Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Coahuila de Zaragoza
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento al acuerdo dictado dentro de los autos de la carpeta de investigación, de la cual se decretó el aseguramiento ministerial de bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; Oficio Circular C/002/2019 emitido por el Fiscal General de la República; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a nombre de Quien o Quienes Resulten Responsables, que se crea con derechos representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien mueble afecto a la indagatoria que a continuación se describen: 1.- CARPETA DE INVESTIGACIÓN FED/COAH/SALT/0000357/2020, iniciada por la comisión del delito de ARTÍCULO 9 FRACCIÓN II. RESGUARDE, TRANSPORTE, ALMACENE, DISTRIBUYA, POSEA, SUMINISTRE U OCULTE HIDROCARBUROS, PETROLÍFEROS O PETROQUÍMICOS, SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO DE ASIGNATARIOS, CONTRATISTAS, PERMISIONARIOS, DISTRIBUIDORES O DE QUIEN PUEDA DISPONER DE ELLOS CON ARREGLO A LA LEY DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS en la cual el 23 de febrero de 2021 se decretó el aseguramiento del bien siendo los siguientes: Semirremolque de la marca RETESA tipo tanque modelo 1990 con placas de circulación 26-UC-3X del servicio público federal de color blanco con placas de circulación 90RTE3T84. Camión tipo cabina sencilla de la marca FREIGHTLINER modelo FLI 112, año 2002 de color blanco, con placas de circulación 20-AN-1D, del servicio público federal con número de serie 3ALHBG832DJ46577, mismo que fue asegurado por ser instrumento del delito investigado. Y con fecha 10 de octubre del 2020 se decretó el aseguramiento de los siguientes: Autobús internacional de color azul con placas de circulación 018-801-D del estado de Coahuila. Tractocamión marca Kde ARTÍCULO color blanco, modelo 2013 con placas de circulación 67AK3X del Servicio Público Federal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
2.- se notifica a través del presente edicto, a nombre de ANTONIO ROMERO GOMEZ y/o Quien o Quienes Resulten Responsables, que se crea con derechos representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien mueble afecto a la indagatoria que a continuación se describen: 1.- CARPETA DE INVESTIGACIÓN FED/COAH/SALT/0000212/2020, iniciada por la comisión del delito de ARTÍCULO 399 CUANDO POR CUALQUIER MEDIO SE CAUSEN DAÑO, DESTRUCCIÓN O DETERIORO DE COSA AJENA, O DE COSA PROPIA EN PERJUICIO DE TERCERO, SE APLICARÁN LAS SANCIONES DEL ROBO SIMPLE. DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, en la cual el 9 de marzo de 2020, se decretó el aseguramiento del bien siendo VEHICULO DE LA MARCA GMC, TIPO CAMIONETA, LÍNEA ACADIA, MODELO 2008, COLOR NEGRO, CON PLACAS DE CIRCULACION FMG3456 PARTICULARES DEL ESTADO DE COAHUILA, mismo que fue asegurado por ser instrumento del delito investigado. - - - - - - - 3.-Se notifica a través del presente edicto, a nombre de Quien o Quienes Resulten Responsables, que se crea con derechos representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien mueble afecto a la indagatoria que a continuación se describen: CARPETA DE INVESTIGACIÓN FED/COAH/SALT/0000180/2021, iniciada por la comisión del delito de DELITO CONTRA EL MEDIO AMBIENTE PREVISTO EN EL ARTÍCULO 414 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL en la cual el 23 de febrero de 2021, se decretó el aseguramiento del bien siendo CAMIONETA, tipo PICK UP CABINA ½, de la marca CHEVROLET, modelo SILVERADO, de color blanco, con líneas rojas y verdes , 2 puertas con placas de circulación acopladas con el numero RE-46-803 correspondientes al Estado de Nuevo León, con número de identificación vehicular (NIV), 2GBEC19K9R1309253, corresponde a un vehículo año modelo 1994, este es de manufactura de ORIGEN EXTRANJERO, mismo que fue asegurado por ser instrumento del delito investigado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4.-Se notifica a través del presente edicto, a nombre de Quien o Quienes Resulten Responsables, que se crea con derechos representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien mueble afecto a la indagatoria que a continuación se describen: 1.- CARPETA DE
INVESTIGACIÓN FED/COAH/SALT/0000116/2024, iniciada por la comisión del delito ARTÍCULO 8 FRACCIÓN ARTÍCULO 8 VIGENTE HASTA EL 18 DE MAYO DE 2018. I. SUSTRAIGA HIDROCARBUROS, PETROLÍFEROS O PETROQUÍMICOS, DE DUCTOS, VEHÍCULOS, EQUIPOS, INSTALACIONES O ACTIVOS, SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO DE ASIGNATARIOS, CONTRATISTAS, PERMISIONARIOS, DISTRIBUIDORES O DE QUIEN PUEDA DISPONER DE ELLOS CON ARREGLO A LA LEY. DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS COMETIDOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS, en la cual el 2 de febrero de 2024, se decretó el aseguramiento de AUTOMÓVIL DE LA MARCA DODGE, TIPO PICK-UP, MODELO RAM 1500, COLOR ROJO, DOS PUERTAS, PLACAS DE CIRCULACIÓN RH-63-037 DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR (NIV) 1B7HC16X11S295829, AÑO, MODELO 2001, DE ORIGEN EXTRANJERO, mismo que fue asegurado por ser instrumento del delito investigado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 5.- Se notifica a través del presente edicto, a nombre de Quien o Quienes Resulten Responsables, que se crea con derechos representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien mueble afecto a la indagatoria que a continuación se describen: 1.- CARPETA DE INVESTIGACIÓN FED/COAH/SALT/0000085/2024, iniciada por la comisión del delito CONTRA LA SALUD, en la cual el 24 de enero de 2024, se decretó el aseguramiento de camioneta marca Chevrolet, tipo Guayín, modelo se ignora, sin placas de circulación, en color verde y con serie número 3GNFK16R4VG132284 mismo que fue asegurado por ser instrumento del delito investigado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de Dominio sobre dicho bien asegurado y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dicho bien causará abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; haciendo del conocimiento que el referido bien se encuentra a disposición jurídica y material del Agente del Ministerio Público de la Federación titular de la Célula II-6 Subsede Saltillo de la Delegación Estatal Coahuila de la Fiscalía General de la República en Boulevard Francisco Coss número 525 zona centro, Saltillo, Coahuila, apercibiéndole para que no enajene o grave los bienes en comento, haciéndole saber que, en caso de no haber manifestación alguna en el plazo señalado, el bien en referencia causara abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Saltillo, Coahuila a 26 de noviembre de 2024.
Fiscal Federal en el Estado de Coahuila de Zaragoza
Mtro. Efraín Alonso Gastelum Padilla
Rúbrica.
(R.- 559150)