CÓDIGO de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés de las Personas Servidoras Públicas del IMSS.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.

CÓDIGO DE CONDUCTA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL IMSS
ÍNDICE
Objetivo
Ámbito de aplicación y obligatoriedad
Glosario
Misión del IMSS
Visión del IMSS
Mensaje Introductorio
Riesgos Éticos
Conductas de las personas servidoras públicas del IMSS
Instancias encargadas de la vigilancia del Código de Conducta de IMSS
Comité de Ética del IMSS
Órgano Interno de Control Específico en el IMSS
Unidad de Control y Mejora de la Administración
Pública Federal (UCMAPF)
Medios de Contacto
Carta Protesta - Compromiso de adhesión
1. Objetivo
Las personas servidoras públicas del Instituto Mexicano del Seguro Social conocemos la importancia y la trascendencia de la noble misión que le fue encomendada a nuestra Institución: garantizar los servicios de salud y de seguridad social a más de 70 millones de personas derechohabientes.
Esta tarea requiere que todas nuestras actividades diarias estén apegadas a los principios constitucionales y legales de Respeto a los Derechos Humanos, Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, Eficacia y Transparencia, para que estos marquen la pauta de las conductas que debemos observar y cumplir.
El Código de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés de las personas servidoras públicas del IMSS es una guía que nos permite establecer la forma en que debemos encauzar nuestro quehacer cotidiano, nuestras relaciones interpersonales y nuestro compromiso en el cumplimiento de la misión, visión y objetivos estratégicos del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Te invitamos a que lo conozcas, a que vivas y hagas tuyos los principios y valores que se plasman en este Código, recuerda que:
¡Nuestros valores los vivimos desde el interior!
2. Ámbito de aplicación y obligatoriedad
Las disposiciones contenidas en este Código de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés de las personas servidoras públicas del IMSS, así como la normativa que emita la Secretaría de la Función Pública y se encuentre vigente, son aplicables a todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el IMSS, por lo que es obligatorio en cualquiera de sus niveles jerárquicos, incluyendo al personal de base y sindicalizado.
Asimismo, el presente Código es un instrumento orientador para la conducta de las personas que presten servicio social, prácticas profesionales, o para cualquier otra que no sea reconocida como persona servidora pública.
3. Glosario
 
Concepto
Definición
Acoso sexual
Forma de violencia de carácter sexual, en la que, si bien no existe una subordinación jerárquica de la víctima frente a la persona agresora, e inclusive puede realizarse de una persona de menor nivel jerárquico hacia alguien de mayor nivel o cargo, hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quien la realiza, que conlleva a un estado de indefensión y riesgo para la víctima. Puede tener lugar entre personas servidoras públicas y de éstas hacia particulares y es expresada en conductas verbales, físicas o visuales, independientemente de que se realice en uno o varios eventos;
Buen trato
Conjunto de actitudes y conductas que reflejan sensibilidad, igualdad, responsabilidad y amabilidad por parte de trabajadoras y trabajadores en la atención a las personas cumpliendo con estándares y protocolos de servicio que existan en los respectivos manuales de las áreas.
Carta Compromiso
Documento mediante el cual se asienta conocer, comprender y dar cumplimiento al presente Código de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés de las personas servidoras públicas del IMSS:
http://intranet/programas/comite-de-etica/Documents/2023/Carta-de-Adhesion-2023.pdf
Código de Conducta
Instrumento emitido por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el que se específica de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores, reglas de integridad y compromisos contenidos en el presente Código de Conducta, atendiendo a los objetivos, misión y visión de la dependencia o entidad de que se trate.
Código de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés de las personas servidoras públicas del IMSS
Es el instrumento normativo que define la forma en que las personas servidoras públicas del IMSS deben desempeñar su quehacer cotidiano, sus relaciones interpersonales y su compromiso, con la finalidad de lograr el cumplimiento de la misión, visión y objetivos estratégicos del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Código de Ética
Se refiere al "Código de Ética de la Administración Pública Federal" vigente.
Conflicto de interés
La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas en razón de intereses personales, familiares o de negocios.
