Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO.
 
En el amparo 183/2024, promovido por Iris Mejía Daniel, se ordena emplazar al tercero interesado José Eduardo Ubando Torres, haciéndole saber que cuenta con treinta días contados a partir de la última publicación de edictos, para que se apersone al juicio y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad o en Puebla, San Pedro Cholula o Cuautlancingo, todos del estado de Puebla, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se le harán por lista que se fije en estrados; lo anterior toda vez que la quejosa promovió demanda de amparo contra actos del juez Primero de lo Penal de la ciudad de Puebla, consistente en la resolución de quince de febrero de dos mil veinticuatro, donde se prolongó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa a la quejosa dentro del proceso 270/2015-7.
 
San Andrés Cholula, Puebla, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro.
Juez Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Lic. Julio César Márquez Roldán
Rúbrica.
(R.- 554202)