| No | Homoclave | Nombre del trámite | Mejora implementada | Requisitos |
| 1 | SE-02-007 | Autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras | Fusión de los trámites (SE-02-007 y SE-02-009) en un solo para quedar como: Autorización de Inversión Con las modalidades: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras. b. Inversión neutra. | 1. Formato único 2. Acta constitutiva. 3. Poder otorgado ante fedatario público (solo en caso de que no estuviera otorgado en el acta constitutiva o el poder previamente otorgado ya no se encuentre vigente). 3. Identificación oficial (IFE, INE o Pasaporte vigente). 4. Estatutos sociales o proyectos de estatutos, según sea el caso 5. Estados Financieros 6. Pagos de derechos correspondientes 7. Documento migratorio que acredite la condición de estancia en México, en su caso. Para la modalidad de inversión neutra; también se requiere el contrato de Fideicomiso o, en su caso, proyecto de las modificaciones que pretenden realizar a un Fideicomiso previamente autorizado. |
| 2 | SE-02-009 | Autorización para la utilización de la inversión neutra |
| No | Homoclave | Nombre del trámite | Mejora implementada |
| 1 | SE-02-001-A | Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Modalidad A. Personas físicas o personas morales extranjeras. | Este trámite resulta subsecuente a la obtención de la autorización de inversión y considerando que la Secretaría de Economía ya contaría con la información pertinente para el trámite SE-02-001-A, se reducirán plazos y requisitos en favor de las personas morales extranjeras que obtengan la autorización de inversión bajo la modalidad: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y los interesados podrían obtener en ese mismo acto su folio de registro. |
| 2 | SE-02-001-B | Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Modalidad B. Sociedades mexicanas con Inversión Extranjera. | Este trámite resulta subsecuente a la obtención de autorización de inversión en cualquiera de sus dos modalidades: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y b. Inversión neutra. Por lo anterior, considerando que la Secretaría de Economía ya contaría con la información pertinente para el trámite SE-02.001-B se reducirán plazos y requisitos en favor de las sociedades mexicanas que obtengan la autorización de inversión bajo cualquiera de sus modalidades y los interesados podrían obtener en ese mismo acto su folio de registro. |
| 3 | SE-02-010 | Autorización para el establecimiento de personas morales extranjeras en la República Mexicana | Este trámite también resulta subsecuente a la obtención de la autorización de inversión y considerando que la Secretaría de Economía ya contaría con la información pertinente para el trámite SE-02-010, se reducirán plazos y requisitos en favor de las personas morales extranjeras que obtengan la autorización de inversión bajo la modalidad: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y los interesados podrían obtener en ese mismo acto la autorización de la Secretaría de Economía para su establecimiento en la República Mexicana. |
| Plazos máximos de resolución actuales | Plazo derivados de las acciones de simplificación | Requisitos |
| SE-02-007 Autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras 45 días hábiles | Autorización de inversión: No se modifica | Los interesados deberán cumplir con los requisitos señalados en el Artículo Primero del presente Acuerdo. |
| SE-02-010 Autorización para el establecimiento de personas morales extranjeras en la República Mexicana 15 días hábiles | Se elimina este plazo pues en caso de obtener autorización de inversión en su modalidad: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, el interesado obtendrá en ese mismo acto autorización para el establecimiento en la República Mexicana. | Para quienes obtengan Autorización de Inversión en su modalidad: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, se elimina la presentación de los requisitos en el trámite subsecuente SE-02-010, a saber: 1. Solicitud por escrito. 2. Poder otorgado ante fedatario público. 3. Escritura, acta constitutiva, certificado o cualquier otro instrumento en el que conste la constitución de la persona moral extranjera. 4. Estatutos vigentes. 5. Copias simples de los referidos documentos y apostillas o legalizaciones respectivas. |
| SE-02-001-A Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Modalidad A. Personas físicas o personas morales extranjeras. 3 meses | Se elimina este plazo pues en caso de obtener autorización de inversión en su modalidad: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, el interesado obtendrá en ese mismo acto su folio de inscripción. | Para quienes obtengan Autorización de Inversión en su modalidad: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, se elimina la presentación de los requisitos en el trámite subsecuente SE-02.001-A, a saber: 1. Formato. 2. Acta constitutiva (que contenga poder notarial) 3. Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte vigente). 4. Documento que compruebe el Ingreso de la Inversión Extranjera. 5. Cédula de Identificación Fiscal. 6. Documento migratorio que acredite la condición de estancia en México, en su caso. |
