CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de México, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/MEX/028/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el ejercicio fiscal 2025.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MUJERES.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/AVGM/MEX/028/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, ÓSCAR FLORES JIMÉNEZ; POR LA SECRETARIA DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE MÉXICO, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, MÓNICA CHÁVEZ DURÁN; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres corresponde al Gobierno Federal, a través de "MUJERES", con el objetivo de ejercer las atribuciones que el DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres en el artículo 15 fracciones IX y X en la materia de acciones y medidas preventivas, correctivas, de atención, reparación del daño y legislativas que correspondan para dar cumplimiento a las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que las otorguen deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2025 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 19 de marzo de 2025, suscrito por Mónica Chávez Durán en su carácter de Secretaria de las Mujeres del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/MEX/028/2025.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $4,830,000.00 (cuatro millones ochocientos treinta mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/MEX/028/2025. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio MUJERES/SDVLV/0159/2025, de fecha 16 de abril de 2025.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.        "MUJERES" declara que:
I.1.     Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.     La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha 01 de enero de 2025 y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2o., fracción I, y 5o., fracciones I y XIV y 7o. del RISM.
I.3.     Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria.
I.4.     Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II.       El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.     Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM, 1o., 2o., 3o. y 4o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.    La Gobernadora Constitucional del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 65 y 77 fracción XXIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2o. y 9o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
II.3.     El Secretario de Finanzas, Óscar Flores Jiménez, en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3o., 6o., 15, 19, 23, fracción III, 28 y 29 fracciones XXVIII y LI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 6o. y 7o. fracciones V y XLVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.
II.4.     La Titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de México, y Titular de la Instancia Local Responsable, Mónica Chávez Durán, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3o., 6o., 15, 19, 23 fracción XV, 52, 53 fracciones XVII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 6o. y 7o., fracciones XXIX y XXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres del Estado de México.
II.5.    Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle Federico Hardy número 104, Colonia Santa Barbara, Código Postal 50050, Toluca de Lerdo, Estado de México y con Registro Federal de Contribuyentes GEM850101BJ3.
III.      "LAS PARTES" declaran que:
III.1.    Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.    Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.    Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.    Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Prevención.
III.5.    Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: MUJERES/AVGM/MEX/028/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025; y que se encuadran en la siguiente Acción de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
Prevención: Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $4,830,000.00 (cuatro millones ochocientos treinta mil pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: MUJERES/AVGM/MEX/028/2025, aprobado por el COMITÉ en la Primera Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/1SE/036/11042025.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2025 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo Tercero de los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través del subsidio aprobado por el COMITÉ, exclusivamente destinado para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico.
b.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.     Realizar las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "MUJERES", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de las Mujeres del Estado de México, por la persona Titular de la Secretaría de Finanzas y Enlace Designada ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2025 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría de las Mujeres del Estado de México que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2025, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como Enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
Nombre:
Tania Galicia Carmona.
Cargo:
Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género.
Dirección:
Calle Barranca del Muerto Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 5322 4200 Ext. 5213
Correo electrónico
Institucional:
tgalicia@mujeres.gob.mx
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Atzimba Salas Badillo.
Cargo:
Titular de la Coordinación Administrativa de la Secretaría de las Mujeres del Estado de México.
Dirección:
Calle Fray Andrés de Castro número 210, Colonia Barrio de San Bernardino, Código Postal 50080, Toluca de Lerdo, Estado de México.
Teléfono institucional:
722 934 27 00
Correo electrónico
Institucional:
planeacionestra.semujeres@edomex.gob.mx
rfinancieros.semujeres@edomex.gob.mx
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de las Mujeres del Estado de México informará a "MUJERES", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de las Mujeres del Estado de México.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, asimismo deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo Octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría de la Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran las personas servidoras públicas federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra parte e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México" en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México el día 30 del mes de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora del Estado, Delfina Gómez Álvarez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Titular de la Instancia Local Receptora, Óscar Flores Jiménez.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres del Estado de México, y Titular de la Instancia Local Responsable, Mónica Chávez Durán.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 30 de mayo de 2025, celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno del Estado de México, de conformidad con el numeral Trigésimo sexto y Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES.