Compañeras y compañeros de trabajo
Todas las personas servidoras públicas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el Instituto Mexicano del Seguro Social, sin importar la forma en que hayan sido contratadas por éste.
Compromiso
Es una obligación contraída hasta su cumplimiento.
Conocimiento de leyes y reglamentos en el servicio público
Obligación de las personas servidoras públicas de conocer y dar cumplimiento a las normas jurídicas inherentes al ejercicio de las funciones que tengan conferidas, así como las que regulen el empleo, cargo o comisión que desempeñen. El desconocimiento de una ley o de una disposición o regulación normativa no exime de su cumplimiento y, en su caso, de una responsabilidad.
Corrupción
Es el abuso de cualquier posición de poder, público o privado, con el objetivo de generar un beneficio indebido a costa del bienestar colectivo o individual.
Deber
Cumplimiento de las obligaciones de las personas servidoras públicas apegadas a un marco ético y normativo aplicable para evitar juicios que puedan estigmatizar o discriminar.
Derechos Humanos
Son derechos inherentes a todos los seres humanos, tales como la vida, la libertad, la igualdad, la seguridad, la educación, la libertad de expresión, entre otros; sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen étnico, religión, idioma o cualquier otra condición..
Discriminación
Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo. También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.
Estereotipos de género
Son aquellos atributos o características que social y culturalmente han sido asignadas a hombres y mujeres a partir de las diferencias físicas, biológicas y sexuales basadas principalmente en su sexo.
Ética pública
Principios y normas comunes y aceptadas en el Instituto que guían el comportamiento ético de sus funcionarios y trabajadores en el ejercicio de sus responsabilidades y en la toma de decisiones. Se centra en promover la integridad, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el Instituto y busca garantizar que las acciones de los funcionarios estén orientadas al interés público y al bienestar de la sociedad en general.
Hostigamiento sexual
Es una forma de violencia de carácter sexual en la cual hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quién la realiza y tiene lugar en una relación de subordinación jerárquica real de la víctima frente a la persona agresora. Es expresada en conductas verbales, o de hecho, físicas o visuales, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
Igualdad
Es un derecho humano y un principio institucional transversal que señala que todas las personas tenemos los mismos derechos y acceso a las mismas oportunidades, sin importar sexo, raza, color, etnia, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, edad, discapacidad, posición económica, orientación sexual o contexto cultural de cada persona. Implica el trato sin distinción de condición alguna, salvo aquellas que se justifiquen al considerar las vulnerabilidades, su impacto diferenciado en determinados grupos y, en su caso, afectaciones históricas.
IMSS o Instituto
Instituto Mexicano del Seguro Social.
Población derechohabiente
Hace referencia a las personas aseguradas, pensionadas y sus beneficiarias, que en los términos de la Ley del Seguro Social tengan vigente su derecho a recibir los servicios del Instituto.
Principios
Proposiciones teóricas dirigidas directamente a la razón. Se transmiten de forma oral o escrita y deben ser cumplidos por los miembros de un grupo social determinado para vivir en armonía (leyes, normas, reglamentos, entre otros). Norma que estipula la obligación de perseguir determinados fines y valores institucionales
Riesgos Éticos
Situaciones en las que potencialmente pudiera haber actos que transgredan principios, valores y/o Reglas de Integridad establecidas en el Código de Ética y/o el Código de Conducta.
Respeto
Para el presente instrumento se debe entender que corresponde a las personas servidoras públicas otorgar un trato digno y cordial a las personas en general, a sus compañeros y compañeras de trabajo, a sus superiores y subordinados; considerando sus derechos, de tal manera, que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento a través de la eficacia y el interés público.
 
Responsabilidad
Capacidad de afrontar el deber de manera oportuna y eficiente.
Persona servidora pública
Aquella que desempeña un empleo, cargo o comisión en los entes públicos del ámbito federal, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Población Usuaria
Personas físicas, derechohabientes, proveedoras, empresarias e instituciones o dependencias que requieran algún trámite o servicio del IMSS.
Transparencia
Conjunto de disposiciones y actos mediante los cuales los sujetos obligados tienen el deber de poner a disposición de cualquier persona la información pública que poseen y dan a conocer, en su caso, el proceso y la toma de decisiones de acuerdo a su competencia, así como las acciones en el ejercicio de sus funciones.
