Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
 
En los autos del juicio de amparo indirecto 378/2024, del índice del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, promovido por Ana María Baena Iglesias, por propio derecho reclamó la resolución de cinco de marzo de dos mil veinticuatro, emitida en el toca 94/2024, por la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en la que confirmó el auto de veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés, dictado por el Juez Quincuagésimo Octavo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el que tuvo por ilegal el llamamiento de ambas codemandadas quedando nulo el emplazamiento y todas las actuaciones realizados con posterioridad, lo que aconteció en el juicio ordinario civil, expediente 1293/2022, y ante la imposibilidad de emplazar a las terceras interesadas Constructora Alpi, Sociedad Anónima y Residencial Axomiatla, Sociedad Anónima, se ordenó su llamamiento por medio de EDICTOS, los que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional por tres veces, de siete en siete días, apercibidas que tienen el plazo de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación, para comparecer a este juicio, quedando a su disposición copia de la demanda de amparo, y auto admisorio de cinco de junio de dos mil veinticuatro, en el local de este juzgado; también que de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este órgano federal o de no comparecer, las subsecuentes notificaciones, sin ulterior acuerdo, se le hará por medio de lista que se fijen en los estrados de este órgano jurisdiccional.
 
Ciudad de México, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Adriana Cerna Lara
Rúbrica.
(R.- 562702)