Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en Nuevo León
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/NL/CHN/0002244/2021, iniciada por el delito artículo 83 Quat fracción vigente hasta el 19 de febrero de 2021. II. con prisión de dos a seis años y de veinticinco a cien días multa, si son para las armas que están comprendidas en los restantes incisos del artículo 11 de esta ley. de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 29 de diciembre del 2021, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca RAM, modelo 4000 4x4, doble cabina, cuatro puertas color blanco, repintado color negro, sin placas de circulación, con numero de NIV 3C7WRBLJ2MG574636, año modelo 2021, el cual presenta blindaje en sus puertas, área de motor, radiador, caja, así como en todas sus ventanas, parabrisas y medallón.; por ser instrumento del delito investigado.; 2.- Carpeta de investigación FED/NL/LIN/0003951/2023, iniciada por el delito previsto y sancionado en el artículo 159, fracción III, de la Ley de Migración, Se impondrá pena de ocho a dieciséis años de prisión y multa de cinco mil a quince mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a quien: III. Albergue o transporte por el territorio nacional, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro, a uno o varios extranjeros con el fin de evadir la revisión migratoria, en la cual el en fecha 27 de diciembre del 2023, se decretó el aseguramiento de vehículo identificado como vehículo tipo tractocamión, modelo LF627, marca international, color dorado con verde, número económico 06, con placas de circulación 51AN1U, del Servicio Público Federal de carga, con número de serie: 3HSCWAPR1BN334187, modelo 2011; acoplado con un semirremolque, color blanco, con placas de circulación 31UE4Y, del Servicio Público Federal, modelo 2016, con número de serie 3T73NNS40G2003420..; por ser instrumento del delito investigado; 3.- Carpeta de investigación FED/NL/LIN/0001331/2024, iniciada por el delito previsto y sancionado en los artículo 83, fracción III.- Se impondrá pena con prisión de cuatro a quince años, de cien a quinientos días multa, cuando se trate de cualquiera de las otras armas comprendidas en el artículo 11 de esta ley. de la ley federal de armas de fuego, explosivos; articulo 83, Quat, fracción II.- Se impondrá pena con prisión de cuatro a siete años y de cien a trescientos días multa, si son para las armas que están comprendidas en los restantes incisos del artículo 11 de esta ley. de la ley federal de armas de fuego y explosivos; artículo 83, Quin, fracción II.- Se impondrá pena con prisión de cuatro a ocho años, de doscientos a cuatrocientos días multa, cuando se trate de más de cinco cargadores. de la ley federal de armas de fuego, explosivos; y artículo 476.- se impondrá de tres a seis años de prisión, de ochenta a trescientos días multa, al que posea algún narcótico de los señalados en la tabla, en cantidad inferior a la que resulte de multiplicar por mil las cantidades previstas en dicha tabla, sin la autorización correspondiente a que se refiere esta ley, siempre, cuando esa posesión sea con la finalidad de comerciarlos o suministrarlos, aun gratuitamente. de la ley general de salud; en la cual el 06 de junio del 2024, se decretó el aseguramiento del vehículo de pasajeros marca Nissan, modelo Sentra Sedan, cuatro puertas, color blanco, con placas de circulación TGT-546-A, del transporte privado del estado de Nuevo León, sin medios de identificación visibles, al cual no se puede identificar técnicamente su año y origen modelo ya que no se tiene acceso a sus medios de identificación; por ser instrumento del delito investigado;.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Publico de la Federación, Delegación Estatal Nuevo León, de la Fiscalía General de la República, sito en la carretera Monterrey Nuevo Laredo, kilómetro 14.5, en la colonia Nueva Castilla en la ciudad de General Escobedo, Nuevo León, apercibiéndole para que no enajene o grave los bienes en comento, haciéndole saber que, en caso de no haber manifestación alguna en el plazo señalado, el bien en referencia causara abandono a favor del Gobierno Federal.-
Atentamente
Escobedo, Nuevo León a 21 de noviembre de 2024.
El Fiscal Federal en el Estado de Nuevo León
de la Fiscalía General de la República
Dr. Gonzalo Sánchez Betanzos
Rúbrica.
(R.- 559143)