Valores
Son cualidades por las que las personas servidoras públicas deben conducirse en el ámbito de sus funciones para contribuir a un ambiente laboral apropiado conforme al respeto, el liderazgo, la cooperación y el cuidado del entorno cultural y ecológico.
Vocación de Servicio
Actitud que se distingue por la realización de una labor con agrado, compromiso y satisfacción al ayudar y/o servir a la población usuaria, con el objetivo de lograr el bienestar común por encima de sus intereses particulares.
 
El Comité de Ética del IMSS interpretará para efectos administrativos el presente Código, y resolverá los casos no previstos en el mismo.
4. Misión del IMSS
Ser el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional, para todos los trabajadores y trabajadoras y sus familias.
5. Visión del IMSS
Por un México con más y mejor seguridad social.
6. Mensaje Introductorio
Ser parte de la gran familia IMSS es un privilegio, y a la vez una responsabilidad para con nuestras compañeras y nuestros compañeros y con la derechohabiencia y el público en general, por lo cual les convoco a conocer el presente Código de Conducta y apropiarse de su contenido, generando un Instituto robustecido, que se caracteriza por contar con personas servidoras públicas libres e informadas, con un alto sentido del deber y de la Ética Pública; para ello les invito a observar lo siguiente:
a)    Todos y todas somos personas servidoras públicas y nuestro compromiso es con el Instituto y con la sociedad, por ello debemos conocer las conductas mínimas para procurar brindar un servicio de calidad.
b)    En el presente Código de Conducta conoceremos de conductas que debemos realizar, apegándonos a cumplir los principios, valores, compromisos y reglas de integridad del servicio público, por lo que debemos asumir nuestro compromiso con la sociedad cumpliendo y haciendo cumplir la Ética Pública como parte de nuestra vida cotidiana.
c)     Por lo anterior, resulta primordial entender que bajo ninguna circunstancia será permitido cometer o participar en cualquier conducta que lesione el interés público, como lo son participar en actos de corrupción, realizar o tolerar conductas que vulneren los derechos humanos o actos de discriminación, realizar, permitir, o fomentar actos de acoso laboral y mucho menos realizar, permitir, o tolerar actos de acoso sexual o actos de hostigamiento sexual.
d)    Reconocer la importancia de fomentar entre nosotros una cultura de denuncia ante la violación al Código de Ética de la Administración Pública Federal o al presente Código de Conducta institucional.
El IMSS es nuestra casa, hagámosla funcionar comprometidos con la Ética Pública.
7. Riesgos Éticos
Como consecuencia de la revisión a las denuncias que se recibieron en el periodo 2020-2022, se identificaron las conductas que, con mayor frecuencia son contrarias al Código de Conducta y al Código de Ética, a partir del análisis realizado por el Comité de Ética del IMSS y del diagnóstico elaborado por el Órgano Interno de Control Específico en el IMSS, sirviendo como base aquellas que se consideran de mayor impacto con la finalidad de tomar acciones de carácter preventivo, y gradualmente, incidir en evitar que se presenten las conductas que motivaron el inicio de la instancia.
Con la motivación de cumplir con la misión del IMSS, las trabajadoras y los trabajadores de esta Institución nos comprometemos, de manera individual y colectiva, a evitar, mitigar y erradicar las conductas que deterioren la imagen Institucional, destacando las siguientes conductas que fueron denunciadas en contra de personas servidoras públicas en activo, adscritas al Instituto Mexicano del Seguro Social quienes con su actuar o por omisión, presuntamente vulneraron principios, reglas y/o valores establecidos en el Código de Ética y/o Código de Conducta, las cuales son señaladas a continuación:
Acoso sexual / hostigamiento sexual: Las primeras corresponde con las denuncias presentadas por la presunta comisión de conductas de índole sexual en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente que se realice en uno o varios eventos, mientras que en las segundas existe la subordinación.
