ACUERDO que tiene por objeto dar a conocer las normas operativas denominadas Reglamento del Sistema de Becas por Exclusividad para el Personal Académico del Instituto Politécnico Nacional (SIBE), Reglamento de Apoyos Económicos de la COFAA-IPN, Código de Conducta de la COFAA-IPN, Protocolo para la Administración de Cuentas de Correo Electrónico Institucional y los Lineamientos para la Cancelación de Adeudos a Cargo de Terceros a Favor de la COFAA-IPN.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Educación.- Secretaría de Educación Pública.- Instituto Politécnico Nacional.- Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional.- Secretaría Ejecutiva.

ACUERDO QUE TIENE POR OBJETO DAR A CONOCER LAS NORMAS OPERATIVAS DENOMINADAS REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS POR EXCLUSIVIDAD PARA EL PERSONAL ACADÉMICO DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL (SIBE), REGLAMENTO DE APOYOS ECONÓMICOS DE LA COFAA-IPN, CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COFAA-IPN, PROTOCOLO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS DE CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL Y LOS LINEAMIENTOS PARA LA CANCELACIÓN DE ADEUDOS A CARGO DE TERCEROS A FAVOR DE LA COFAA-IPN.
NOEL MIRANDA MENDOZA, Secretario Ejecutivo de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional (COFAA-IPN), en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 22, fracción I y 59 fracción V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y SÉPTIMO, fracción II del Decreto mediante el que la entidad, mantendrá su carácter de organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con el objeto de apoyar técnica y económicamente al propio Instituto Politécnico Nacional para la mejor realización de sus finalidades, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 1982, y
CONSIDERANDO
Que la COFAA-IPN, es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como objetivo apoyar técnica y económicamente al Instituto Politécnico Nacional para la mejor realización de sus finalidades, como se establece en el Decreto del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 1982.
Que el día 14 de marzo de 2025, durante el desarrollo de la Primera Sesión Ordinaria 2025, de la Junta Directiva de la COFAA-IPN, con fundamento en los artículos 14, 15 y 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 11, fracción II de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional; QUINTO, fracción III del Decreto del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 1982, el H. Órgano de Gobierno, a través de los acuerdos de números SO/I-25/11,R, SO/I-25/12,R, SO/I-25/13,R, SO/I-25/14,R y SO/I-25/15,R, tuvo a bien actualizar el Reglamento del Sistema de Becas por Exclusividad para el Personal Académico del Instituto Politécnico Nacional (SIBE), el Reglamento de Apoyos Económicos de la COFAA-IPN, y el Código de Conducta de la COFAA-IPN, respectivamente, asimismo se expidió el Protocolo para la Administración de Cuentas de Correo Electrónico Institucional y los Lineamientos para la Cancelación de Adeudos a Cargo de Terceros a Favor de la COFAA-IPN, normatividad operativa de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional, por tal motivo, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Este Acuerdo tiene como objeto dar a conocer las normas operativas denominadas Reglamento del Sistema de Becas por Exclusividad para el Personal Académico del Instituto Politécnico Nacional (SIBE), el Reglamento de Apoyos Económicos de la COFAA-IPN, el Código de Conducta de la COFAA-IPN, el Protocolo para la Administración de Cuentas de Correo Electrónico Institucional y los Lineamientos para la Cancelación de Adeudos a Cargo de Terceros a Favor de la COFAA-IPN, todas de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional, que se encuentran alojadas en las ligas electrónicas siguientes:
https://repositorio.cofaa.ipn.mx/resources/DJ/2025/8-Reglamento-Apoyos-Economicos-COFAA-IPN.pdf
www.dof.gob.mx/2025/IPN/Reglamento-Apoyos-Economicos-COFAA-IPN_14032025.pdf
https://repositorio.cofaa.ipn.mx/resources/DJ/2025/7-Reglamento-SIBE.pdf
www.dof.gob.mx/2025/IPN/Reglamento-SIBE_14032025.pdf
https://repositorio.cofaa.ipn.mx/resources/DJ/2025/17_Codigo-Conducta.pdf
www.dof.gob.mx/2025/IPN/Codigo-Conducta_14032025.pdf
https://repositorio.cofaa.ipn.mx/resources/DJ/2025/33_Protocolo-Cuentas-Correo-Electronico.pdf
www.dof.gob.mx/2025/IPN/Protocolo-Administracion-Cuentas-Correo-Electronico-Institucional_14032025.pdf
https://repositorio.cofaa.ipn.mx/resources/DJ/2025/32_Lineamientos-Cancelacion-Adeudos-Cargo-Terceros-Favor-COFAA-IPN.pdf
www.dof.gob.mx/2025/IPN/Lineamientos-Cancelacion-Adeudos-Cargo-Terceros-Favor-COFAA-IPN_14032025.pdf
Lo anterior, con la finalidad de cumplir con eficiencia y eficacia sus objetivos institucionales.
SEGUNDO.- Notifíquese a los interesados el contenido del presente Acuerdo, mediante su publicación en los estrados de esta Comisión, en la página de internet de la COFAA-IPN y en el Diario Oficial de la Federación.
"La Técnica al Servicio de la Patria"
Ciudad de México, a 30 de abril de 2025.- Secretario Ejecutivo, Noel Miranda Mendoza.- Rúbrica.
(R.- 564337)