 son hombres y 67,672 son mujeres, siendo los hombres el mayor número de población.
      Dicho municipio colinda con otros lugares y el municipio que se encuentra en la zona norte es Catazajá, al este está La Libertad, el estado de Tabasco y la República de Guatemala, en la parte sur con Ocosingo y Chilón, finalmente al oeste colinda con el municipio de Salto de Agua y el estado de Tabasco. Palenque; es un municipio urbano-rural con población intercultural. Las etnias que integran la población indígena son tzeltal, Chól y Zoque principalmente.
      Es imperativo enfatizar la importancia del equipamiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Palenque, ya que la Violencia Familiar, en cuanto a denuncias realizadas, en la zona maya, ha aumentado; siendo más común, que las mujeres violentadas, refieren en repetidas ocasiones, que los principales agresores son esposos o parejas en estado de ebriedad, quienes les pegan y en varias ocasiones son expulsadas de sus comunidades de origen, donde además, viven en un grado de pobreza y vulnerabilidad extrema por sus usos y costumbres, ya que la mujer es considerada un elemento más de la propiedad de la pareja.
      Con el equipamiento del Centro de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de Palenque, Chiapas; se busca construir los mecanismos para que las mujeres en situación de violencia puedan contar con medidas adecuadas que les permitan el acceso a la justicia y la protección judicial, así como las garantías de no repetición que puedan frenar la violencia en su contra y, una reparación del daño con perspectiva de derechos humanos y de género, para ellas y sus familias. Garantizando de manera imperativa que dichos procesos sean de manera integral, con la participación interinstitucional, desde un enfoque con perspectiva de género, de infancia, de diversidad sexual y de derechos humano.
3.     INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE DEL PROYECTO
       Datos de la persona Titular de la Fiscalía General del Estado o de la Instancia Local Responsable
a)   Nombre: Olaf Gómez Hernández
b)   Cargo: Fiscal General del Estado de Chiapas
c)   Adscripción: Fiscalía General del Estado de Chiapas
d)   Teléfono: 961-617 23 00 Ext. 17258
e)   Domicilio para recibir notificaciones: Libramiento norte oriente número 2010, Colonia el Bosque, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
f)    Correo electrónico: staff_secretarial@fge.chiapas.gob.mx
       Datos de la persona designada como enlace con la CONAVIM:
a)   Nombre: Flor de Rocío García Cadenas
b)   Cargo: Directora de los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado de Chiapas
c)   Adscripción: Centros de Justicia para las Mujeres en el Estado de Chiapas
d)   Teléfono: 961-617 23 00 Ext. 17594, Teléfono Celular: 961 202 28 53
e)   Correos electrónicos: cejum2014@gmail.com, cejum.chiapas@fge.chiapas.gob.mx, cejum.subdir@gmail.com
a)   Nombre: Miguel Ángel Montero Morales
b)   Cargo: Director de Planeación
c)   Adscripción: Fiscalía General del Estado de Chiapas
d)   Teléfono: 961-617 23 00 Ext. 17001, Teléfono Celular: 961 180 8005
e)   Correos electrónicos: mmontero@fge.chiapas.gob.mx; asesormiguel@hotmail.com
       3.1 Descripción de las funciones del enlace con la CONAVIM: Los enlaces designados, serán las personas encargadas de recibir y podrá responder oportunamente a las comunicaciones emitidas por la Secretaría de Gobernación a través de la CONAVIM, una vez que se notifique de la aprobación del subsidio.
4.     NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE SUS RESPONSABILIDADES EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN:
a)   Fiscalía General del Estado de Chiapas
b)   Las responsabilidades correspondientes en las CLAÚSULAS TERCERA Y QUINTA DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN.
LUGAR QUE SE EQUIPARÁ
A.   Ubicación o domicilio completo: Avenida Benito Juárez No 5, Colonia Montes Azules, Código Postal 29960, Municipio de Palenque, Estado de Chiapas.
B.   Nombre del Centro de Justicia que se equipará: Centro de Justicia para las Mujeres en Palenque, Chiapas.
5.    MONTO AUTORIZADO
  Aportación Federal otorgada por la CONAVIM:
      $2,912,474.00 (Dos millones, novecientos doce mil, cuatrocientos setenta y cuatro pesos 00/100 M.N.)
6.     FECHA INICIO Y CONCLUSIÓN
       6.1 Fecha estimada del inicio del proyecto en 2024:
  Fecha: 01 de julio de 2024,
      Nota: la fecha de inicio puede variar de acuerdo con la trasferidos los recursos federales asignados.
       6.2 Fecha estimada para la conclusión del proyecto en 2024:
  Fecha: 31 de diciembre de 2024.
7. CRONOGRAMA DE AVANCE FÍSICO-FINANCIERO DEL PROYECTO.
 
Operación del CJM Palenque, Chiapas
Adquisición de equipamiento desglosado en el catálogo de conceptos: 90 días naturales.
Descripción del concepto
de equipamiento
Total del monto a
ejecutar
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Proceso de Licitación, adjudicación, firma de contrato y pago de anticipo.
$1,456,237.00
x
 
 
 
 
50%
Entrega de equipos a través de acta de entrega recepción
$1,456,237.00
 
x
X
 
 
50%
Porcentaje de avance físico acumulado del equipamiento
100%
 
 
 
 
 