Acoso laboral / hostigamiento laboral: La primera corresponde con las denuncias presentadas por un presunto trato hostil o vejatorio al que es sometida una persona servidora pública adscrita al Instituto Mexicano del Seguro Social en el ámbito laboral de forma sistemática, que le puede provocar problemas psicológicos y profesionales. En el segundo supuesto además existe el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas
Falta de Imparcialidad: Corresponde con denuncias presentadas en contra de personas servidoras públicas que presuntamente con su actuar brindan un trato desigual a personas derechohabientes y/o compañeros, además de actuar, concediendo privilegios por razón de jerarquías, influencias, intereses o cualquier otra característica o condición.
Agresiones físicas y/o verbales: Se relaciona con las denuncias presentadas en contra de personas servidoras públicas adscritas al Instituto, en las cuales presuntamente pierden el respeto y violentan de una forma material u oral.
Discriminación: Las denuncias presentadas por presuntos hechos de trato desigual por motivos que no están relacionados con su desempeño laboral, pudiendo entender como dichos motivos toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud física o mental, jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, que presuntamente vulneró a los principios, reglas o valores que se establecen en el Código de Ética y/o Código de Conducta.
Violaciones a Derechos Humanos: Corresponde a denuncias presentadas por la presunta vulneración a derechos esenciales a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Enfocados como una presunta vulneración a los principios, reglas o valores que se establecen en el Código de Ética y/o Código de Conducta.
Falta de liderazgo: Denuncias en las que las personas servidoras públicas dejan de ser una figura ejemplar frente a la sociedad y a sus equipos de trabajo, principalmente, ante quienes se encuentran a su cargo.
Corrupción: Constituyen denuncias por el presunto abuso de cualquier posición de poder, público o privado, con el objetivo de generar un beneficio indebido a costa del bienestar colectivo o individual, lo que constituye una transgresión al Código de Ética.
Falta de eficacia: Se tratan de las denuncias presentadas por que una persona servidora pública adscrita al Instituto, presuntamente desarrolló sus funciones, conduciéndose en contra de una cultura de servicio a la sociedad, sin profesionalismo o disciplina, o contraria a los objetivos, metas, y programas de trabajo.
Falta de cooperación: Las denuncias que se presentan en contra de personas servidoras públicas del Instituto alejadas de la colaboración entre sí y que impide u obstaculizan el trabajo en equipo, y como consecuencia evita alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas gubernamentales.
8. Conductas de las personas servidoras públicas del IMSS
Con la motivación de cumplir con la misión del IMSS, las trabajadoras y los trabajadores de esta Institución nos comprometemos, de manera individual y colectiva, a conocer, promover y a hacer nuestros los siguientes valores específicos y conductas.
Compromiso para desarrollar ambientes laborales libres de violencia
Compromiso
Las personas servidoras públicas del Instituto Mexicano del Seguro Social en todas nuestras actividades, nos comprometemos a trabajar en ambientes laborales libres de violencia, ajenos a cualquier acto de acoso laboral para con las personas servidoras públicas del Instituto así como cualquier acto de violencia en contra de la población derechohabiente y usuaria. Para ello asumimos nuestro compromiso para realizar las
siguientes:
Acciones
-      Conducirnos siempre con buen trato y respeto a los derechos humanos de la población derechohabiente y usuaria de los servicios, así como a mis compañeras y compañeros de trabajo, tratándolas con respeto y sin abusar del cargo, empleo o comisión que nos ha sido otorgado.
-      Ser amable en todo momento, siendo respetuoso con las personas usuarias y/o compañeros y compañeras de trabajo
-      Saludar, escuchar y responder a todas las personas con las que interactúo, manteniendo una actitud de cordialidad, con comunicación activa con ellas, escuchándolas y respondiéndoles
-      Contribuir a que mi ambiente laboral se caracterice por el buen trato el respeto y la cooperación entre compañeras y compañeros sin distinción del nivel jerárquico.
-      Comunicar de manera clara y directa, así como trabajar en equipo con nuestras autoridades, compañeras y compañeros de trabajo, y con el personal a nuestro cargo en un ambiente de colaboración.
-      Orientar y atender de forma oportuna, clara y amable a la población derechohabiente y usuaria de los servicios, así como a nuestros compañeros y compañeras de trabajo.
-      Implementar estrategias que propicien, permanentemente la mejora de la atención y la prestación de los servicios institucionales, así como el desarrollo de mi trabajo.
