Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Sinaloa
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MAZ/0000979/2024, iniciada por delitos de Portación de Arma de Fuego, Posesión de Cartuchos y Cargadores, todos del uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, y uso de insignias de las Fuerzas Armadas, previsto y sancionado en Artículo 83, Fraccion III, en relación con el 11 ; Articulo 83 Quat, Fracción II; Artículo 83 Quintus, Fracción II, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 04 de octubre de 2024, se decretó el aseguramiento de a) Vehículo marca Chevrolet, tipo camioneta Pick- up, modelo Silverado LTZ, doble cabina, 4x4, 4 puertas, color blanco, sin placas de circulación, con número de identificación vehicular (NIV), 1GCUDGED1PZ110796, corresponde a un vehículo de origen extranjero y año modelo 2023, b) Vehículo marca Chevrolet, tipo camioneta MPV, modelo Suburban premier, 4X4, 4 puertas color blanco, con placas de circulación CZU-49-50 del estado de Bajá California Sur, con número de identificación vehicular 1GNSKFKD5PR501128, corresponde a un vehículo de origen extranjero año y modelo 2023, c) Vehículo marca Chevrolet, tipo camioneta MPV, modelo Tahoe Premier, 4X4, 4 puertas, color gris, con placas de circulación VLL-696-C, del estado de Sinaloa, con número de identificación vehicular 1GNSKSKD0PR500784, corresponde a un vehículo de origen extranjero y año modelo 2023, por ser considerados instrumentos del delito investigado; 2- Carpeta de Investigación FED/SIN/MOCH/0000133/2024, iniciada por delito Fomento para posibilitar la ejecución del delito de Contra la Salud, en la modalidad de producción de Narcóticos, previsto y sancionado en Artículo 194, fracción III, del Código Penal Federal, en la cual el 20 de marzo de 2024, se decretó el aseguramiento de 9 tinas color café de 500 lts.; 25 jarras con capacidad de 4 lts.; 8 coladores No. 3; 6 coladores No. 7; 6 coladores grandes; 4 botes de 80 lts.; 20 guantes de hule tipo industrial; 2 machetes color naranja y 1 color negro; 4 machetes color negro; 3 extensiones eléctricas color naranja de 25 m; 2 tinas color negro aprox. de 100 lts.; 22 cucharones de plástico; 4 pares de botas color negro; 2 cucharas metálicas; 10 cintas PVC color amarillo; 3 bandejas color rojas de 13 lts.; 2 atomizadores de 1 litro; 2 bandejas color naranja de 50 lts.; 1 llave de gas 7/8; 5 clavijas blindadas marca Boltec; 53 cubetas color blanco; 50 cintas sella roscas 12.5 mm; 12 plásticos tubular transparentes en rollo de 20 cm x 6.7 m; 1 bolsa de rollo de baja 60x90; 1 bolsa de rollos de baja 25x35; 5 bolsas de almacenamiento 28x1500 cm; 12 quemadores; 1 mesa plegable para 8 personas; 2 bancas plegables de 2 m x 30 cm; 20 tambos café de 500 lts.; 6 tanques de gas de 30 kg.; 4 espátulas de 4 pulgadas; 4 espátulas color naranja; 4 multi contactos color blanco; 5 clavijas de hule; 240 abrazaderas; 10 bolsas de abrazaderas marca sinfín con 5 piezas; 2 bolsas de abrazaderas con 5 piezas; 12 mangueras color negro; 14 ollas metálicas modelo 32184; 3 ollas metálicas modelo 32173; 50 overoles desechables; 20 cajas de guantes de látex con 100 piezas c/u; 6 odómetros marca Genuine; 12 poleas sin marca; 2 poleas pequeñas; 2 bolsas con tornillos; 1 protector para faros; 6 terminales tipo automotriz; 4 micas automotrices; 1 bolsa con 15 cinchos de plástico; 1 cable para freno; 4 kits de válvula de motor marca TVS; 3 refacciones automotrices, Engine Pulley Gear Shift; 1 refacción automotriz, Gasket Muffler RTR180; 4 bisagras de pasador marca TVS; 2 bolsas conteniendo una refacción automotriz HINGEPLATELID; 3 bolsas conteniendo una refacción automotriz SUPPRESSOR CAP; 5 bolsas conteniendo una refacción automotriz PIVOT PIN FRONT KIT, marca TVS; 10 lámparas foco SagLite; 50 encendedores marca Bic; 5 cuchillos marca Bonne; 7 desarmadores marca Pretul; 10 Diez sockets de cerámica con 60 chilillos; 5 cúters marca mitio; 28 conexiones de bronce para gas; 28 niples; 6 conexiones T de bronce; 4 válvulas aguja marca Progas; 10 niples de aluminio; 3 bandas automotrices marca GATES; 3 bandas automotrices marca GATES; 5 bandas automotrices marca GATES; 3 mesas metálicas de 2.5 m x 75 cm; 17 quemadores; 2 gatos hidráulicos marca Truper; 7 ventiladores; 9 batidores metálicos; 12 bases metálicas tipo banco; 6 rollos de alambre recocido; 4 lonas de plástico de diferentes colores; 1 parrilla de metal; 4 centrifugadoras; 1 prensa artesanal; 201 pinzas de presión marca Pretul; 3 motores eléctricos, modelo HU22;
