| Componente ai,t |
| 1. Nombre: Componente de línea base de la localidad y categoría administrativa i 2. Descripción: Se refiere al monto base que debe recibir la localidad y categoría administrativa i 3. Fuente de Información: Fuentes: 1) https://catalogo.inpi.gob.mx/ (consultado el 1 de marzo de 2025) 2) https://www.inpi.gob.mx/indicadores2020/ (consultado el 21 de enero de 2025) 3) https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/ (consultado el 21 de enero de 2025) 4) https://www.coneval.org.mx/Medicion/IRS/Paginas/Indice_Rezago_Social_2020.aspx (consultado el 21 de enero de 2025) 5) https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs65.congresooaxaca.gob.mx/decretos/DLXV_2499.pdf (consultado el 31 de marzo de 2025) 6) https://www.gob.mx/bienestar?tab=faispiam2025 (consultado el 8 de abril de 2025) 4. Indicaciones: 1) Obtener las localidades únicas de las comunidades indígenas, afromexicanas, pluriculturales, nucleares y extensas, contenidas en el Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas 2) Obtener las localidades con población indígena en hogares del 40% o superior conforme a la estimación de la población indígena en hogares con base en el Cuestionario básico del Censo de Población y Vivienda 2020, con grado de rezago social muy alto, alto y medio por localidad con base en el Censo de Población y Vivienda 2020, que hacen comunidad y no se encuentran incluidas en las localidades del punto 1 3) Obtener las categorías administrativas del Decreto No. 2499 de la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca 4) Conjuntar las localidades y categorías del punto 1), 2) y 3) para obtener el total de localidades y categorías administrativas únicas 5) Se procede a aplicar la formula |
| Componente b,it |
| 1. Nombre: Componente de Porcentaje de la población indígena de la localidad y categoría administrativa i 2. Descripción: Se refiere al porcentaje de la población indígena de la localidad y categoría administrativa i del total de la población indígena 3. Fuente de Información: 1) https://catalogo.inpi.gob.mx/ (consultado el 1 de marzo de 2025) 2) https://www.inpi.gob.mx/indicadores2020/ (consultado el 21 de enero de 2025) 3) https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/ (consultado el 21 de enero de 2025) 4) https://www.coneval.org.mx/Medicion/IRS/Paginas/Indice_Rezago_Social_2020.aspx (consultado el 21 de enero de 2025) 5) https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs65.congresooaxaca.gob.mx/decretos/DLXV_2499.pdf (consultado el 31 de marzo de 2025) 6) https://www.gob.mx/bienestar?tab=faispiam2025 (consultado el 8 de abril de 2025) 4. Indicaciones: 1) De las localidades y categorías administrativas únicas obtenidas conforme al componente ai,t, inciso 4) del punto 4. Indicaciones, obtener la población total de la localidad y la población indígena en hogares 2) En el caso de que las localidades y categorías administrativas así identificadas tengan población igual o inferior a 2,499 habitantes, se considerará el total de la población que habita en la localidad 3) En el caso de las localidades y categorías administrativas con población igual o superior a 2,500 habitantes, se considerará la población indígena en hogares 4) Se obtiene el total de las localidades, categorías administrativas y población de las indicaciones 2) y 3) del presente componente 5) Se procede a aplicar la formula |
| Componente c,it |
| 1. Nombre: Componente de distribución por grado de rezago social para la localidad y categoría administrativa i 2. Descripción: Se refiere a la participación de la localidad y categoría administrativa por rezago social 3. Fuente de Información: 1) https://catalogo.inpi.gob.mx/ (consultado el 1 de marzo de 2025) 2) https://www.inpi.gob.mx/indicadores2020/ (consultado el 21 de enero de 2025) 3) https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/ (consultado el 21 de enero de 2025) 4) https://www.coneval.org.mx/Medicion/IRS/Paginas/Indice_Rezago_Social_2020.aspx (consultado el 21 de enero de 2025) 5) https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs65.congresooaxaca.gob.mx/decretos/DLXV_2499.pdf (consultado el 31 de marzo de 2025) 6) https://www.gob.mx/bienestar?tab=faispiam2025 (consultado el 8 de abril de 2025) 4. Indicaciones: 1) De las localidades, categorías administrativas y la población del componente bi,t obtenidas conforme al inciso 4) del numeral 4. Indicaciones; identificar el grado de rezago social de la localidad y categoría administrativa 2) En caso de que la localidad y categoría administrativa no cuente con el dato grado de rezago social, se procederá a: a) En el caso de que la localidad o categoría administrativa no cuente con el dato de grado de rezago social, se pondrá el grado de rezago social del municipio b) En el caso de que no sea posible aplicar lo referido en el inciso a) del presente, se podrá asignar el grado de rezago social medio a la localidad. 3) Se procede a aplicar la formula |
| Criterio de asignación al cálculo |
| Con relación a los componentes (a,it), (b,it) y (c,it), se priozarán: 1) Localidades rurales con grado de rezago social con muy alto, alto, medio, bajo y muy bajo 2) Localidades urbanas con grado de rezago social con muy alto, alto y medio grado de rezago social 3) Localidades de los Planes de Justicia 4) Inclusión de los pueblos de México conforme al artículo Cuarto del Acuerdo por el que se actualiza el Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, expedido y publicado el 9 de agosto de 2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025 5) Categorías administrativas del Decreto No 2499 de la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca Así mismo, de las localidades y comunidades que resultan del punto 1), 2), 3) y 4), que coincidan con el punto 5), se hará la asignación a éste en términos de lo dispuesto de la fracción I, del apartado A del Artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos |