Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/VER/COATZ/0000944/2023, iniciada por el delito de Contra la Salud previsto y sancionado en el Artículo 194, fracción I, y el 193 párrafo primero todos del Código Penal Federal, en relación con los diversos 234 y 235 ambos de la Ley General de Salud, en la cual el 25 de marzo de 2023, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Mercury, modelo: Villager, año modelo: 1996, clase: camioneta, tipo: MPV, color morado con gris, (NIV): 4M2DV11W5TDJ35316, placa: NWU-11-54 del Estado de México, por ser objeto del delito investigado; 2.- Carpeta de investigación FED/VER/VER/0000312/2024, iniciada por el delito de Tráfico de Migrantes previsto y sancionado en el Artículo 159 Fracción III de la Ley de Migración, en la cual el 03 de febrero de 2024, se decretó el aseguramiento de numerario en moneda nacional el cual asciende a la cantidad de $4,630.00 (cuatro mil seiscientos treinta pesos 00/100 M.N.), por ser instrumento del delito investigado; 3.- Carpeta de investigación FED/VER/VER/0000698/2024, iniciada por el delito de Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea previsto y sancionado en el ARTICULO 83 Fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 08 de marzo de 2024, se decretó el aseguramiento de una motocicleta marca Italika, color rojo con negro, modelo 25OZ, tipo de trabajo, placas de circulación Z46TS del Estado de Veracruz, número de identificación vehicular 3SCMZRHE2F1000215, año del modelo 2015, por ser instrumento del delito investigado; 4.- Carpeta de investigación FED/VER/PRICA/0002727/2017, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburos previsto y sancionado en el Artículo 9 Fracción II de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 25 de agosto de 2017, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, tipo camioneta chasis cabina, con cajas de redilas de madera modelo F-350XLT, color café con placas de circulación XV32583 del Estado de Veracruz, con NIV 3FEKF37N8VMA25086, modelo 1997, por ser instrumento del delito investigado; 5.- Carpeta de investigación FED/VER/VER/0002179/2024, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo previsto y sancionado en el Artículo 9 Fracción II de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 22 de agosto de 2024, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Nissan modelo 200SX, tipo coupe, 2 puertas, color verde, año y modelo 1995, con placas de circulación YJZ3162, del Estado de Veracruz, con número de serie 1N4AB42D2SC51672, por ser instrumento del delito investigado; 6.- Carpeta de investigación FED/VER/COATZ/0000195/2024, iniciada por el delito de Transporte de Extranjeros previsto y sancionado en el Articulo 159 Fracción III, de la Ley de Migración, en la cual el 16 de febrero de 2024, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Dina tipo autobús (pasajeros) con placas de circulación 017-RW carrocería en color blanco serie 3652T8*93*0018 País de Origen México, año del modelo 1993, por ser instrumento del delito investigado; 6.1.- Carpeta de investigación FED/VER/COATZ/0000195/2024, iniciada por el delito de Transporte de Extranjeros previsto y sancionado en el Artículo 159 Fracción III, de la Ley de Migración, en la cual el 16 de febrero de 2024, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo autobús (pasajeros) con placas de circulación 334-RL-7 carrocería en color azul, presenta número de serie 3653T8*93*0113, por ser instrumento del delito investigado; 7.- Carpeta de investigación FED/VER/COSPAN/0002735/2017, iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburos Previsto y Sancionado en el Art. 9 Fracción II de la Ley de las Vías Generales de Comunicación, en la cual el 25 de agosto de 2017, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Chevrolet Silverado, tipo pick up, color verde obscuro, placas M05-AAU del Distrito Federal, serie 1GCEC14WA2Z197061, por ser objeto del delito investigado, 8.- Carpeta de investigación FED/VER/