TOTAL
$2,912,474.00
$1,456,237.00
$0.00
$1,456,237.00
$ 0.00
$ 0.00
 
8. CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE GASTOS DEL PROYECTO DE 2024:
 
Concepto de gasto
Uni
Cant.
P. UNITARIO
SUBTOTAL
IVA
TOTAL
JUEGO DE SALA 1,2 Y 3 PAZAS, MODELO AREZZO, MARCA ALBAR MUEBLES
Pza.
6
$ 26,834.85
$ 161,009.10
$ 25,761.46
$ 186,770.56
ESTRUCTURA: MADERA DE PINO SOLIDA DE 21 MM. DE PRIMERA CALIDAD, RESORTE ZIG-ZAG ENGANCHADO AL BASTIDOR CON GRAPAS DE SEGURIDAD PARA MAYOR SOPORTE YDURABILIDAD, RAFIA ENTRETEJIDA AL RESORTE Y BASTIDOR PARA MAYOR FIRMEZA, PARTE BAJA TERMINADA EN BONFORT.
RESPALDO Y ASIENTO: TAPIZADO EN VARIEDAD DE COLORES (CONSULTAR CATALOGO TAPICES).
ACOJINAMIENTO: HULE ESPUMA EN ASIENTO DE 10 CMS. D.20 KGS/M³, EN RESPALDO DE 8 CMS. D.20 KGS/M³, EN BRAZOS D.17 KGS/M³.
BASE: TUBULAR REDONDO DE 1¼" EN CAL. 18, CON TERMINADO EN CROMO Y TAPON REGATON DE BOLA COLOR
TERMINADO EN CROMO Y TAPON REGATON DE BOLA COLOR NEGRO.
 
 
 
 
 
 
SILLA SECRETARIAL GIRATORIA, MODELO A-116, MARCA ALBAR MUEBLES
Pza.
25
$ 2,133.00
$ 53,325.00
$ 8,532.00
$ 61,857.00
RESPALDO Y ASIENTO: DISEÑO ERGONÓMICO, ASIENTO EN MADERA DE TRIPLAY DE 12 MM. Y RESPALDO EN PLÁSTICO RÍGIDO, TAPIZADOS EN VARIEDAD DE COLORES (CONSULTAR CATALOGO TAPICES), CON TAPA DE POLIPROPILENO
 
 
 
 
 
 
ACOJINAMIENTO: ESPUMA DE POLIURETANO INYECTADO DE 55 KGS/M³, CON ESPESOR DE 7 CMS. EN ASIENTO Y RESPALDO
 
 
 
 
 
 
RODAJAS: TIPO YOYO DE NYLON CON UNA RESISTENCIA DE 80 KG C/U
 
 
 
 
 
 
SISTEMA DE ELEVACIÓN: PISTÓN DE GAS, STALIBUS, CON 50,000 CICLOS, MODELO SECRETARIAL, CON CUBIERTA TELESCÓPICA.
 
 
 
 
 
 
BASE: NYLON DE 24" DE 5 PUNTAS
 
 
 
 
 
 
MECANISMO: SECRETARIAL, FABRICADO EN LAMINA CAL. 14 COLOR NEGRO PINTURA EPÓXICA, AJUSTE NEUMÁTICO DE ALTURA, AJUSTE DE PROFUNDIDAD DE RESPALDO CON CUBRE SOLERA PARA RESPALDO EN PLÁSTICO.
 
 
 
 
 
 
MEDIDAS
 
 
 
 
 
 
Altura piso/respaldo:88/102
 
 
 
 
 
 
Altura piso/asiento:45/58.5
 
 
 
 
 
 
Ancho total:48
 
 
 
 
 
 
Fondo total:55.5
 
 
 
 
 
 
Asiento:45 X 45.5
 
 
 
 
 
 
ARCHIVERO METALICO 4 GAVETAS, 133X46.5X63.8. MOD. A-9164, MARCA LA PIEDAD
Pieza
27
$ 8,445.00
$ 228,015.00
$ 36,482.40
$ 264,497.40
CARACTERÍSTICAS GENERALES:
 
 
 
 
 
 
· FABRICADO EN LÁMINA CALIBRE 24 ROLADO EN FRÍO.
 
 
 
 
 
 
· CUATRO TACONES EN ESCUADRA TROQUELADAS FABRICADOS EL LÁMINA CALIBRE 16.
 
 
 
 
 
 
· TAPA SUPERIOR FABRICADA EN LÁMINA CALIBRE 22 ROLADO EN FRÍO.
 
 
 
 
 
 
· SISTEMA DE CIERRE GENERAL CON CHAPA DE SEGURIDAD.
 
 
 
 
 
 
· GAVETAS PREPARADAS CON SOLERA DE 1/8"X1/2" PARA FOLDER COLGANTE TAMAÑO OFICIO, PROFUNDIDAD DE 491MM Y JALADERA EMBUTIDA CON PORTA ETIQUETERO EMBUTIDO.
 
 
 
 
 
 
· CORREDERAS FABRICADAS EN LÁMINA CALIBRE 14 ROLADO CALIENTE DECAPADA °50 CON BALERO INTERCAMBIABLE DE NYLON DE 1"Ø.
 
 
 
 
 
 
· CAPACIDAD DE CARGA POR GAVETA DE 35 KILOS.
 
 
 
 
 
 
· TERMINADO EN PINTURA CON APLICACIÓN ELECTROSTÁTICA EN FÓRMULA HÍBRIDO HORNEADO A 190°.
 
 
 
 
 
 
COLORES DISPONIBLES: ARENA O NEGRO
 
 
 
 
 
 
ESCRITORIO SECRETARIAL METALICO 1 PEDESTALDERECHO 120X75X75 CMS, MODELO EM-9316, MARCA LA PIEDAD
Pza.
23
$ 6,976.00
$160,448.00
$ 25,671.68
$ 186,119.68
CARACTERÍSTICAS GENERALES:
 
 
 
 
 
 
FABRICADO EN LÁMINA CALIBRE 24 ROLADO EN FRÍO Y DESCANSA PIES EN LÁMINA CALIBRE 22 ROLADO EN FRÍO.
 
 
 
 
 
 
CUATRO PATAS FABRICADAS EN TUBULAR DE 1"X1" CALIBRE 18, REGATÓN DE PLÁSTICO DE 1" CON NIVELADOR DE PLÁSTICO DE 1" Y PEM DE ¼" PARA SU ARMADO.
 
