Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Sexto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales,
con sede en la Ciudad de México
EDICTO
 
Para emplazar a: Luz María Del Carmen Soto Miranda.
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted:
En los autos del procedimiento ordinario 346/2024-III, promovido por María Luisa Ortiz Vega, en el que demanda ante este tribunal diversas prestaciones de Grupo Águila Bicéfala de Transportes, S.A. de C.V. y otros; se le ha señalado como posible beneficiaria y, como se desconoce su domicilio actual, en acuerdo de once de febrero de dos mil veinticinco, se ordenó emplazarla por edictos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana y en el sitio de internet del Poder Judicial de la Federación, los cuales se realizarán por dos veces en cada uno de los medios antes descritos, con un lapso de tres días hábiles entre uno y otro, a fin de que dentro del término de treinta días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 712, párrafos cuarto y quinto, de la Ley Federal del Trabajo, acudan al local que ocupa este tribunal a producir su contestación, con la aclaración de que la notificación realizada de esta forma surte sus efectos a partir del día siguiente de la última publicación. Quedando a su disposición, en las oficinas que ocupa este Sexto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en con sede en la Ciudad de México, con domicilio en Camino al Ajusco 200, colonia Jardines en la montaña, C.P. 14120, Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, a recoger las copias de traslado para comparecer a juicio si a sus intereses conviene, autorizar persona que la represente y señalar domicilio en esta ciudad (Ciudad de México), para recibir notificaciones; apercibida que de no hacerlo, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo aquellas que sean contrarias a lo dispuesto por la ley, así como perdido su derecho a ofrecer pruebas. Finalmente, se les previene para que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones, dentro de la residencia de este tribunal, pues de no hacerlo así, las posteriores notificaciones se realizarán por boletín.
 
Ciudad de México, once de febrero de dos mil veinticinco.
Secretaria Instructora adscrita al Sexto Tribunal Laboral Federal
de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México
Nallely Dosamantes Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 563796)