Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Michoacán de Ocampo
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen:
1.- Carpeta de investigación FED/MICH/LAZ/0000542/2025, iniciada por el delito de Portación de Arma de Fuego del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, Posesión de cargadores y cartuchos para Arma de Fuego del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea previsto y sancionado en el artículo 83 fracción III, 83 QUAT fracción I y 83 Quintus fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Contra la Salud, previsto en el artículo 477 de la Ley General de Salud y Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, Previsto en el artículo 400 Bis fracción I del Código Penal Federal; en la cual el 31 de marzo de 2025, se decretó el aseguramiento del siguiente numerario: 1.- Billetes de diversas denominaciones dando un total de 40, 000 mil dólares americanos (E.E.U.U.A); por ser Objeto del delito investigado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Fiscalía Federal en el Estado Michoacán de Ocampo, con domicilio en calle Batalla Monte de las Cruces, número 65, colonia Lomas de Hidalgo, Morelia, Estado de Michoacán de Ocampo.
 
Atentamente
Morelia, Michoacán; a 20 de junio de 2025.
Fiscal Federal en el Estado de Michoacán de Ocampo de la Fiscalía General de la República
actuando con esta calidad, en términos de lo dispuesto en los Transitorios Segundo, primer párrafo, Quinto,
Séptimo y Décimo segundo, del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2023
Mtro. Ramón E. Guillén Llarena
Rúbrica.
(R.- 566529)