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
México
NOMBRE DEL PROYECTO:
MUJERES/AVGM/MEX/028/2025
 
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
Secretaría de las Mujeres
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
Secretaría de Finanzas
 
FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO:
20 de marzo del 2025
FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO:
Julio del 2025
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2025.
Diciembre del 2025
 
B.    ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
Deberá de colocar una X en la acción a desarrollar:
 
1. Atención: acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
X
2. Prevención. acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
3. Seguridad. aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
 
4. Justicia. acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
MONTO SOLICITADO
$ 4,830,000.00
Cuatro millones ochocientos treinta mil pesos 00/100 M.N.
MONTO COPARTICIPACIÓN
0.00
0%
N/A
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
$ 4,830,000.00
Cuatro millones ochocientos treinta mil pesos 00/100 M.N.
 
DATOS DEL ENLACE
Nombre:
Atzimba Salas Badillo
Cargo:
Coordinadora Administrativa
Domicilio:
Fray Andrés de Castro No. 210, barrio de San Bernardino, C.P 50080, Estado de México
Teléfono Institucional:
7229342700
Extensión
82801
Correo Institucional:
planeacionestra.semujeres@edomex.gob.mx
rfinancieros.semujeres@edomex.gob.mx
 
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
ACCIÓN
COADYUVANTE
DESCRIPCIÓN
PREVENCIÓN
El presente proyecto tiene como objetivo central contribuir de manera efectiva a la prevención de la violencia de género contra mujeres, adolescentes y niñas en los once municipios del Estado de México con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género (AVGM). Se fundamenta en el reconocimiento de que la violencia feminicida es el resultado de estructuras socioculturales profundamente arraigadas, que requieren intervenciones estratégicas, integrales y sostenidas.
Para ello, el proyecto articula cuatro estrategias complementarias que actúan en distintos niveles de prevención, con un enfoque territorializado, de género, derechos humanos y transformación cultural:
Atención telefónica especializada para hombres en situación de crisis o con riesgo de ejercer violencia, mediante la estrategia "Línea Hombre a Hombre". Esta acción contempla la contratación de un profesionista en psicología que brinde contención emocional inmediata y orientación a varones que atraviesan conflictos o expresan interés en revisar sus emociones. Esta línea representa una vía de acceso accesible y temprana a procesos de prevención secundaria.
Fortalecimiento de los Centros de Desarrollo de Masculinidades Positivas (CeDeMas+), a través de la intervención de profesionales en psicología y trabajo social que implementan sesiones individuales y grupales dirigidas a personas agresoras remitidos por la autoridad o que acuden voluntariamente. Estas sesiones abordan la deconstrucción de masculinidades hegemónicas, el desaprendizaje de conductas violentas y la construcción de relaciones basadas en el respeto, la empatía y la corresponsabilidad. Esta estrategia apunta a la prevención terciaria con enfoque psicosocial.
Estrategia educativa en comunidades escolares, que contempla la impartición de 400 talleres con una duración de dos horas, dirigidos a estudiantes, docentes y ciudadanía de los 11 municipios con AVGM. Estos talleres abordan, de manera diferenciada por perfil, temas como la identificación de violencias, derechos de las mujeres, mecanismos de atención, masculinidades no violentas, prevención de violencia digital y mediática, y cultura de la denuncia. Se utiliza una metodología participativa que incluye artes vivenciales, círculos de paz y el diálogo transformador.
Intervención comunitaria en territorios de alta incidencia delictiva, mediante talleres clave en las localidades, promoviendo el reconocimiento de derechos, la identificación de situaciones de violencia y el fortalecimiento de redes comunitarias de protección. Esta acción busca generar transformación cultural desde la base comunitaria y fomentar la corresponsabilidad social en la erradicación de las violencias de género.