-      Atender con oportunidad y calidad las quejas y/o solicitudes de la población derechohabiente, usuaria y trabajadora, interpuestas directamente ante el Instituto, o ante organismos o instancias externas, relacionadas con la prestación de servicios institucionales.
-      Participar de forma comprometida en las actividades de sensibilización y capacitación relacionadas con el buen trato, el respeto a los derechos humanos y la vocación de servicio que establezca el Instituto.
-      Considerar que mis acciones impactan a las personas con las que interactúo directamente y, en algunos casos, a sus familias y a la sociedad.
-      Fomentar entre mis compañeras y compañeros un trato respetuoso de los derechos humanos, libre de acoso laboral entre iguales y de hostigamiento laboral para con las personas servidoras públicas a cargo.
-      Establecer una cultura de denuncia, que permita a las personas servidoras públicas del Instituto y a las personas usuarias exponer ante las instancias que considere pertinentes, respecto de aquellas conductas que estime violentan su ambiente laboral y/o el de sus compañeras y compañeros.
-      Evitar cualquier forma de violencia, hostigamiento sexual o acoso sexual y/o laboral hacia cualquier persona de mi entorno laboral o de la población derechohabiente y usuaria.
-      Aplicar los conocimientos adquiridos en mi área de trabajo, a fin de mejorar la calidad de los servicios que brinda el Instituto.
-      Cumplir con las medidas y disposiciones de control, respeto, uso y seguridad de todas las instalaciones, incluyendo estacionamientos y sanitarios, señaladas por las áreas de seguridad e higiene y de Protección Civil.
-      Señalar la razón o motivos específicos cuando sea necesario realizar algún comentario tendiente a corregir alguna conducta que se advierta contraria a lo establecido en el Código de Ética de la Administración Pública Federal y/o del presente Código de Conducta, por la presunta vulneración de parte de alguna persona servidora pública adscrita al Instituto, se deberá hacer en privado, de forma respetuosa y oportuna, es decir después de haberse presentado la situación. Primordialmente por quien funja como su superior jerárquico.
-      Reportar a las autoridades correspondientes cualquier situación que ponga en riesgo a las compañeras y compañeros de trabajo, sus respectivas familias, la población derechohabiente y usuaria, o bien al entorno ecológico.
-      Contribuir a la higiene, orden, seguridad y buena imagen del Instituto, llegar puntualmente a mis deberes, mantener limpio y organizado mi lugar de trabajo, incluyendo mi uniforme (en caso de portarlo), portar el gafete institucional en un lugar visible, mostrarlo al personal de seguridad de las puertas de acceso y permitirle la inspección de bolsas y mochilas.
-      Hacer uso responsable de los recursos materiales, cuidar los bienes muebles que nos son asignados para el desempeño de nuestras funciones.
Compromiso con el Respeto a los Derechos Humanos, a la Igualdad y a la no discriminación
Compromiso
Las personas servidoras públicas del Instituto Mexicano del Seguro Social en todas nuestras actividades, nos comprometemos a promover, respetar, proteger y garantizar la dignidad y los derechos humanos de todas las personas actuando de manera objetiva, racional, justa y proporcional, sin distinción de condición alguna, salvo aquellas que se justifiquen al considerar las vulnerabilidades, su impacto diferenciado en determinados grupos y, en su caso, afectaciones históricas. Para ello realizaremos las siguientes:
Acciones
-      Propiciar y fomentar ambientes laborales sanos, en el marco del respeto a los derechos humanos, libres de discriminación, acoso laboral, hostigamiento sexual o acoso sexual, a partir de mis conductas para con mis compañeras y compañeros y para con la población usuaria.
-      Cumplir con mis funciones otorgando un trato sin discriminación a las personas, teniendo en cuenta sus diferencias, brindándoles el acceso a los servicios y prestaciones, teniendo en cuenta sus diferencias, brindándoles el acceso a los servicios que tengan derecho a recibir, sin restringirlos, distinguirlos o condicionarlos por su raza, color, etnia, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, edad, discapacidad, posición económica, orientación sexual, entre otras.