| Plazos totales | Requisitos totales | |
| 60 días hábiles más 3 meses | 45 días hábiles | Los señalados en el Artículo Primero del presente Acuerdo. |
| Plazos máximos de resolución actuales | Plazo derivados de las acciones de simplificación | Requisitos |
| SE-02-007 Autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras 45 días hábiles | Autorización de inversión en la modalidad a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras No se modifica | Los interesados deberán cumplir con los requisitos señalados en el Artículo Primero del presente Acuerdo. |
| SE-02-001-B Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Modalidad B. Sociedades mexicanas con Inversión Extranjera. 3 meses | Se elimina este plazo | Para quienes obtengan Autorización de Inversión en su modalidad: a. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, se elimina la presentación de los requisitos en el trámite subsecuente SE-02-001-B, a saber: 1. Formato. 2. Acta constitutiva (que contenga poder notarial) 3. Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte vigente). 4. Documento que compruebe el Ingreso de la Inversión Extranjera. 5. Cédula de Identificación Fiscal. 6. Documento migratorio que acredite la condición de estancia en México, en su caso. |
| Plazos totales | Requisitos totales | |
| 45 días hábiles más 3 meses | No se modifica | Los señalados en el Artículo Primero del presente Acuerdo. |
| Plazos máximos de resolución actuales | Plazo derivados de las acciones de simplificación | Requisitos |
| SE-02-009 Autorización para la utilización de la inversión neutra 35 días hábiles | Autorización de inversión (en la modalidad de autorización de la Secretaría de Economía para la implementación del mecanismo de inversión neutra) | Los interesados deberán cumplir con los requisitos señalados en el Artículo Primero del presente Acuerdo. |
| SE-02-001-B Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Modalidad B. Sociedades mexicanas con Inversión Extranjera. 3 meses | Se elimina este plazo | Para quienes obtengan Autorización de Inversión en su modalidad: b. Inversión neutra, se elimina la presentación de los requisitos en el trámite SE-02-001-B, a saber: 1. Formato. 2. Acta constitutiva (que contenga poder notarial) 3. Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte vigente). 4. Documento que compruebe el Ingreso de la Inversión Extranjera. 5. Cédula de Identificación Fiscal. 6. Documento migratorio que acredite la condición de estancia en México, en su caso |
| Plazos totales | Requisitos totales | |
| 35 días hábiles más 3 meses | 35 días hábiles | Los señalados en el Artículo Primero del presente Acuerdo |
| No | Homoclave | Nombre del trámite | Mejora implementada | Plazos | Requisitos que los interesados deberán cumplir | |
| Actuales | Derivados de las acciones de simplificación | |||||
| 1 | SE-02-001-A | Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Modalidad A. Personas físicas o personas morales extranjeras. | Reducción de requisitos y plazos de resolución | Plazo máximo para que la autoridad resuelva su solicitud: 3 meses | Plazo máximo para que la autoridad resuelva su solicitud: 30 días hábiles | 1. Tratándose de personas morales extranjeras, haber realizado previamente los trámites SE-02-010 Autorización para el establecimiento de personas morales extranjeras en la República Mexicana. 2. Haber realizado previamente el trámite SE-02-021 Acreditación de Representante Legal. 3. Documento migratorio que acredite la condición de estancia en México, en caso de tratarse de una persona física. |
| 2 | SE-02-001-B | Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Modalidad B. Sociedades mexicanas con Inversión Extranjera. | 1. Haber realizado previamente el trámite SE-02-021 Acreditación de Representante Legal. 2. Acta constitutiva. 3. Cédula de Identificación Fiscal. 4. Documento migratorio que acredite la condición de estancia en México, en su caso. 5. Documento que acredite el ingreso de la inversión extranjera, en caso de que esta hubiera ingresado con posterioridad a la constitución. 6. Documento que compruebe la fuente de financiamiento, solo en caso de reportar como fuentes de financiamiento aportaciones en especie o capitalizaciones. 7. Datos de fideicomiso, solo en el caso de reportar fideicomisos en la estructura accionaria. | |||
| 3. | SE-02-001-C | Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Modalidad C. Fideicomisos por virtud de los cuales se deriven derechos a favor de la inversión extranjera. | | | | 1. Haber realizado previamente el trámite SE-02-021 Acreditación de Representante Legal. 2. Documento migratorio que acredite la condición de estancia en México, solo en caso de que el sujeto de inscripción tenga como fideicomisario en primer grado a una persona física extranjera residente en México. 3. Contrato de fideicomiso. |