3 cajas de 100 m de cable blanco cal. 18; 2 protectores de acrílico transparente; 36 piezas de sellador de silicón; 28 piezas de maguera de gas L.P.; 10 termos con capacidad de 2 galones; 1 rollo de 42 m. de maguera transparente; 1 rollo de cable de uso rudo color negro de 50 m; 2 rollos de tela color blanco; 64 bolsas negras para basura; 1 caja con 20 piezas de cubre bocas KN95, por ser considerados instrumentos del delito investigado; 3- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0000964/2024, iniciada por delitos de Portación de Armas, Posesión de Cargadores y Cartuchos para Armas de Fuego todos de uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 Fracción III, Articulo 83 Quat Fracción II, 83 Quintus, Fracción II, del Código Penal Federal, en la cual el 04 de octubre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Ford, tipo pick up, Modelo F-150 Lobo Platinum, doble cabina 4X4, de 4 puertas, color negro, placas de circulación NZ-4967-A del Estado de Morelos, número de serie 1FTEW1E43KFA02167, origen extranjero, modelo 2019, por ser considerado instrumento del delito investigado; 4- Carpeta de Investigación FED/SIN/MAZ/0001295/2024, iniciada por delito de Posesión de Cartuchos para Arma de Fuego del uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 Quat, Fracción II, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 12 de noviembre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo tipo Pick Up, marca Dodge, Línea Ram, modelo 1500, año 2017, color negro, cuatro puertas, sin/placas de circulación y serie 1C6RP7FT2DS719288 por ser considerado instrumento del delito investigado; 5.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001469/2023, iniciada por delito de Posesión de Precursores Químicos y Químicos Esenciales, previsto y sancionado en Artículo 26 de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, en la cual el 19 de diciembre de 2023, se decretó el aseguramiento de a) Vehículo color blanco, Marca Nissan, línea NP300, versión Chasis Cabina, año 2018, con placas de circulación UG-11-228 del Estado de Sinaloa con número de serie 3N6AD35C0JK822155, b) Vehículo color blanco de carga con caja seca de la marca GMC, línea Vandura 3500, con placas de circulación VJD-18-38 del estado de Sinaloa, número de serie 1GDHG31K9RF517982, c) Inmueble que se encuentra ubicado en calle Gustavo Garmendia #1853, entre calle Cecilia Zadi y/o calle Séptima y calle Da Jaime Torres Bodet, Colonia Miguel Hidalgo, Culiacán, Sinaloa, coordenada geográfica decimal 24.805911, -107.3684532, En coordenadas geográficas: 24°48´21.94" Latitud Norte, 107°22´06.19" Longitud Oeste, coordenadas UTM 13R 260588.72, 2745554.00, por ser considerados instrumentos y objeto del delito investigado; 6.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0000828/2023, iniciada por delito de Contra la Salud en la Modalidad de Posesión de Fentanil, Clorhidrato de Diacetil Morfina, Clorhidrato de Metanfetamina y Cannabis Sativa l con Fines de Comercio, previsto y sancionado en Artículo 195 se impondrá de cinco a quince años de prisión y de cien a trescientos cincuenta días multa, al que posea alguno de los narcóticos señalados en el Artículo 193, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud, siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad de realizar alguna de las conductas previstas en el Artículo 194, ambos de este código, del Código Penal Federal, en la cual el 16 de julio de 2023, se decretó el aseguramiento de a) Vehículo marca Jeep, tipo camioneta suv, modelo Grand Cherokee 4x4, 4 puertas. color dorado, con placas de circulación VRS-880-B del estado de Sinaloa, con número de identificación vehicular J4HR58NX6C111923, corresponde a un vehículo de origen extranjero y año modelo 2006, b) Vehículo marca italika, tipo motocicleta todo terreno, modelo dm250, color negro, con su asiento de vinil en color negro en regular estado de uso y conservación, con placa de circulación 60BGT3 del estado de Sinaloa, con número de identificación vehicular LZSK4FKN0NF001628, por ser considerados instrumentos del delito investigado; 7.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001285/2024, iniciada por delito Posesión de Cartuchos para Arma de Fuego de uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 Quat Fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 14 de noviembre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Chevrolet, tipo pick up, modelo Silverado, doble cabina, 4 puertas, color azul marino, sin placas de circulación, número de serie 1GCPACEK8NZ604096, año 2022, por ser considerado instrumento del delito investigado; 8.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001069/2024, iniciada por delito de Posesión de Cartuchos para Arma de Fuego del uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 Quat Fracción vigente hasta el 19 de febrero de 2021. II. con prisión de dos a seis años y de veinticinco a cien días multa, si son para las armas que están comprendidas en los restantes incisos del Artículo 11 de esta Ley. de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 07 de octubre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo blindado tipo Suv, marca Jeep, modelo Grand Cherokee, cuatro puertas, color negro, con placas de circulación PYU-63-44 del estado de Morelos, con número de identificación vehicular: 1C4RJEBT5FC646957 y año modelo 2015, por ser considerado instrumento del delito investigado; 9.-
