Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
 
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DEL VEHÍCULO MARCA GMC, TIPO SUV, MODELO ACADIA, CINCO PUERTAS, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN XRY-601-B, DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, CON NIV 1GKKN8LS7PZ139283, MODELO 2023, ASÍ COMO EL BIEN INMUEBLE UBICADO EN PRIVADA PALMA KENTIA, NÚMERO 206, FRACCIONAMIENTO PALMA REAL PRIVADAS EXCLUSIVAS, LOTE NÚMERO 59 DE LA PRIVADA PALMA KENTIA, CÓDIGO POSTAL 88710, CON CLAVE CATASTRAL 31-01-10-555-011 EN REYNOSA, ESTADO DE TAMAULIPAS.
En auto de 11 de julio de 2024, dictado en el juicio de extinción de dominio 11/2024, se admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación, adscrita a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República contra Guadalupe Contreras Hinojo, en su calidad de demandada; de conformidad con el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto del bien mueble consistente en vehículo marca GMC, tipo SUV, modelo Acadia, cinco puertas, color blanca, con placas de circulación XRY-601-B, del Estado de Tamaulipas, con NIV 1GKKN8LS7PZ139283, modelo 2023, así como el inmueble ubicado en Privada Palma Kentia, número 206, Fraccionamiento Palma Real Privadas Exclusivas, lote número 59de la Privada Palma Kentia, código postal 88710, con clave catastral 31-01-10-555-011 en Reynosa,Estado de Tamaulipas, de los cuales se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentran vinculados con el hecho ilícito contra la salud , previsto en el numeral 194, fracción I, del Código Penal Federal, los cuales se encuentran asegurados por el fiscal Federal investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 11, nivel plaza, del edificio sede San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídicoy expresar lo que a su derecho convenga.
 
Ciudad de México
23 de julio de 2024.
Secretario adscrito al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en e l Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
José Jaime Castellanos Rosas
Rúbrica.
(E.- 000569)