 
 
 
 
 
CUBIERTA DE MELAMINA COLOR NOGAL DE 24MM CON CUBRE CANTO DE PVC 31MM DE 0.4MM DE ESPESOR.
 
 
 
 
 
 
SISTEMA DE CIERRE GENERAL CON CHAPA DE SEGURIDAD.
 
 
 
 
 
 
PEDESTAL CON UNA LAPICERA Y UNA GAVETA DE ARCHIVO PREPARADA CON SOLERA DE 1/8"X1/2" PARA FOLDER COLGANTE TAMAÑO CARTA, PROFUNDIDAD DE 450MM Y JALADERA EMBUTIDA.
 
 
 
 
 
 
CORREDERAS FABRICADAS EN LÁMINA CALIBRE 16 ROLADO EN FRÍO CON BALERO INTERCAMBIABLE DE NYLON DE 1"Ø.
 
 
 
 
 
 
CAPACIDAD DE CARGA POR GAVETA DE ARCHIVO DE 25 KILOS.
 
 
 
 
 
 
DESARMABLE, CON PEMS DE 1/4" Y DE 3/16" PARA SU ARMADO.
 
 
 
 
 
 
PEDESTAL PREPARADO PARA SER DERECHO.
 
 
 
 
 
 
TERMINADO EN PINTURA CON APLICACIÓN ELECTROSTÁTICA EN FÓRMULA HÍBRIDO HORNEADO A 190°.
 
 
 
 
 
 
COLORES:
 
 
 
 
 
 
ARENA (AR)
 
 
 
 
 
 
NEGRO (NE)
 
 
 
 
 
 
- CUBIERTAS NOGAL, BLANCO, NEGRO, WENGE Y ROBLE AMERICANO
 
 
 
 
 
 
SILLA FIJA DE VISITA, MODELO LK-02, MARCA ALBAR MUEBLES
Pza.
93
$ 893.55
$ 83,100.15
$ 13,296.02
$ 96,396.17
 
ESTRUCTURA- ESTIBABLE TUBULAR OVALADO DE 15X30 CAL. 18 EN PATAS, SOPORTE DE RESPALDO EN CAL. 20 TUBO REDONDO DE 7/8", TERMINADO EN PINTURA EPÓXICA TEXTURIZADA CON SOPORTE EN ASIENTO DE TUBO REDONDO DE 5/8" CAL. 18, TAPONES DE POLIETILENO EN TERMINALES PARA EVITAR RAYADURAS A PISOS.
 
 
 
 
 
 
SIN DESCANSABRAZOS.
 
 
 
 
 
 
RESPALDO Y ASIENTO- PLÁSTICO DE POLIPROPILENO EN ASIENTO Y RESPALDO TAPIZADO EN TELA EN VARIEDAD DE COLORES (CONSULTAR CATALOGO TAPICES), CON TAPA DE PLÁSTICO DE POLIPROPILENO EN RESPALDO Y ASIENTO.
 
 
 
 
 
 
ACOJINAMIENTO- HULE ESPUMA EN ASIENTO Y RESPALDO 4 CMS. DE ESPESOR, ASIENTO Y RESPALDO D.17 KGS/M³.
 
 
 
 
 
 
DIMENSIONES:
 
 
 
 
 
 
ALTURA PISO/RESPALDO:83
 
 
 
 
 
 
ALTURA PISO/ASIENTO:50
 
 
 
 
 
 
ANCHO TOTAL:54
 
 
 
 
 
 
FONDO TOTAL:49
 
 
 
 
 
 
ASIENTO:46 X 40
 
 
 
 
 
 
RESPALDO:46 X 34
 
 
 
 
 
 
MESA PARA CAFETERA, CON PUERTAS BAJAS, FABRICADO EN MELAMINA, MIDE: 80X40X80 CMS.
Pza.
1
$ 4,493.74
$ 4,493.74
$ 719.00
$ 5,212.74
CAFETERA 40 TAZAS. MARCA HAMILTON
Pza.
1
$ 2,678.00
$ 2,678.00
$ 428.48
$ 3,106.48
CAPACIDAD PARA 40 TAZAS
 
 
 
 
 
 
PERMITE DISPENSAR EL CAFÉ CON UNA SOLA MANO
 
 
 
 
 
 
CALENTADOR DOBLE QUE MANTIENE EL CAFÉ CALIENTE SIN SOBRECALENTAR
 
 
 
 
 
 
LUZ INDICADORA DE ENCENDIDO
 
 
 
 
 
 
VENTANA DE NIVEL DE AGUA/CAFÉ
 
 
 
 
 
 
ASAS DE CÓMODA EMPUÑADURA PARA UN TRASLADO FÁCIL
 
 
 
 
 
 
EXTERIOR DE METAL PERDURABLE NO SE OXIDA NI DECOLORA
 
 
 
 
 
 
CANASTA DE FILTROS DE CAFÉ SE LEVANTA PARA UNA FÁCIL LIMPIEZA EN EL LAVAVAJILLAS -FÁCIL LLENADO, FÁCIL LIMPIEZA
 
 
 
 
 
 
SILLON RECLINABLE
Pza.
2
$ 21,200.00
$ 42,400.00
$ 6,784.00
$ 49,184.00
CON ACOJINAMIENTO DE RESORTES EMBOLSADOS Y ELEGANTE TAPIZADO EN ECO PIEL SUAVE, REDEFINE LA COMODIDAD. CON SISTEMA RECLINABLE Y REPOSAPIÉS, BRINDA UNA EXPERIENCIA DE RELAX ABSOLUTA.
 
