Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
E. ON SE
Vs.
Arturo Emmanuel Gómez Lara
M. 2593154 Vowat y Diseño
Exped.: P.C.1394/2024(N-347)16871
Folio: 043652
Arturo Emmanuel Gómez Lara
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Mediante escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 11 de julio de 2024, con folio de entrada 016871; EDUARDO KLEINBERG DRUKER, apoderado legal de E. ON SE, solicitó la declaración administrativa de nulidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a ARTURO EMMANUEL GÓMEZ LARA, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y presente dentro del mismo término, su escrito de contestación manifestando lo que a su derecho convenga; apercibida que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en los artículos 336, 367 fracción IV, 368 fracción I, 369 y 370 de la Ley Federal de Protección a Propiedad Industrial.
Atentamente
25 de noviembre de 2024.
La Coordinadora Departamental de Nulidades
Paola Vanessa Batalla Nuño
Rúbrica.
(R.- 560180)