Se implementará una estrategia cultural basada en la realización de 22 obras de teatro en universidades ubicadas en los 11 municipios con Alerta de Violencia de Género (AVG). Esta iniciativa busca generar espacios de reflexión crítica y diálogo entre el alumnado, el profesorado y la comunidad universitaria en general, a través de representaciones escénicas con enfoque de derechos humanos, igualdad de género y perspectiva interseccional.
Cada municipio será sede de dos funciones teatrales, permitiendo alcanzar una mayor cobertura estudiantil y reforzar los mensajes preventivos en diferentes planteles universitarios. Las obras seleccionadas abordarán temáticas clave como: prevención de las violencias, derechos humanos de las mujeres, igualdad sustantiva, conductas y consecuencias del amor romántico y eliminación de roles y estereotipos de género.
En conjunto, estas estrategias conforman una intervención coherente, integral y escalonada que no solo responde a los requerimientos de la declaratoria de AVGM, sino que también propone un modelo replicable de transformación cultural y prevención de las violencias desde sus causas estructurales. La Secretaría de las Mujeres del Estado de México impulsa así una política pública que articula la atención individual, la acción comunitaria y la educación transformadora, posicionando al estado como referente nacional en el abordaje integral de la violencia de género
 
C.1 JUSTIFICACIÓN
ACCIÓN
COADYUVANTE
JUSTIFICACIÓN
PREVENCIÓN
La violencia de género contra las mujeres en el Estado de México representa una problemática estructural, persistente y multifactorial que requiere de intervenciones estratégicas, integrales y territorializadas. En este contexto, el presente proyecto se concibe como una respuesta prioritaria y especializada ante la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) vigente en once municipios del estado, de los cuales siete presentan una doble declaratoria por feminicidio y desaparición. Esta situación demanda acciones que no solo contengan y atiendan la violencia, sino que trabajen de forma preventiva y educativa sobre los factores estructurales y socioculturales que la originan y perpetúan.
Este enfoque se encuentra respaldado por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), que en su Título II y en el artículo 23, fracción B, establece la obligación del Estado de implementar medidas preventivas ante la AVGM, con el fin de enfrentar y erradicar la violencia feminicida, así como eliminar los obstáculos que impiden el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas. Además, la declaratoria de AVGM del Estado de México señala expresamente que las autoridades estatales deben llevar a cabo todas las acciones necesarias para prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar la violencia de género, con un énfasis especial en los municipios que presentan mayor incidencia y riesgo.
Este proyecto impulsa un enfoque de transformación cultural, basado en el fortalecimiento comunitario, la resignificación de las masculinidades y la educación en derechos humanos y perspectiva de género, tanto en entornos escolares como en espacios comunitarios. A través de metodologías participativas, vivenciales y con enfoque de paz, se busca incidir directamente en los patrones de socialización que normalizan la violencia y legitiman las relaciones de poder desiguales entre mujeres y hombres.
El proyecto contempla la profesionalización de servicios especializados en reeducación y contención emocional para hombres, mediante la estrategia "Línea Hombre a Hombre" y la consolidación de los Centros de Desarrollo de Masculinidades Positivas (CeDeMas+). Estas acciones representan un componente innovador dentro de las políticas públicas, al asumir que la prevención efectiva requiere el involucramiento activo de los hombres en la erradicación de las prácticas violentas, cuestionando y deconstruyendo los mandatos patriarcales y hegemónicos que sostienen la violencia feminicida.
Asimismo, la estrategia educativa a implementarse en comunidades escolares y territorios de alta incidencia delictiva se alinea con las medidas establecidas en los Programas Estratégicos Estatales de la AVGM por feminicidio y desaparición. Esta intervención se adapta a las necesidades específicas de niñas, niños, adolescentes, docentes y ciudadanía, abordando temas clave como la identificación de violencias, derechos, mecanismos de atención, masculinidades no violentas y prevención de la violencia digital y mediática.