Carpeta de Investigación FED/SIN/MAZ/0000083/2016, iniciada por delitos de Acopio de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea, Posesión de Cartuchos para Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea, Posesión de Cargadores todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, previsto y sancionado en Artículo 11 y sancionado en el Artículo 83 bis, fracción II, Artículo 11 inciso c), d) y sancionado en el Artículo 83 fracción II , Artículo 11, inciso f) y sancionado por el Artículo 83 Quat, fracción II, Artículo 83 Quintus, fracción II todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 08 de marzo de 2016, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Toyota, línea Sienna 5 puertas, versión le 5 puertas, tipo vagoneta, color arena, modelo 2013, con número de serie 5TDKK3DC4DS326038, placas de circulación 385-ZGB, a nombre de Rubén Alfredo Trujan López, por ser considerado objeto del delito investigado; 10.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001089/2024, iniciada por delito de Posesión de Cartuchos para Arma de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 Quat Fracción II, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 07 de octubre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo blindado tipo suv, marca Jeep, modelo Grand Cherokee Overland 4X4, cuatro puertas, color gris, placas de circulación WEV-717-A del estado de Sonora, número de serie 1J8HR68T39C503472, año modelo 2009, por ser considerado instrumento del delito investigado; 11.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001232/2024, iniciada por delito Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, previsto y sancionado en Artículo 83 Fracción II Y III, Artículo 83 Quat, Fracción II, Artículo 83 Quintus Fracción II; todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 18 de noviembre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Ford, Tipo camioneta pick up, Modelo F-150, cabina regular, 2 puertas, color rojo, con placa de circulación UK-03-994 del estado de Sinaloa, con número de identificación Vehicular 1FTRF08W82KA00172, año modelo 2002, por ser considerado objeto del delito investigado; 12.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001520/2024, iniciada por delitos Contra la Salud en la Modalidad de Posesión de Cannabis Sativa l con fines de comercio y Portación de Arma de Fuego del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 fracción III. con prisión de cuatro a quince años, de cien a quinientos días multa, cuando se trate de cualquiera de las otras armas comprendidas en el Artículo 11 de esta ley, Artículo 83 quin fracción I.- con prisión de uno a dos años, de cincuenta a cien días multa, cuando se trate de dos, hasta cinco cargadores, explosivos y Artículo 194 fracción I.- trafique alguno de los narcóticos señalados en el Artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud del Código Penal Federal, en la cual el 13 de diciembre de 2024, se decretó el aseguramiento de $38,410.00 pesos mexicanos, por ser considerado producto del delito investigado; 13.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001243/2024, iniciada por delito Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, previsto y sancionado en Artículo 83 Fracción III, Artículo 83 Quat, Fracción II, 83 Quintus Fracción II, todos de la Ley Federal de Arma de Fuego y Explosivos, en la cual el 09 de noviembre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Vento, Tipo Motocicleta cross, Modelo crossmax 250, color negro con detalles en rojo, con un asiento de vinil en color negro en mal estado de uso y conservación, sin placa de circulación, con número de identificación Vehicular 3MUCBGBD0P1013181, año modelo 2023, por ser considerado objeto del delito investigado; 14.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001219/2024, iniciada por delitos de Posesión de Cartuchos y Cargadores del uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 Quat, Fracción II y Artículo 83 Quin, Fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 27 de noviembre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo blindado tipo camioneta con redilas, marca Ford, modelo F-450, dos puertas, color blanco, sin placas de circulación, con los últimos ocho dígitos del número de identificación vehicular 1FDGF4GT9FCE48842, por ser considerado instrumento del delito investigado; 15.