Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada
Fiscalía Especial en Investigación de Delitos contra la Salud
EDICTO
Con fundamento, en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 93, 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1°, 2°, 3°, 4° fracción IV, 5°, 11, y 40 fracción VII de la Ley de la Fiscalía General de la República; en concordancia con el Transitorio Quinto, Séptimo, Octavo y Décimo Segundo del Estatuto Orgánico de la referida Ley; se notifica a quien sea propietario, poseedor, representante legal y/o quien tenga interés jurídico, que en fecha 11 (once) de agosto del año 2021 (dos mil veintiuno) se decretó el aseguramiento precautorio de dos vehiculos, dentro de carpeta de investigación FED/FEMDO/UEIDCS-SON/0000223/2021, siendo los siguientes: 1.- TRACTOCAMION TIPO QUINTA RUEDA, CON CAMAROTE, PLACAS DE CIRCULACIÓN 78-AD-9R, DEL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL, SE TRATA DE UN VEHÍCULO RECONSTRUIDO, EL CUAL PRESENTA UNA CABINA MARCA FREIGHTLINER, MODELO COLUMBIA 120, COLOR BLANCO CON LINEAS EN NEGRO Y GRIS, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 1FUJA6CK29DAG9593, DE ORIGEN EXTRANJERO (UEA), AÑO MODELO 2009 Y UN CHASIS MARCA FREGHTLINER CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 3AKJA6CV28DZ21188, DE ORIGEN NACIONAL, AÑO MODELO 2008 y 2.- SEMIRREMOLQUE MARCA FERMASI, TIPO CAJA SECA, DOS EJES, COLOR BLANCO, PLACA DE CIRCULACIÓN 06-UE-4C DEL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL, Y NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 3F9S15C47DA042898. ORIGEN NACIONAL, AÑO MODELO 2013. Por lo que se hace de su conocimiento que deberá abstenerse de ejercer actos de dominio sobre los mismos y que de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación ante el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Fiscalía Especial en Investigación de Delitos Contra la Salud, con domicilio en Avenida Paseo de la Reforma número 75, piso 2, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06300, Ciudad de México, los bienes mencionados, causarán ABANDONO a favor del GOBIERNO FEDERAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; toda vez que existen indicios de que representan el producto y/o instrumento de actividades ilícitas, contempladas en leyes federales.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- C Ú M P L A S E------------------------------------------------------------
Atentamente
"Sufragio Efectivo. No Reelección"
Ciudad de México a 02 de junio de 2025.
Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Célula C-II-1 FEIDCS
Ciudad de México
Lic. Nancy Johanna Lopez Lugo
Rúbrica.
VoBo.
AMPF en funciones de Fiscal en Jefe de la EIL II de la CGC, de la FEIDCS
Ciro Osvaldo Hurtado Morales
Rúbrica.
(R.- 565618)