Mediante actividades artísticas y culturales lúdico-vivenciales se generará un cambio en los patrones socioculturales desde la reflexión y prácticas educativas, permitiendo transformar los roles y estereotipos de género que generan violencia contra niñas, adolescentes y mujeres, contribuyendo en la construcción de una sociedad más igualitaria y libre de violencia
De acuerdo con datos de la ENDIREH 2021, el 78.7% de las mujeres mexiquenses de 15 años o más ha experimentado algún tipo de violencia. Esta realidad se refleja también en los registros del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que reporta incrementos preocupantes en delitos como corrupción de menores y violencia de género en todas sus modalidades. Esta evidencia justifica la necesidad de fortalecer las capacidades institucionales y comunitarias mediante estrategias focalizadas que no solo respondan a las cifras, sino que generen cambios sostenibles en el mediano y largo plazo.
De acuerdo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el ejercicio fiscal 2025, la Secretaría de Seguridad, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y la Consejería Jurídica cuentan con recurso público destinado a la Atención de las Alertas de violencia de Género, esto en los artículos Transitorios siguientes:
DÉCIMO PRIMERO. Se incluyen recursos por $15,000,000 para dar continuidad al "Fondo estatal de desaparición". La Consejería Jurídica en coordinación con la Secretaría de las Mujeres, serán las encargadas de implementar los mecanismos necesarios para la operación de estos recursos.
DÉCIMO TERCERO. El presupuesto asignado a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, considera recursos por $90,000,000 a efecto de fortalecer la atención de delitos vinculados a la violencia de género, distribuidos en las siguientes acciones: $22,500,000 para atender la operación de la Unidad de Análisis y Contexto para la Investigación de Delitos Vinculados a Feminicidios, Homicidios Dolosos y Desapariciones de Niñas y Mujeres, y la Unidad de Análisis y Contexto para la Investigación y Persecución de Delitos en Materia de Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición Cometida por Particulares, $22,500,000 con lo que se dará continuidad a la operación de los albergues para víctimas del delito de trata, $22,500,000 para dar seguimiento a las acciones consideradas en la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de México y $22,500,000 para atender la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por desaparición, de niñas, adolescentes y mujeres.
DÉCIMO SEXTO. El presente Decreto considera una previsión de $5,000,000 en la Secretaría de Seguridad, destinados al "Cuidado de niñas y niños que viven con sus madres en los Centros de Reinserción Social del Estado de México", para otorgar apoyo que consistirá en canasta alimentaria y vestido a las niñas, niños y adolescentes en reclusión con sus madres; así como $400,000 para el acondicionamiento de espacios acordes a las necesidades de las mujeres embarazadas en cada uno de los Centros.
DÉCIMO SÉPTIMO. El presente Decreto considera una previsión de $50,000,000 destinados a "Fortalecer el equipamiento en materia de seguridad pública municipal". La Secretaría en coordinación con la Secretaría de Seguridad, serán las encargadas de implementar los mecanismos necesarios para la operación de estos recursos.
DÉCIMO OCTAVO. El presente Decreto considera una previsión de $15,000,000 destinados al "Fondo de Reparación del Daño", para lo cual, la Consejería Jurídica a través del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, deberá establecer los mecanismos que normen su creación y operación conforme a la Ley en la materia.
Cabe señalar, que la Secretaría, Consejería Jurídica y el Órgano Autónomo como lo es fiscalía general de Justicia del Estado de México, cuentan con recurso destinado para dar atención a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género, así mismo se realizó la invitación a sumarse al proyecto, sin embargo, no se recibieron propuestas en tiempo y forma.
