Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN
 
El veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés, en el expediente administrativo número DGSP/DELC/PAS/084/2023, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada denominada COPRO CONTROL Y PROTECCIÓN EN SEGURIDAD PRIVADA, S.A. DE C.V., con número de revalidación DGSP/003-14/2477 y domicilio ubicado en GRUTAS NUM. 21, COL. SAN PEDRO DE LOS PINOS, C.P. 01180, ALVARO OBREGON, CIUDAD DE MEXICO, las siguientes sanciones:
1)    AMONESTACIÓN con difusión pública en la página de internet de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, prevista en el artículo 42 fracción I de la Ley Federal de Seguridad Privada y 60 fracción I de su Reglamento; y 2) MULTA de mil quinientas Unidades de Medida y Actualización (UMA), prevista en el artículo 42 fracción II de la Ley Federal de Seguridad Privada, vigentes en el año de la comisión de la infracción (2023), consistente en $103.74 (ciento tres pesos 74/100 M.N.), dando un total de $155,610.00 (ciento cincuenta y cinco mil seiscientos diez pesos 00/100 M.N.), de conformidad con lo establecido en la Ley para determina el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Lo anterior, porque omitió registrar a un elemento directivo; omitió registrar a tres elementos administrativos, sin embargo, subsanó con motivo de la visita de verificación; omitió registrar a quince elementos operativos en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública; sin embargo, subsanó con motivo de la visita de verificación; y omitió actualizar la situación de un elemento directivo, toda vez que lo exhibió en la visita de verificación sin embargo no ha solicitado su inscripción ante esta autoridad; omitió realizar el trámite de baja de dos vehículos; omitió registrar cincuenta uniformes; y omitió registrar veinte fornituras; la credencial que expidió a uno de sus elementos operativos carece de I. Clave Única de Registro de Población (CURP), II. Clave Única De Identificación Personal (CUIP), y III. Firma del empleado; y omitió expedir la credencial laboral a su personal administrativo, además el daño que causo al erario federal corresponde a $4,900.00 (cuatro mil novecientos pesos 00/100 M.N.)
Así lo resolvió y firma el Director General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
 
Ciudad de México, a 10 de marzo de 2025.
Director General de Seguridad Privada
Enrique Martínez Garza
Rúbrica.
(R.- 562264)