 
 
 
 
 
FRIGOBAL 5 PIES, MARCA WHIRLPOOL
Pza.
1
$ 11,637.00
$ 11,637.00
$ 1,861.92
$ 13,498.92
EL TAMAÑO IDEAL PARA ESPACIOS REDUCIDOS. CUENTA CON ESPACIO DE CONGELADOR, CAJÓN PARA FRUTAS Y VERDURAS, ANAQUELES EN PUERTA, TERMOSTATO MECÁNICO, 2 PARRILLAS DE VIDRIO, RACK CON CAPACIDAD PARA 6 LATAS E ILUMINACIÓN INTERIOR REFRIGERADOR COMPACTO NEGRO 5 PIES
 
 
 
 
 
 
CAMBIADOR DE PAÑALES
Pza.
3
$ 5,810.62
$ 17,431.86
$ 2,789.10
$ 20,220.96
DISEÑO HORIZONTAL CON SISTEMA HIDRÁULICO RETRÁCTIL.
 
 
 
 
 
 
CORREA DE SEGURIDAD PARA SOSTENER AL BEBÉ.
 
 
 
 
 
 
CONTENEDOR Y DESPACHADOR DE TOALLAS ANTI BACTERIANAS.
 
 
 
 
 
 
SUPERFICIE DE LA PLANCHA DE 77 X 41 CM.
 
 
 
 
 
 
MESA DE CENTRO DE 100 X 45 X 45cm. CUBIERTA MELAMINA
Pza.
2
$ 3,397.80
$ 6,795.60
$ 1,087.30
$ 7,882.90
MODELO.FMCM100, MARCA MUVERSA
 
 
 
 
 
 
"MESA PARA JARDIN DE NIÑOS DE 800X600X550 MM, CUBIERTA FABRICADA EN POLIPROPILENO EN ALTO IMPACTO P, EN ESTRUCTURA DE TUBULAR CUADRADO DE 1"". LA ESTRUCTURA PREVIAMENTE LAVADA Y FOSFATIZADA LLEVARÁ ACABADO A BASE DE PINTURA ELECTROSTÁTICA MICROPULVERIZADA HORNEADA COLOR NEGRO. PARA LA UNIÓN DE ELEMENTOS METÁLICOS SE APLICARÁ SOLDADURA DE MICROALAMBRE SIN ESCORIA.COLORES, NARANJA, ROJO, VERDE, AMARILLO Y AZUL MODELO YM-11, MARCA YIREH
Pza.
3
$ 1,136.00
$ 3,408.00
$ 545.28
$ 3,953.28
SILLA INFANTIL CON ESTRUCTURA TUBULAR METÁLICA Y ASIENTO-RESPALDO DE PLÁSTICO POLIPROPILENO INYECTADO Y REGATONES DE POLIPROPILENO DE ALTO IMPACTO, FABRICADOS CADA UNO, EN UNA SOLA PIEZA, CON PLÁSTICO (POLIPROPILENO) INYECTADO DE ALTA DENSIDAD Y COSTILLAS O NERVADURAS DEL MISMO MATERIAL. LLEVA UN ADITIVO ANTIESTÁTICO Y UN ACABADO TEXTURIZADO EN LAS CARAS OPUESTAS. EN ESTRUCTURA DE 3/4", LA ESTRUCTURA PREVIAMENTE LAVADA Y FOSFATIZADA LLEVARÁ ACABADO A BASE DE PINTURA ELECTROSTÁTICA MICROPULVERIZADA HORNEADA COLOR NEGRO. PARA LA UNIÓN DE ELEMENTOS METÁLICOS SE APLICARÁ SOLDADURA DE MICROALAMBRE SIN ESCORIA.COLORES, NARANJA, ROJO, VERDE, AMARILLO Y AZUL. MODELO YSI01, MARCA YIREH
Pza.
12
$ 465.00
$ 5,580.00
$ 892.80
$ 6,472.80
JUGUETERO ORGANIZADOR DE 12 RECIPIENTES PLÁSTICOS BLANCO - TIENE MEDIDAS DE 86 X 29.5 X 80 CM. LA BASE ES DE COLOR BLANCO Y CONTIENE 12 RECIPIENTES MULTICOLORES IDEALES PARA GUARDAR Y ORGANIZAR DE MANERA ESTÉTICA LOS JUGUETES, PELUCHES, LIBROS, COLORES, ETC. DE LOS NIÑOS. ES MUY FÁCIL DE ENSAMBLAR E INSTALAR. LA BASE ESTÁ ELABORADA 100% DE MDF, MIENTRAS QUE LOS RECIPIENTES 100% DE PLÁSTICO. SUS MATERIALES PERMITEN LIMPIARLO DE MANERA SENCILLA CON UN TRAPO HÚMEDO.
Pza.
1
$ 2,956.00
$ 2,956.00
$ 472.96
$ 3,428.96
 
