Estados Unidos Mexicanos
Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito
Zapopan, Jalisco
EDICTO
 
En los autos del juicio de amparo directo 62/2024, promovido por el quejoso Manuel Leal Mendoza o Manuel Mendoza Leal o Manuel Alfredo Leal Mendoza, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, así como 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, de aplicación supletoria a la ley de la materia, se ordena emplazar por este medio a los terceros interesados Fernando González Berlanga y Javier Díaz Mondragón, quienes deberán presentarse dentro de un término que no será menor a quince días ni mayor a treinta, a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibidos que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento en sus etapas, haciéndose las subsecuentes notificaciones por lista, que se fije en los estrados de este Tribunal Colegiado, en términos de lo dispuesto en los artículos 26, fracción III, y 27 de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Órgano Jurisdiccional, la copia de la demanda de amparo.
 
Atentamente
Zapopan, Jalisco, a 03 de abril de 2025.
El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia
Penal del Tercer Circuito, Zapopan, Jalisco
Lic. José Mendoza Ortega
Rúbrica.
(R.- 563829)