Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil de Partido
Celaya, Gto.
DECRETO
 
POR ÉSTE PUBLÍQUESE POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN UN EXTRACTO DEL PRESENTE DECRETO DE CANCELACIÓN QUE A LA LETRA DICE: Alberto Agustín Martínez Pérez, propietario del título 1,627 del Club Campestre de Celaya, S.A. de C.V., acredito las exigencias necesarias para la cancelación y reposición del título citado, que ampara doce acciones, de la 8,513 a la 8,524, por lo que se decreta su cancelación, asimismo se ordena la notificación del presente decreto a la persona moral denominada CLUB CAMPESTRE DE CELAYA, S.A. DE C.V., y se ordena de igual forma su publicación por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación un extracto del presente decreto de cancelación; respecto a la reposición del título citado, no se hace pronunciamiento relativo a su procedencia o improcedencia hasta en tanto sea el momento procesal oportuno y se hayan agotado, en su caso, las etapas procesales previstas por en el apartado especial de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en términos del Considerando Cuarto. LO ANTERIOR DEDUCIDO DEL JUICIO ESPECIAL MERCANTIL NÚMERO M-56/2024 PROMOVIDO POR Alberto Agustín Martínez Pérez, EN CONTRA DE CLUB CAMPESTRE DE CELAYA, S.A DE C.V.
 
Celaya, Guanajuato, 09 de agosto del 2024.
La Secretaria del Juzgado Primero Civil de Partido
Licenciada Yesenia María Cuevas Arriaga
Rúbrica.
(R.- 556597)