CONJUNTO SECRETARIAL TIPO PENINSULA CON LATERAL DE 160*75cm. COLORES LAMINADOS PLASTICOS; LARICINA SIBERIA - PRECOMPUESTO CENIZA - EBANO INDI - CAOBA - ENCINO POLAR - NOGAL URBANO - ROBLE MERIDA - ROBLE SANTANA - NOGAL NEO - NOGAL BRITANICO - NEGRO - OXFORD - GRIS CLARO - BLANCO BROSTI MODELO 16CS160SL, MARCA MUVERSA
Pza.
1
$ 6,423.00
$ 6,423.00
$ 1,027.68
$ 7,450.68
MESA DE JUNTAS OVALADA DE 300 X 120 X 75cm. A.28mm. COLORES LAMINADOS PLASTICOS; LARICINA SIBERIA - PRECOMPUESTO CENIZA - EBANO INDI - CAOBA - ENCINO POLAR - NOGAL URBANO - ROBLE MERIDA - ROBLE SANTANA - NOGAL NEO - NOGAL BRITANICO - NEGRO - OXFORD - GRIS CLARO - BLANCO BROSTI. MODELO FM0300, MARCA MUVERSA
Pza.
1
$ 10,805.00
$ 10,805.00
$ 1,728.80
$ 12,533.80
TABLÓN RECTANGULAR DE 244X76CM CUBIERTA DE PLÁSTICO INFLADO ELABORADA EN UN PROCESO DE INYECCIÓNSOPLADO DE PLÁSTICO POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD PIGMENTO EN BLANCO EN MOLDE RECTANGULAR CON ESQUINAS REDONDEADAS ESTRUCTURA PLEGABLE ELABORADA CON TUBULAR DE ACERO REDONDO DE 1/8" CALIBRE 18, ENSAMBLE CON REMACHES DE IMPACTO Y SOLDADURA CON MICRO ALAMBRE ACABADO MEDIANTE LA APLICACIÓN DE ELECTROESTÁTICA DE PINTURA EN POLVO Y FINALMENTE HORNEADA A UNA TEMPERATURA DE 190º CON UN TIEMPO DE 20 MINUTOS, PARA DARLE DUREZA Y ADHERENCIA AL ESMALTE. SISTEMA DE APERTURA SEMIAUTOMÁTICO CON SEGUROS REGATONES DE PLATICO EN LAS PATA. MODELO YT-400. MARCA YIREH
Pza.
3
$ 3,623.00
$ 10,869.00
$ 1,739.04
$ 12,608.04
PROYECTOR EPSON POWERLITE E20
Pza.
3
$ 18,749.00
$ 56,247.00
$ 8,999.52
$ 65,246.52
RESOLUCIÓN NATIVA XGA 3400 LUMENES (1024 X 768) Y RELACIÓN DE ASPECTO DE 4:3 PARA IMÁGENES VIBRANTES Y LLENAS DE COLOR. LÁMPARA DE LARGA DURACIÓN HASTA 12.000 HORAS EN MODO ECO3
 
 
 
 
 
 
PANTALLA PARA PROYECTOR AUTOMÁTICA DE 100"
Pza.
2
$ 4,050.00
$ 8,100.00
$ 1,296.00
$ 9,396.00
IDEAL PARA SALONES ESCOLARES, AUDITORIOS, SALA DE JUNTAS O TV
 
 
 
 
 
 
SISTEMA MOTORIZADO PARA DESPLEGARLA
INCORPORA CONTROL ALÁMBRICO E INCLUYE CONTROL REMOTO
PARA INSTALACIÓN EN MURO O TECHO
 
 
 
 
 
 
"CARRO CAMILLA PARA TRASLADO O RECUPERACIÓN FABRICADO EN TUVO REDONDEO DE 1"" CALIBRE 18 CROMADO, CON CUBIERTA DE ACERO ACABADA EN PINTURA EPOXICA Y COLCHÓN DE HULE ESPUMA TAPIZADO EN VINIL IMITACIÓN PIEL.
Pza.
3
$ 14,822.00
$ 44,466.00
$ 7,114.56
$ 51,580.56
CABECERA AJUSTABLE A DIFERENTES POSICIONES, EQUIPADO CON SOPORTE Y ANTENA PARA SUERO, RODAJAS DE 5"" Y JUEGO DE BARADALES TUBULARES CROMADOS ABATIBLES "
 
 
 
 
 
 
"MESA MAYO FABRICADA EN ACERO INOXIDABLE CON CHAROLA
Pza.
3
$ 10,284.00
$ 30,852.00
$ 4,936.32
$ 35,788.32
CARACTERÍSTICAS:
BASE DE PERFIL TUBULAR CUADRADO DE ACERO INOXIDABLE.
COLUMNA FIJA DE PERFIL TUBULAR DE ACERO INOXIDABLE, ACABADO PULIDO.
RODAJA DE DOBLE HUELLA COLOR NEGRO.
CHAROLA DE LÁMINA DE ACERO INOXIDABLE, ACABADO PULIDO."
 
 
 
 
 
 
"VITRINA PARA MEDICAMENTOS
FABRICADA CON LAMINA CAL. 22 ACABADO EN PINTURA COLOR ARENA HORNEADA
ZOCLO ESMALTADO CALIBRE 22 PINTURA HORNEADA
DOS PUERTAS SUPERIOR DE LAMINA CAL. 22 Y PINTADA EN COLOR ARENA VIDRIO CON CHAPA PARA SU SEGURIDAD
DOS CAJONES CENTRALES DE LAMINA CAL. 22 ACABADO EN PINTURA HORNEADA COLOR ARENA
DOS PUERTAS INFERIORES DE LAMINA CAL. 22 ACABADO EN PINTURA HORNEADA COLOR ARENA.
MEDIDAS APROX. 38X80X156 CMS.
DOS ENTREPAÑOS DE VIDRIO DE 6 MM. DE ESPESOR"
Pza.
3
$ 5,602.00
$ 16,806.00
$ 2,688.96
$ 19,494.96
"BIOMBO DE DOS HOJAS; ESMALTADO
Pza.
3
$ 4,435.00
$ 13,305.00
$ 2,128.80
$ 15,433.80
CARACTERÍSTICAS:
 
 
 
 
 
 
ESTRUCTURA DE PERFIL TUBULAR REDONDO DE Ø25 MM Y 1.2 MM DE ESPESOR.
BASE ESTABLE DE CUATRO APOYOS CON RODAJAS TIPO BOLA DE 50 MM ACABADO CROMO.
CORTINAS PLISADA DE ALGODÓN 100% COLOR AZUL
FABRICADO EN SU TOTALIDAD EN ACERO NEGRO, SOLDADURAS COMPLETAS Y DEVASTADAS.
PRESENTACIÓN EN ACABADO ESMALTE.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
MEDIDAS Y PESO:
FRENTE: 115 CM., ANCHO: 50 CM., ALTO: 169 CM.,
PESO: 9.1 KG.
FRENTE: 115 CM., ANCHO: 50 CM., ALTO: 169 CM.,
PESO: 9.1 KG."
 
