Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Michoacán de Ocampo
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0001734/2022, iniciada por el delito de ARTICULO 83 QUAT Y 83 QUIN FRACCIÓN VIGENTE DE LA LEY DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS DE USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA Y FUERZA ÁEREA, en la cual el 09 de agosto de 2022, se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.- Vehículo marca Ford, modelo Explorer, de color gris, sin placa de circulación, con número de serie 1FMEU65838UA73794, , por ser instrumento del delito investigado.
2.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0000315/2022, iniciada por el delito de Transporte, sustracción y posesión de hidrocarburo, previsto y sancionado en los ARTÍCULOS 17 FRACCIÓN III Y 9 FRACCIÓN II DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR DE LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, en la cual el 16 de febrero de 2022, se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.-FREIGHTLINDER, tipo camión/incompleto (chasis cabina); modelo FL112, color blanco, con placas de circulación 54AP6M del servicio de autotransporte federal NIV: 1FV6TWDA1WH968128, es de origen Extranjero (E.U.A.) Y AÑO modelo 1998, el cual es instrumento del delito investigado.
3.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0000970/2021, iniciada por el delito de posesión y sustracción ilícita de hidrocarburo, previstos y sancionados EN EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN II Y ARTICULO 17 FRACCIÓN III DE LA LEY FEDERA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, en la cual el 25 de mayo de 2021, se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.- vehículo camión marca dina, modelo 8100, de color blanco, con placa de circulación MU-6516-G del estado de Michoacán, con número de serie 1HSHBGFN4LH663173, el cual es instrumento de delito investigado.
4.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0000666/2022, iniciada por el delito de TRANSPORTE, SUSTRACCIÓN Y POSESIÓN DE HIDROCARBURO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 9 FRACCIÓN II DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR DE LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, en la cual el 04 de abril del 2022, se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.- vehículo camión, marca Ford, modelo camión incompleto, de color rojo con franja de color blanco, con placa de circulación PJN-1444A del Estado de Michoacán, con número de serie 3FEXF70J9SJA05155, año modelo 1995, motivo del cual dicho vehículo es instrumento del delito investigado.
5.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0000306/2021, , iniciada por el delito de TRANSPORTE, SUSTRACCIÓN Y POSESIÓN DE HIDROCARBURO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN II DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR DE LOS DELITOS COMETIDOS EN
MATERIA DE HIDROCARBUROS, en la cual el 16 de febrero de 2021, se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.- Vehículo AUTOMOTOR marca FREIGHTLINER, tipo camión/incompleto, modelo M2106/Cabina Extendida color blanco /con franjas rojas), placas de circulación 283-SR-9 de arrastre Federal con número de identificación vehicular: 3ALHCYCY6KDKR3945, año modelo 2019, motivo del cual dicho vehículo es instrumento del delito investigado.
6.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0002875/2020, iniciada por el delito de TRANSPORTE, SUSTRACCIÓN Y POSESIÓN DE HIDROCARBURO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN II DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR DE LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, en la cual el 23 de noviembre de 2020 se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.- Vehículo marca Ford, modelo F-600, tipo chasis Cabina, carrocería 2 puertas, con placas de circulación KW-18-848, del Estado de México, color azul, con número de identificación vehicular AC5JYG73527, corresponde a un vehículo de origen nacional, año modelo 1981, motivo del cual dicho vehículo es instrumento del delito investigado.
7.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0001043/2021, iniciada por el delito de TRANSPORTE, SUSTRACCIÓN Y POSESIÓN DE HIDROCARBURO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN II DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR DE LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, en la cual el 12 de mayo de 2021 se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.- Vehículo marca Dodge, modelo 350/cabina convencional, color azul con gris, con placa de circulación LC-64-994 del Estado de México, con número de serie 3B6ME3645NM565481, año modelo 1992, motivo del cual dicho vehículo es instrumento del delito investigado.
8.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0001996/2021, iniciada por el delito de PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO DEL USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA Y FUERZA ÁEREA PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 83 FRACCIÓN III DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, en la que el 01 de septiembre de 2021, se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.- vehículo marca GMC, modelo cabina convencional 4WD, tipo camioneta carrocería cabina extendida , línea ½ tonelada, sin placas de circulación, color blanco, con número de identificación vehicular 2GTEK19T9X1518433, año modelo 1999, motivo del cual dicho vehículo es instrumento del delito investigado.
9.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0001258/2021, iniciada por el delito de POSESIÓN DE HIDROCARBURO PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN II. RESGUARDE, TRANSPORTE, ALMACENE, DISTRIBUYA, POSEA, SUMINISTRE U OCULTE HIDROCARBUROS, PETROLÍFEROS O PETROQUÍMICOS, SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO DE ASIGNATARIOS, CONTRATISTAS, PERMISIONARIOS, DISTRIBUIDORES O DE QUIEN PUEDA DISPONER DE ELLOS CON ARREGLO A LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR DE LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, en la cual el 21 de mayo de 2021, se decretó el aseguramiento del siguiente vehículo automotor: 1.- Vehículo marca GMC, tipo camioneta, color blanco/morado, con placas de circulación 10-67ck, del DF, NIV, 3GCHP42X6NM197633, de origen Nacional, año modelo 1992, motivo del cual dicho vehículo es instrumento del delito investigado.------------------------------------------------------------ Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Fiscalía Federal en el Estado Michoacán de Ocampo, con domicilio en calle Batalla Monte de las Cruces, número 65, colonia Lomas de Hidalgo, Morelia, Estado de Michoacán de Ocampo.
 
 
Atentamente
Morelia, Michoacán; a 20 de febrero de 2024.
Fiscal Federal en el Estado de Michoacán de Ocampo de la Fiscalía General de la República
Actuando con esta calidad, en términos de lo dispuesto en los Transitorios Segundo, Primer Párrafo,
Quinto, Séptimo y Décimo Segundo, del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2023
Mtro. Ramón E. Guillén Llarena
Rúbrica.
(R.- 555422)