COSPAN/0005019/2017, iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburos previsto y sancionado en el Artículo 9 Fracción II de la Ley de las Vías Generales de Comunicación, en la cual el 27 de diciembre de 2017, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Dodge, tipo RAM 2500, color azul, con caja color blanco, serie 1B7KF26W0SS249193, placas AP64264 del Estado de Texas, por ser objeto del delito investigado; 8.1.- Carpeta de investigación FED/VER/COSPAN/0005019/2017, iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburos previsto y sancionado en el Artículo 9 Fracción II de la Ley de las Vías Generales de Comunicación, en la cual el 27 de diciembre de 2017, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Chevrolet, tipo silverado, modelo 1994, color guinda con plata, engomado XN04593, NÚMERO DE SERIE 2GCEC19K9R1232718, por ser objeto del delito investigado; 9.- Carpeta de investigación FED/VER/COSPAN/0000801/2024, iniciada por el delito de Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo previsto y sancionado en el Artículo 83 Fracción II con prisión de tres a diez años y de cincuenta a doscientos días multa, cuando se trate de armas comprendidas en los incisos a) y b) del Artículo 11 de esta Ley, y de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Artículo 83 Quat Fracción reformado desde el 19 de febrero de 2021, vigente al día siguiente de su publicación en el D.O.F., en la cual el 30 de julio de 2024, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Dodge, modelo RAM 1500, tipo pick up, color negro, placas de circulación NAY4682 del Estado de México, número de identificación vehicular 1D7HA16K86J181551, origen extranjero, año 2006, por ser objeto del delito investigado; 9.1.- Carpeta de investigación FED/VER/COSPAN/0000801/2024, iniciada por el delito de Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo Previsto y Sancionado en el Artículo 83 Fracción II. con prisión de tres a diez años y de cincuenta a doscientos días multa, cuando se trate de armas comprendidas en los incisos a) y b) del Artículo 11 de esta Ley, y de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Artículo 83 Quat Fracción reformado desde el 19 de febrero de 2021, vigente al día siguiente de su publicación en el D.O.F., en la cual el 30 de julio de 2024, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Nissan, modelo pick up, color gris, placas de circulación MWE6181 del Estado de México, número de identificación vehicular 1N6SD11YXNC352948, origen extranjero, año 1992, por ser objeto del delito investigado; 10.- Carpeta de investigación FED/VER/VER/0000775/2024, iniciada por el delito de Almacenamiento Ilícito de Hidrocarburo previsto y sancionado en el Artículo 9 Fracción II de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburo, en la cual el 05 de abril de 2024, se decretó el aseguramiento de un semirremolque tipo tanque color blanco con placas de circulación 562VL2 del S.P.F., por ser instrumento del delito investigado; 10.1.- Carpeta de investigación FED/VER/VER/0000775/2024, iniciada por el delito de Almacenamiento Ilícito de Hidrocarburo previsto y sancionado en el Artículo 9 Fracción II de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburo, en la cual el 05 de abril de 2024, se decretó el aseguramiento de un tractocamión de la marca Man color negro con placas de circulación 14AC3U de autotransporte federal, con número de NIV 95328XZZ4GE500456 año de modelo 2016, por ser instrumento del delito investigado; 10.2.- Carpeta de investigación FED/VER/VER/0000775/2024, iniciada por el delito de Almacenamiento Ilícito de Hidrocarburo previsto y sancionado en el Artículo 9 Fracción II de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburo, en la cual el 05 de abril de 2024, se decretó el aseguramiento de una motocicleta de la marca Suzuki color negro modelo LS650 tipo de trabajo, con placas de circulación Y1BT3 del Estado de Veracruz, con numero de NIV LC6PCJK65H0003562, de modelo 2017, por ser instrumento del delito investigado; 11.- Carpeta de investigación FED/VER/CORD/0002153/2024, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburos previsto y sancionado en el Artículo 9 Fracción II de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburo, en la cual el 26 de agosto de 2024, se decretó el aseguramiento de un inmueble ubicado en Carretera Federal La Tinaja- Cosamaloapan, kilómetro 17+200 Municipio de Tlalixcoyan, Veracruz, en las coordenadas 18.686692, -96.331993, por ser instrumento del delito investigado;- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, de la Fiscalía Federal en el estado de Veracruz con domicilio en Av. J. B. Lobos No. 684. Col. Reserva Territorial el Coyol,
Veracruz, Ver.
 
Veracruz, Ver. a 26 de noviembre de 2024.
El Fiscal Federal de la Institución en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
actuando con esta calidad, en términos de lo dispuesto en los Transitorios Segundo, primer párrafo,
Quinto, Séptimo y Décimo segundo, del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2023
Mtro. Gonzalo Medina Palacios
Rúbrica.
(R.- 559135)