 
 
 
 
 
" BOTE DE BASURA PARA RESIDUOS BIOPELIGROSOS
TAPA VAIVÉN
CAPACIDAD 35 L.
COLOR ROJO
Pza.
3
$ 2,000.00
$ 6,000.00
$ 960.00
$ 6,960.00
 
MESA AUXILIAR PARA INSTRUMENTAL CON DOS ENTREPAÑOS DE ACERO INOXIDABLE
CARACTERÍSTICAS:
CUBIERTA Y ENTREPAÑO EN ACERO INOXIDABLE TIPO 304. CALIBRE 20, CON REFUERZO EN LA PARTE INFERIOR.
ACABADO PULIDO.
ESTRUCTURA FABRICADA CON TUBO DE ACERO INOXIDABLE TIPO 304, CALIBRE 20 DE 25.4MM DE DIÁMETRO.
RODAJAS DE 50MM DE DIÁMETRO DE HULE CON BALINERAS.
BARANDAL PERIMETRAL FABRICADO CON BARRA DE ACERO INOXIDABLE TIPO 304.
Pza.
3
$ 4,117.00
$ 12,351.00
$ 1,976.16
$ 14,327.16
LÁMPARA DE CHICOTE PANTALLA GRANDE, BASE PESADA CARACTERÍSTICAS: PANTALLA DE ALUMINIO DE 15.3CM DE DIÁMETRO (CHICAS), CON SOQUET INTEGRADO (NO INCLUYE FOCO), ACABADO PULIDO. TUBO FLEXIBLE DE ACERO DE 12.7MM (1/2") DE DIÁMETRO, ACABADO CROMADO. EXTENSIÓN EN TUBO DE ACERO CALIBRE NO. 20, DE 12.7MM (1/2") DE DIÁMETRO, ACABADO CROMADO. CABLE TOMA CORRIENTE CALIBRE NO. 20, CON APAGADOR Y CLAVIJA INTEGRADOS, LONGITUD: 3.50M PERILLA PARA AJUSTE DE ALTURA EN PLÁSTICO COLOR NEGRO. COLUMNA ESTRUCTURAL EN TUBO DE ACERO CALIBRE NO. 18, DE 25.4MM (1") DE DIÁMETRO, ACABADO CROMADO. BASE TRIPEÉ EN FUNDICIÓN GRIS, ACABADO EN ESMALTE HORNEADO COLOR NEGRO, PESO: 5.525KG. RODAJAS ESTÁNDAR DE HULE SUAVE, DE 41.0MM (1 5/8") DE DIÁMETRO, ACABADO CROMADO.
Pza.
3
$ 2,308.00
$ 6,924.00
$ 1,107.84
$ 8,031.84
TRIPIE PARA SOLUCIONES MEDICAS (PORTA VENOCLISIS) BASE TRIPLE TUBULAR CROMADA CARACTERÍSTICAS: BASE TRIPLE TUBULAR CROMADA, FABRICADO CON TUBO DE ACERO ACABADO CROMADO. REGATÓN PLÁSTICO PROTECTOR CONTRA CHOQUES. RODAJA DE NYLON CON DOBLE PISADA. TALLO CROMADO CON REDUCTOR PARA AJUSTE DE EXTENSIÓN DE DOBLE GANCHO. PERILLA OPRESORA PARA REGULAR EXTENSIÓN.
Pza.
3
$ 2,160.00
$ 6,480.00
$ 1,036.80
$ 7516.80
NEGATOSCOPIO SENCILLO DE PARED FLOURESCENTE EQUIPO QUE GENERA UN CAMPO UNIFORME DE LUZ SENCILLO PARA VISUALIZAR LA PELÍCULA RADIOGRÁFICA. CARACTERÍSTICAS: ESTRUCTURA DE ACERO INOXIDABLE TERMINADO EN ESMALTE ACRÍLICO. PANTALLA DE ACRÍLICO RESISTENTE Y DE ALTO IMPACTO LISO DE 3 MM. EN COLOR BLANCO OPALESCENTE, DE ESPESOR DE DOS PIEZAS CON UN FACTOR DE TRANSMISIÓN LUMINOSO DE 50% , ACABADO EN ESMALTE ACRÍLICO. LÁMPARAS FLUORESCENTES RECTAS DE ARRANQUE RÁPIDO DE 15 WATTS. COLOR LUZ DE DÍA DURACIÓN 3000 HORAS, CONTINUA Y SIN PARPADEOS. BRILLO DEL NEGATOSCOPIO DE 5000 LUXES, PARA RADIOGRAFÍA CONVENCIONAL. FIJACIÓN A PARED EN FORMA SEGURA.
Pza.
3
$ 4,617.00
$ 13,851.00
$ 2,216.16
$ 16,067.16
SILLA DE RUEDAS ESMALTADA CARACTERÍSTICAS: LONETA ACOJINADA. DESCANSA BRAZOS ACOJINADOS Y RESISTENTES. BOLSA TRASERA IDEAL PARA GUARDAR ACCESORIOS. SUS FRENOS DE MANO SON ALTAMENTE SEGUROS. DESCANSA PIES PLEGABLES Y DE ALTURA AJUSTABLE. FABRICADA CON ACERO DE ALTA RESISTENCIA. RUEDAS TRASERAS TIPO SPOKE CON RIN DE BICICLETA.
Pza.
3
$ 4,500.00
$ 13,500.00
$ 2,160.00
$ 15,660.00
CAMA MATRIMONIAL, BASE COLCHON TIPO BOX. BASE ES DE MADERA DE PINO, DE PRIMERA Y CURADA ANTIPOLILLA MEDIDA DE 1.35 DE ANCHO X 1.90 DE LARGO Y TIENE 17CM DE ALTO EN TAMAÑO MATRIMONIAL LAS PATITAS MIDEN 12CM
Pza.
2
$ 7,200.00
$ 14,400.00
$ 2,304.00
$ 16,704.00
COLCHON MATRIMONIAL DRACO, ACABADO PLANO CON CAPITONADO DE 25 MM TEJIDOS RESISTENTES , TELA FRESCA AL TACTO, NUCLEO ESPUMA AGLUTINADA DE 50 KG. Y 2 ACOJINAMIENTOS EN ESPUMA FLEXIBLE PARA UNA MEJOR SENSACION DE CONFORT, NIVEL DE CONFORT FIRME.
Pza.
2
$ 5,549.00
$ 11,098.00
$ 1,775.68
$ 12,873.68
CUNA DE HOSPITAL SIN RUEDAS Y CON COLCHÓN CARACTERÍSTICAS: CABECERA Y PIECERA DE TUBO CUADRADO DE 1 ½" X 1 ½" CALIBRE NO. 20 CON TABLEROS DE TUBO REDONDO DE ½" CALIBRE NO. 20 EN ACABADO ESMALTE HORNEADO CON REGATONES SUPERIORES DE POLIPROPILENO PARA PORTA-SUEROS. BARANDALES ABATIBLES, TIRAS VERTICALES DE TUBO REDONDO DE ½" CALIBRE NO. 20 Y TIRAS HORIZONTALES DE TUBO CUADRADO DE ¾" CALIBRE NO. 20. GUÍAS DE TUBO REDONDO ACABADO CROMADO. PIJAMERA EN LAMINA DE ACERO CALIBRE NO. 22 ACABADO EN ESMALTE HORNEADO. TAMBOR FABRICADO CON ÁNGULO DE ACERO DE 1 ¼" X 1 ¼" ACABADO EN ESMALTE CON TELA ARTICULADA DE ALAMBRE GALVANIZADO CALIBRE NO. 14 SUJETADA AL MARCO CON RESORTES DE 12 VUELTAS DE ALAMBRE TENSILAC CALIBRE NO. 13.5. PERMITE DIVERSAS POSICIONES CON CREMALLERA (MANUAL).
Pza.
2
$ 12,495.00
$ 24,990.00
$ 3,998.40
$ 28,988.40
ROPERO FABRICADO EN MELAMINA CON PUERTAS, ENTREPAÑO Y TUBO PARA COLGAR, MEDIDAS 80X40X160.
Pza.
2
$ 7,895.00
$ 15,790.00
$ 2,526.40
$ 18,316.40
COMEDOR TUBULAR CON 6 SILLAS 90X150,COLOR CHOCOLATE
Pza.
1
$ 7,268.00
$ 7,268.00
$ 1,162.88
$ 8,430.88
 
