Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
D.C. 535/2024
"EDICTO"
Impulsora Metálica, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En los autos del juicio de amparo directo D.C. 535/2024, promovido por José Luis Ramos y Fusther de Flota, apoderado de 2009 Inmuebles Productivos, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de la sentencia de doce de junio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juez Noveno de lo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, en el juicio oral mercantil 287/2023, al ser señalada como tercera interesada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria de la Ley de Amparo y 27, fracción III, inciso b) de la ley de la materia, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en alguno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República; se hace de su conocimiento que en este Tribunal Colegiado, queda a su disposición copia de la demanda de amparo y que cuenta con un término de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos para que ocurra ante este órgano jurisdiccional a hacer valer sus derechos.
Ciudad de México, 19 de noviembre de 2024.
El Secretario de Acuerdos del Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Fernando Aragón González
Rúbrica.
(R.- 558715)