Así mismo, para el ejercicio fiscal 2025, el Gobierno del Estado de México ha asignado un presupuesto de cerca 260 millones de pesos para atender las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres por feminicidio y desaparición. Estos recursos serán distribuidos y aplicados por los municipios y diversas dependencias estatales, incluyendo la Secretaría de Seguridad y la fiscalía general de Justicia del Estado de México, con el objetivo de implementar acciones específicas en los municipios afectados como es la recuperación de espacios públicos con perspectiva de género y la creación de una estrategia de comunicación social a nivel estatal para la difusión de los servicios y acciones del Gobierno del Estado de México en materia de mitigación de las Alertas de Violencia de Género por feminicidio y desaparición.
Por tanto, el presente proyecto no responde únicamente a una lógica de prevención, sino que propone una transformación estructural que atiende las causas profundas de la violencia de género, impulsando un cambio cultural desde la raíz y generando condiciones de igualdad, justicia y dignidad para las mujeres del Estado de México. A través de esta intervención, la Secretaría de las Mujeres del Estado de México busca consolidar su papel como instancia rectora en la garantía del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, fortaleciendo los mecanismos de coordinación interinstitucional, ampliando la cobertura territorial, optimizando el uso de los recursos públicos y posicionando al Estado de México como referente nacional en políticas públicas que abordan la violencia de género desde sus orígenes estructurales. Este proyecto representa un paso firme hacia la construcción de entornos seguros, igualitarios y libres de violencias para todas las niñas, adolescentes y mujeres mexiquenses.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE
ALERTA DE VIOLENCIA
OBJETIVO
Prevención.
Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
A.         Programa de reeducación con perspectiva de género para agresores de mujeres
Prevención.
II. Establecer un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del Gobierno del Estado de México. La estrategia deberá ser permanente, continua, obligatoria y focalizada particularmente a las personas vinculadas a los servicios de salud y atención a víctimas, así como a los de procuración y administración de justicia, con el apoyo de instituciones y personas especializadas en la materia. Esta medida contempla el fortalecimiento de las herramientas teórico-prácticas de jueces y juezas en materia de perspectiva de género y derechos humanos
Facilitar procesos de intervención y acompañamiento dirigidos a personas agresoras, con el fin de desaprender conductas violentas y promover nuevas formas de relacionarse basadas en el respeto, la empatía, la corresponsabilidad y la equidad. Para ello, se brindarán herramientas psicológicas, emocionales, teóricas y prácticas a través de sesiones grupales e individuales, llevadas a cabo en los Centros de Desarrollo de Masculinidades Positivas (CeDeMas+).
Brindar atención emergente y contención emocional mediante atención telefónica, a personas agresoras en situación de crisis o conflictos susceptibles a desarrollar prácticas de violencia y a personas agresoras que deseen hablar sobre sus emociones, con la finalidad de brindar herramientas de apoyo y deconstruir masculinidades hegemónicas.
Esta línea representa una vía de acceso accesible y temprana a procesos de prevención secundaria.
Prevención.
Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
B.         Estrategias educativas en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos
Prevención.
III. Diseñar una estrategia educativa en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia. Para ello, se deberá establecer en los centros educativos públicos y privados un programa permanente de talleres en materia de violencia de género y sexualidad dirigido a las y los adolescentes de nivel secundaria y preparatoria. Asimismo, se deberá capacitar con herramientas teóricas y prácticas al personal de los centros educativos públicos y privados, para detectar oportunamente casos de niñas o adolescentes que se encuentren en una situación de violencia.
Fortalecer las capacidades individuales y colectivas de estudiantes, docentes y ciudadanía de los 11 municipios con Alerta de Violencia de Género (AVGM), mediante la implementación de 400 talleres educativos con enfoque diferenciado por perfil, que promuevan la identificación de las violencias, el ejercicio de los derechos de las mujeres, la prevención de las violencias , la construcción de masculinidades no violentas y la cultura de la denuncia, a través de metodologías participativas basadas en artes vivenciales, círculos de paz y el diálogo transformador.