-      Conocer y aplicar el enfoque y la política institucional en materia de derechos humanos y la obligación que tengo, como persona servidora pública, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de la población usuaria y trabajadora del IMSS.
-      Reconocer los estereotipos asociados al género de las personas y evitar la discriminación a partir de ellos.
-      Aplicar estrategias para promover, proteger y garantizar los derechos humanos, el respeto a la igualdad, la no discriminación, no violencia, el acceso a la información y la protección de datos personales.
-      Fomentar una cultura de denuncia, que permita a las personas usuarias, trabajadoras y servidoras públicas del Instituto exponer ante las instancias que estime pertinentes, aquellas conductas que estime que vulneran sus derechos humanos. O que constituyen acoso sexual, hostigamiento sexual y/o discriminación.
Integridad y prevención de conflictos de interés en el uso del cargo y en la asignación de recursos públicos
Compromiso
Las personas servidoras públicas del Instituto Mexicano del Seguro Social realizamos nuestras funciones en estricto apego a las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuidas a nuestro encargo o comisión; sin pretender obtener algún beneficio personal o a favor de terceros; satisfaciendo el interés superior por encima de nuestro interés particular; otorgando a las personas en general el mismo trato; actuando de manera imparcial y objetiva; así como administrando los recursos públicos que estén bajo nuestra responsabilidad de manera eficiente, eficaz, económica, honrada y transparente para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, observando en todo momento los principios de austeridad republicana que las autoridades correspondientes determinen a través de la normatividad aplicable.
Acciones
-      Conocer y aplicar las leyes, reglamentos y normas con las cuales se regula mi cargo, puesto o comisión, asumiendo una cultura de buen trato, protección a los derechos humanos, igualdad, no discriminación, no violencia, transparencia, legalidad y rendición de cuentas en el cumplimiento de mis funciones.
-      Hacer del conocimiento de mi superior jerárquico cualquier conflicto de interés que tuviera o conociera de alguien, que en su empleo, cargo o comisión presente una situación donde los intereses personales, familiares, o de negocios pudieran afectar el desempeño laboral.
-      Cuidar que mis acciones vayan dirigidas siempre en beneficio del Instituto y sus valores institucionales evitando que mis propios intereses puedan influir en la toma de decisiones.
-      Actuar en cumplimiento de mi deber, sin tomar atribuciones que me beneficien ilegítimamente en lo personal o a un tercero.
-      Cumplir con mis obligaciones evitando cualquier acción que me lleve al incumplimiento de la integridad que debo observar como persona servidora pública.
-      Repudiar y denunciar cualquier acto de violencia física y/o emocional que afecte a la población derechohabiente y usuaria de los servicios, así como al personal institucional.
-      Repudiar, combatir, y denunciar actos de corrupción, fraude, discriminación, vandalismo o cualquier otro que afecte la operación de los servicios otorgados y los bienes muebles e inmuebles del Instituto.
-      Orientar mi trabajo siempre al cumplimiento de la misión, visión y objetivos estratégicos del Instituto, aportando el máximo de mi capacidad, conocimiento y esfuerzo.
-      Guardar en mi ámbito laboral una conducta ética, integra y digna que sea acorde a la imagen
Institucional.
-      Denunciar cualquier incumplimiento a las disposiciones de este Código de Conducta.
-      Hacer uso eficiente y responsable de los recursos humanos, financieros y materiales para desempeñar mis funciones, bajo los lineamientos de austeridad republicana, ahorro, transparencia, honestidad, y con apego a la normatividad del Instituto.
-      Proporcionar información fehaciente y oportuna, atender todas las solicitudes de servicio que se encuentren bajo mi responsabilidad, disminuir los tiempos de atención y/o trámites, haciendo partícipes en su modificación al personal involucrado en su autorización, dirección y operación.
-      Actuar con atención a la verdad, para fomentar la confianza en la población derechohabiente y usuaria, así como en la de mis compañeras y compañeros de trabajo.
-      Administrar los recursos que me sean asignados para evitar hacer mal uso de ellos, privilegiando en todo momento las políticas de Austeridad Republicana que se encuentren vigentes.