REFRIGERADOR DE ACERO INOXIDABLE INVERTER 14 PIES, MARCA HISENSE. CAPACIDAD EN LITROS 382L TIPO DE REFRIGERADOR: TOP MOUNT COLOR: ACERO AHORRO DE ENERGIA
2 PUERTAS FABRICA DE HIELOS 1 CAJON PARA FRUTAS Y VERDURAS
3 PARRILLAS DE CRISTAL TEMPLADO
DISPENSADOR DE AGUA FABRICA DE HIELOS MANUAL LOCALIZACION DEL CONGELADOR SUPERIOR
SISTEMA DE ENFRIAMIENTO MULTI AIR FLOW
TIPO DE LUZ LED
Pza.
2
$ 12,227.00
$ 24,454.00
$ 3,912.64
$ 28,366.64
ESTUFA ACROS DE GAS AL PISO DE 6 QUEMADORES 30 PULGADAS (IN) GRIS AF5001D HORNO DE GRAN CAPACIDAD 5.1 P3 HORNO CON VENTANA EXTRAGRANDE PERILLAS ERGONÓMICAS CON PUNTERO CROMADO PARRILLAS DE ALAMBRÓN RESPALDO PORCELANIZADO CON PLACAMARCA ACABADO CERAMICO ENCENDIDO MANUAL
Pza.
1
$ 7,500.00
$ 7,500.00
$ 1,200.00
$ 8,700.00
HORNO DE MICROONDAS PANASONIC CON CAPACIDAD DE 1.3 P3 (36 LTS) PLATO GIRATORIO DE 31.5 CM 7 MENUS PREESTABLECIDOS 10 NIVELES DE POTENCIA 3.0 KG DE DESCONGELAMIENTO 1.100 W DE POTENCIA 120 V
Pza.
2
$ 3,398.00
$6,796.00
 