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001240/2024, iniciada por delitos de Portación de Arma de Fuego de uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; Posesión ilícita de Cartuchos y Posesión ilícita de Cargadores para Arma de Fuego de uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; Contra la Salud en su modalidad de Posesión Simple de Clorhidrato de Metanfetamina, previsto y sancionado en Artículo 83, fracción III; Artículo 83 Quater, fracción II; Artículo 83 Quintus, fracción I, todos ellos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; Artículo 195 bis, en relación con el diverso 193, ambos del Código Penal Federal, en la cual el 15 de noviembre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo (blindado) marca Toyota, línea Land Cruisier, tipo suv, color gris, modelo 2013, cinco puertas, con placas de circulación VHD-512-C del Estado de Sinaloa, serie JTMHY7AJXD5014346, a favor del C. Jesús Abel Montes Esparza y/o quien tenga interés del mismo, por ser considerado instrumento del delito investigo; 16.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001631/2024, iniciada por delito Posesión de Sustancias Químicas, previsto y sancionado en Artículo 26
fracción adicionado Artículo 26.- a la persona que tenga en posesión precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos en el territorio nacional, que no cuente con las autorizaciones o permisos correspondientes, se le impondrá pena de siete a diez años de prisión y multa de mil a cinco mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. desde el 03 de mayo de 2023, vigente al día siguiente de su publicación en el D.O.F. de la Ley Federal para el control de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas y/o comprimidos. Artículo 195 se impondrá de cinco a quince años de prisión y de cien a trescientos cincuenta días multa, al que posea alguno de los narcóticos señalados en el Artículo 193, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud, siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad de realizar alguna de las conductas previstas en el Artículo 194, ambos de este código. del Código Penal Federal, en la cual el 10 de enero de 2025, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Toyota, tipo pick up, modelo Tacoma, cabina regular 4x4, 2 puertas, color gris plata, placas de circulación FS-8527-C del Estado de Durango, número de serie 5TEPX42N75Z024703, año modelo 2005, por ser considerado instrumento del delito investigado; 17.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001475/2024, iniciada por delito Posesión de Cartuchos para Arma de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 Quat Fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 03 de diciembre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Jeep, tipo camioneta, suv, modelo Grande Chreokee Limited, 4x4, 4 puertas, color gris plata, placas de circulación END-90-64 del Estado de Chihuahua, número de serie 1J4RR5GTXBC556838, año modelo 2011, por ser considerado instrumento del delito investigado; 18.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MAZ/0000130/2025, iniciada por delito Posesión de Cargadores para Armas del uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea y Posesión de Cartuchos de uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en Artículo 83 Quintus, fracción I Y previsto y sancionado en el Artículo 83 Quat, fracción II, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 18 de febrero de 2025, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Chrysler, línea 200, modelo 2015, color negro, sin placas de circulación, con número de serie 1C3CCCABXFN724817, por ser considerado objeto del delito investigo; 19.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MAZ/0001252/2024, iniciada por delitos Portación de Armas de Fuego de uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; Portación de Arma de Fuego sin Licencia; Posesión de Cartuchos y Cargadores para Armas de Fuego de uso Exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea y Contra la Salud, en su modalidad de narcomenudeo, en su variante de posesión con fines de comercio, previsto y sancionado en Artículo 83, fracción II y III; y 83 Quat, fracción II, 83 Quintus, fracción II, de la Ley Federal de Armas de fuego y Explosivos y 476 y 479 de la Ley General de Salud, en la cual el 12 de noviembre de 2024, se decretó el aseguramiento de Vehículo Jeep Grand Cherokee sin placas, (Blindado), Color blanco, con No. de Identificación Vehicular 1C4RJFBT1DC519691, por ser considerado objeto del delito investigado;- - - - - - - - -
- - - - - - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Fiscalía Federal en el estado de Sinaloa, con domicilio en Carretera a Navolato Km. 9.5 Colonia. Bachigualato, C.P. 80140, Culiacán, Sinaloa. - - - - - - - - - - - -
Atentamente
Culiacán, Sinaloa a 24 de marzo de 2025.
El C. Encargado de la Fiscalía Federal en Sinaloa
Lcdo. Victor Luis Soto Leyva
Rúbrica.
(R.- 563972)