-      Contribuir al cuidado del medio ambiente, reutilizando el material de oficina cuando sea posible (papel, sobres, tarjetas, carpetas, etc.) y disminuir el consumo del mismo, apagando las luces y desconectando aparatos eléctricos y electrónicos, cuando no se usen.
Compromiso contra las conductas que pudieran constituir actos de Corrupción
Compromiso
Las personas del Instituto Mexicano del Seguro Social fomentaremos en las actividades de nuestras áreas de trabajo el rechazo a cualquier conducta que por su comisión u omisión pudiera constituir o aparente constituir algún acto de corrupción; a partir de la aplicación estricta de la normatividad que nos aplica, denunciando aquellas conductas que resulten contrarias a la misma, para que las instancias correspondientes se encuentren en posibilidad de determinar lo que corresponda.
Acciones
-      Orientar mi trabajo siempre al cumplimiento de la misión, visión y objetivos estratégicos del Instituto, aportando el máximo de mi capacidad, conocimiento y esfuerzo.
-      Asumir las consecuencias de mis errores y afrontar las consecuencias en el desempeño de mis funciones.
-      Mostrar lealtad a los intereses del Instituto, siempre buscando el bien de la población derechohabiente y de mis compañeras y compañeros de trabajo.
-      Tener presente que mis compañeras y compañeros de trabajo son parte esencial de una familia por lo que ellas y ellos tienen como yo, responsabilidades en el entorno familiar.
-      Dar acceso a la información pública a la persona que lo requiera, a sus datos personales o a la rectificación de éstos cuando sea solicitado y acredite su derecho.
-      Usar, manejar y transformar los datos personales en apego a la normatividad vigente.
-      Preservar y cuidar la información a mi cargo, de acuerdo con los criterios de protección de datos personales y confidencialidad.
9. Instancias encargadas de la vigilancia del Código de Conducta del IMSS
El Comité de Ética del IMSS y el Órgano Interno de Control Específico en el IMSS, en el ámbito de sus atribuciones, son las instancias encargadas de vigilar el cumplimiento del Código de Ética de la Administración Pública Federal y del Código de Conducta Institucional.
9.1 Comité de Ética del IMSS
Es un órgano democráticamente integrado, el cual, con una visión preventiva, conocerá de las denuncias presentadas por vulneraciones al Código de Ética y/o al de Conducta institucional y, de ser el caso, emitirá una determinación en la que podrá determinar recomendaciones de sensibilización y capacitación en temas de ética pública, en términos de los Lineamientos Generales para la integración y funcionamiento de los Comités de Ética emitidos por la Secretaría, que tengan por objeto mejorar el clima organizacional y el servicio público.
Misión
Consolidar un desempeño honesto, eficiente y transparente en el diario actuar de las personas servidoras públicas que laboran en el IMSS, de modo que, con toda responsabilidad, brinden atención a la población derechohabiente y usuaria.
Visión
Asegurar y promover entre las y los trabajadores del IMSS una conducta y ética laboral cuya característica principal sea el más alto estándar de integridad personal y organizativa, tanto interna como externa para el trato a la población derechohabiente.
Objetivo
Promover la aplicación y cumplimiento de las disposiciones que regulan el comportamiento ético de las personas servidoras públicas, para fortalecer la institucionalización de una cultura de integridad, con apego a la legalidad, igualdad y no discriminación, así como de rechazo a la corrupción con enfoque preventivo.
Asimismo, el Comité de Ética del IMSS, cuenta con el Sistema de Registro de Presuntos Incumplimientos al Código de Conducta (SIREPRICC), ingresa a: http://siapportal.imss.gob.mx/codigoetica/Login/Web/wfrAcceso.aspx
¡Conócelo!
Esta información la puedes consultar en las siguientes páginas:
Internet: http://www.imss.gob.mx/conoce-al-imss
Intranet: http://intranet/programas/comite-de-etica/Paginas/index.aspx
9.2 Órgano Interno de Control Específico en el IMSS
Es la autoridad en el IMSS, encargada de la atención de las denuncias por presuntas faltas administrativas en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
9.3 Unidad de Control y Mejora de la Administración Pública Federal (UCMAPF)
Se trata de la unidad administrativa de la Secretaría de la Función Pública encargada de realizar y difundir acciones en materia de ética pública y prevención de los conflictos de intereses.
