Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal Hidalgo
MPF Titular de la Célula IV-6
Equipo de Investigación y Litigación
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento al acuerdo dictado dentro de la carpeta de investigación FED/HGO/TULB/0000046/2024 y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 Apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 1, 2, 3, 82, 89, 131, 212, 213, 214, 215, 231 y demás aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 40 de la Ley de la Fiscalía General de la República; 1, 2 fracción II, 3, 5, 6, 14, 15 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal para la Enajenación de Bienes del Sector Público; Acuerdo A/011/00 emitido por el Procurador General de la República, relativo al aseguramiento de bienes, Circular C/002/2019 emitido por el Fiscal General de la República; se notifica a través del presente edicto, a quien y/ quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad de(l) lo(s) siguiente (s) bien(es) inmueble(es) afectos a la carpeta de investigación FED/HGO/TULB/0000046/2024, los cuales se describen:
1.- Vehículo de pasajeros marca Chevrolet tipo van, línea Express, sin placas de circulación, con número de identificación vehicular 1GBFG15M2T1025198, año modelo 1996.
2.- Vehículo de pasajeros marca Nissan, tipo Sedan, línea Tsuru, placas de circulación NUD-85-15 del Estado de México, con número de identificación vehicular 3N1EB31S72K422086, año modelo 2002; y
3.- Vehículo de pasajeros marca Ford, tipo multipropósito, línea Econoline E150, placas de circulación 568-TYF del Distrito Federal, con número de identificación vehicular 1FDEE14N1NHA77094, año modelo 1992.
Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se aperciba para que se abstengan de ejercer actos de "Dominio" sobre dichos bienes asegurados el 08 de febrero de 2024 y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causaran "ABANDONO" a favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto al artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales y el oficio Circular C/002/2019 emitido por el Fiscal General de la República, haciendo del conocimiento que los bienes referidos se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Publico de la Federación, Titular de la Célula 6 del equipo de Investigación y Litigación IV Tulancingo de Bravo, de la Fiscalía General de la República en el estado de Hidalgo, con domicilio en Calle Tulipán, número 302, entre Orquídea y Azucenas, Colonia La Florida, C.P. 43763, municipio de Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero, Hidalgo, apercibiéndole para que no enajene o grave el bien en comento, haciéndole saber que en caso de no haber manifestación alguna en el plazo señalado, el bien en comento, causara abandono a favor del Gobierno Federal.
Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se aperciba para que se abstengan de ejercer actos de "Dominio" sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causaran "ABANDONO" a favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto al artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales y el oficio Circular C/002/2019 emitido por el Fiscal General de la República, haciendo del conocimiento que los bienes referidos se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Publico de la Federación, Titular de la Célula 6 del equipo de Investigación y Litigación IV Tulancingo de Bravo, de la Fiscalía General de la República en el estado de Hidalgo, con domicilio en Calle Tulipán, número 302, entre Orquídea y Azucenas, Colonia La Florida, C.P. 43763, municipio de Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero, Hidalgo, apercibiéndole para que no enajene o grave el bien en comento, haciéndole saber que en caso de no haber manifestación alguna en el plazo señalado, el bien en comento, causara abandono a favor del Gobierno Federal.
 
Atentamente
Tulancingo de Bravo, Hidalgo, a 29 de mayo de 2024.
Agente del Ministerio Público de la Federación
 
Titular de la Célula IV-6 Tulancingo de Bravo, Hidalgo
de la Fiscalía General de la República
Licenciado Héctor Bertín Martínez Hernández
Rúbrica.
(R.- 555426)