$1,087.36
7,883.36
 
CAFETERA OSTER DE 12 TAZAS PRACTICO SISTEMA DE SWITCH PARA ENCENDIDO Y APAGADO SISTEMA PAUSE´N SERVE EL CUAL PERMITE SERIVIR UNA TAZA DE CAFÉ MIENTRAS LA CAFETERA TODAVIOA SE ESTA GESTANDO LUZ INDICADORA QUE PERMITE SABER CUANDO LA CAFETERA ESTA EN "ON" Y "OFF" VENTANA QUE PERMITE VER LA CANTIDAD DE AGUA EN EL DEPOSITO PARA UN LLENADO PRECISO ALMACENAMIENTO DE CABLE 1000 WATS
Pza.
2
$ 650.00
$ 1,300.00
$ 208.00
$ 1,508.00
LICUADORA MARCA OSTER. COP MEDIDORA CON CAPACIDAD DE 60 ML 450 WAT, VASO DE VIDRIO, 10 VELOCIDADES
Pza.
1
$ 970.00
$ 970.00
$ 155.20
$ 1,125.20
SANDWICHERA CAPACIDAD DE PANES Y WAFFLES: 2 PANES CARACTERÍSTICAS ESPECIALES: CON ANTIADHERENTE, BROCHE DE SEGURIDAD COLOR: NEGRO
Pza.
1
$ 600.00
$ 600.00
$ 96.00
$ 696.00
SILLA PERIQUERA DE PLÁSTICO RESISTENTE DE PRÁCTICO DISEÑO, SEGURO E INNOVADOR CUENTA CON CHAROLA AJUSTABLE A 3 POSICIONES, CINTURÓN DE 3 PUNTOS, ASIENTO CÓMODO, Y DESCANSA PIES. ES FÁCIL DE DESMONTAR Y LIMPIAR, TIENE UN RECLINABLE A 3 POSICIONES, ES FÁCIL DE ENSAMBLAR Y NO REQUIERE HERRAMIENTAS.
Pza.
1
$ 2,323.50
$ 2,323.50
$ 371.76
$ 2,695.26
LAVADOR HISESNSE, 20 KG, DE 2 TINAS CAPACIDAD DE LAVADO DE 20 KG CAPACIDAD DE CENTRIFUGADO 7.5 KG MOTORES INDEPENDIENTES (SE PUEDE LAVAR Y CENTRIFUGAR AL MISMO TIEMPO) SISTEMA DE LAVADO "STORM WASH" DE ALTA EFICIENCIA IMPULSOR REVERSIBLE TIEMPO DE LAVADO 15 MINUTOS DIMENSIONES DE LA TINA DE LAVADO (L)138 LT NIVEL MÁXIMO DE AGUA 126 LT VELOCIDAD DEL CENTRIFUGADO 1550 RPM CANTIDAD DE PERILLAS 4
Pza.
1
$ 7,231.50
$ 7,231.50
$ 1,157.04
$ 8,388.54
SECADORA DE ROPA (CENTRIFUGA) TINACO DE ACERO INOXIDABLE DOBLE TAPA DE SEGURIDAD 1600 RPM 5 FUNCIONES
Pza.
1
$ 4,000.00
$ 4,000.00
$ 640.00
$ 4,640.00
LOCKER 5 PUERTAS 180 X 36 X 37, MODELO L-3127, MARCA LA PIEDAD CARACTERÍSTICAS GENERALES
FABRICADO EN LÁMINA CALIBRE 24 ROLADO EN FRÍO.
CUATRO TACONES EN ESCUADRA TROQUELADAS FABRICADOS EL LÁMINA CALIBRE 18. TAPA SUPERIOR FABRICADA EN LÁMINA CALIBRE 24 ROLADO EN FRÍO.
INCLUYE PORTACANDADO FABRICADO EN LÁMINA CALIBRE 12 ROLADO CALIENTE DECAPADO PARA EL ASEGURAR EL COMPARTIMENTO. PUERTAS CON VENTILACIÓN POR MEDIO DE TRES ESCAMAS EN LA PARTE SUPERIOR Y EN LA PARTE INFERIOR PORTA ETIQUETERO EMBUTIDO, Y JALADERA FABRICADA EN LÁMINA CALIBRE 14. JALADERA DE PLÁSTICO NEGRA. PREPARADO CON PERFORACIÓN PARA CERRADURA PERO SIN CERRADURA INTEGRADA. CON TAPON PLÁSTICO. TERMINADO EN PINTURA CON APLICACIÓN ELECTROSTÁTICA EN FÓRMULA HÍBRIDO HORNEADO A 190°. COLORES: ARENA (AR) GRIS ACERO (GA)
Pza.
4
$ 3,970.00
$ 15,880.00
$ 2,540.80
$ 18,420.80
CAMA INDIVIDUAL, BASE COLCHON TIPO BOX. BASE ES DE MADERA DE PINO, DE PRIMERA Y CURADA ANTIPOLILLA MEDIDA DE1.00 DE ANCHO X 1.90 DE LARGO Y TIENE 17CM DE ALTO EN TAMAÑO MATRIMONIAL LAS PATITAS MIDEN 12CM
Pza.
1
$ 5,550.00
$ 5,550.00
$ 888.00
$ 6,438.00
COLCHON INDIVIDUAL DRACO, ACABADO PLANO CON CAPITONADO DE 25 MM TEJIDOS RESISTENTES , TELA FRESCA AL TACTO, NUCLEO ESPUMA AGLUTINADA DE 50 KG. Y 2 ACOJINAMIENTOS EN ESPUMA FLEXIBLE PARA UNA MEJOR SENSACION DE CONFORT, NIVEL DE CONFORT FIRME.
Pza.
1
$ 4,349.00
$ 4,349.00
$ 695.84
$ 5,044.84
COMEDOR PARA 8 PERSONAS, CONSTA DE 2 MESAS CON ESTRUCTURA TUBULAR Y CUBIERTA DE MELAMINA MIDE 75X84X80. INCLUYE 8 SILLAS ACOJINADAS.
Pza.
1
$ 18,980.00
$ 18,980.00
$ 3,036.80
$ 22,016.80
MÓDULO CALL CENTER. COMPUESTO POR 6 MUEBLES INDIVIDUALES DE 120X60X116 CMS. FABRICADO EN MELAMINA DE 16 MM DE ESPESOR. CON GROMETS PASABLEES . INCLUYE: 6 SILLAS OPERATIVAS SIN BRAZOS, TAPIZADO EN TELA, AJUSTE NEUMATICO DE ALTURA, BASE DE 5 PUNTAS CON RODAJAS. 6 ARCHIVEROS DE 2 GAVETAS 1 PAPELERA Y 1 ARCHIVADORA.
Pza.
1
$ 63,175.00
$ 63,175.00
$ 10,108.00
$ 73,283.00
 
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IMPORTES
$2,510,753.45
$401,720.55
$2,912,474.00
 
 
 
 
 
Anticipo
$ 1,456,237.00
 
 
 
 
 
Finiquito
$1,456,237.00
 
 
 
 
 
Total incluyendo I.V.A.
$2,912,474.00
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 3 días del mes de mayo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y la Atención de Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado Libre y Soberano de Chiapas, Rutilio Cruz Escandón Cadenas.- Rúbrica.- La Secretaria General de Gobierno, Victoria Cecilia Flores Pérez.- Rúbrica.- La Secretaria de Hacienda, María Esther García Ruíz.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado de Chiapas y Titular de la Instancia Local Responsable, Olaf Gómez Hernández.- Rúbrica.