De conformidad con el artículo 79 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública (RISFP) (DOF: 04/09/2023), la UCMAPF se encarga, entre otras funciones, de:
-      Elaborar ordenamientos e instrumentos de apoyo en materia de ética pública, y prevención de la actuación bajo conflicto de interés, así como sus modificaciones.
-      Proponer el Código de Ética de las personas servidoras públicas y sus modificaciones.
-      Coordinar, por medio de los comités de ética, las acciones que realicen las dependencias, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados, y entidades, en materia de ética pública y prevención de la actuación bajo conflicto de interés.
-      Emitir opiniones sobre la probable actuación bajo conflicto de interés.
-      Aprobar el contenido de los materiales de difusión en materia de ética pública y prevención de la actuación bajo conflicto de interés, y solicitar su publicación.
-      Coordinar la atención de asesorías y consultas en materia de ética pública y prevención de la actuación bajo conflicto de interés.
-      Autorizar la implementación de acciones de capacitación en las materias de su competencia.
9.4 Medios de Contacto
Comité de Ética del IMSS
En caso de que se desee presentar una denuncia en el Comité de Ética del IMSS, por presunto incumplimiento al Código de Ética y/o Código de Conducta, o cualquier consulta motivada por la presunta existencia de algún conflicto de Interés en el ejercicio de sus funciones, podrá hacerlo en:
-      Sistema de Denuncias de Presuntos Incumplimientos al Código de Conducta (SIREPRICC)
http://siapportal.imss.gob.mx/codigoetica/Login/Web/wfrAcceso.aspx
-      Correos electrónicos del Comité: comite.etica@imss.gob.mx o prevencion.hyas@imss.gob.mx
Órgano Interno de Control Específico en el IMSS
En caso que se desee presentar una queja, denuncia o petición ciudadana en el Órgano Interno de Control Específico en el IMSS podrá hacerlo en...
      En línea: https://sidec.funcionpublica.gob.mx
      Por teléfono: 01 800 623 2323 opción 6. En horario de 09:00 a 17:00 horas, en días hábiles de lunes a viernes.
      De forma personal, acudir a: Avenida Revolución Número 1586, Colonia San Ángel, delegación Álvaro Obregón, C.P. 01000, México, D.F.
*Fuente: http://www.imss.gob.mx/transparencia/oic
Unidad de Control y Mejora de la Administración Pública Federal
Correo electrónico: ueepci@funcionpublica.gob.mx
Teléfono: 55-2000-3000 ext. 4227
*Fuente: https://etica-publica.funcionpublica.gob.mx/que-es-la-ueppci/
 
10. Carta Protesta - Compromiso de adhesión
Es mi obligación como persona servidora pública del IMSS: Conocer, Comprender y Cumplir, con lo dispuesto en el presente Código de Conducta; para ello, mi primer acercamiento al compromiso de conducirme como servidor público ejemplar, debo tomar protesta voluntariamente de ser ejemplo de la aplicación del Código de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés de las personas servidoras públicas del IMSS y motivar a mis compañeras y compañeros para que adopten y observen su cumplimiento, a fin de proporcionar los servicios de manera eficiente, con enfoque de derechos humanos, buen trato, calidad, y seguridad a la población derechohabiente y usuaria para preservar un ambiente de trabajo sano.
Para suscribir voluntariamente la carta compromiso solo sigue estos sencillos pasos:
Consulta la Carta Protesta - Compromiso de adhesión en: http://intranet/programas/comite-de-etica/Documents/2023/Carta-de-Adhesion-2023.pdf
Requisita la información que solicita y firma la carta
Envía tu carta firmada al correo electrónico del Comité de Ética: comite.etica@imss.gob.mx
Este Código de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés de las Personas Servidoras Públicas del IMSS se actualizó el 24 de noviembre de 2023 y Aprobado mediante ACDO.SA.HCT.260124/19.P.DA del H Consejo Técnico el 26 de enero de 2024.- Titular de la Dirección de Administración y Presidente del Comité de Ética del IMSS, Licenciado Borsalino González Andrade.- Rúbrica.
(R.- 557950)