Promover la prevención de las violencias de género entre el alumnado universitario de los 11 municipios con Alerta de Violencia de Género (AVG), mediante la realización de 22 obras de teatro que fomenten la reflexión crítica, el reconocimiento de conductas violentas y la construcción de relaciones igualitarias, en un entorno participativo y culturalmente significativo.
 
C2. METODOLOGÍA
PREVENCIÓN
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Brindar atención telefónica a personas agresoras mediante la contratación de una profesionista en psicología
Brindar atención emergente y contención emocional mediante asesoría telefónica, a personas agresoras en situación de crisis o conflictos susceptibles a desarrollar prácticas de violencia y a aquellos hombres que deseen hablar sobre sus emociones, con la finalidad de brindar herramientas de apoyo y deconstruir masculinidades hegemónicas
Porcentaje de llamadas atendidas en servicios de contención emocional
(Número de llamadas atendidas / Número de llamadas recibidas) ×100
Listas de Asistencia
Reportes Mensuales
Facilitar procesos de intervención y acompañamiento dirigidos a personas agresoras, con el fin de desaprender conductas violentas y promover nuevas formas de relacionarse basadas en el respeto, la empatía, la corresponsabilidad y la equidad. Para ello, se brindarán herramientas psicológicas, emocionales, teóricas y prácticas a través de sesiones grupales e individuales, llevadas a cabo en los Centros de Desarrollo de Masculinidades Positivas (CeDeMas+).
Diseñar y facilitar sesiones individuales y grupales con perspectiva de género y enfoque psicosocial con personas agresoras, con la finalidad de aplicar metodologías de deconstrucción de masculinidades tradicionales, generando procesos de seguimiento y evaluación de los usuarios atendidos.
Porcentaje de usuarios que completan el proceso de intervención
(Usuarios que finalizan) % (Usuarios que inician) x 100
Porcentaje de aciertos en el diagnóstico inicial (pretest)
Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Porcentaje de aciertos en la evaluación final (Total de respuestas correctas en el postest / Total de preguntas) x 100
Listas de Asistencia
Reportes Mensuales
Cuestionario pretest y postest
Encuesta de satisfacción
Implementar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la prevención de la violencia de género y feminicidio, con población de comunidades educativas y población en general para la transformación de patrones socioculturales que sustentan la violencia, dirigida a estudiantes, docentes y ciudadanía; pertenecientes a los 11 municipios con AVGM; mediante 400 talleres de 2 horas de duración.
400 Talleres divididos de la siguiente manera:
- 367 talleres a alumnado en temas derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la prevención de la violencia de género y feminicidio, con una duración aproximada de 2 horas.
-11 talleres a profesores sobre temas de derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la prevención de la violencia de género y feminicidio, con una duración aproximada de 2 horas.
-22 talleres a ciudadanía sobre temas de derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la prevención de la violencia de género y feminicidio, con una duración aproximada de 2 horas.
Porcentaje de talleres ejecutados respecto a los programados (Talleres realizados) / (Talleres programados) x100
Porcentaje de aciertos en el diagnóstico inicial (Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Porcentaje de aciertos en la evaluación final (Total de respuestas correctas en el postest / Total de preguntas) x 100
*Listas de asistencia.
*Memoria fotográfica de los talleres.
*Material de apoyo para la presentación.
*Carta descriptiva
*Cuestionario pretest y postest
Implementar una estrategia de prevención de las violencias mediante la realización de 22 obras de teatro dirigidas al alumnado universitario en los 11 municipios con Alerta de Violencia de Género (AVG).
Realizar la presentación de 22 obras de teatro, dos obras en cada uno de los once municipios del Estado de México con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), con el objetivo de sensibilizar a la comunidad universitaria sobre la prevención de las violencias de género y fomentar el cambio de patrones socioculturales que las perpetúan.
Porcentaje de obras de teatro realizadas respecto a las programadas Total de obras de teatro realizadas \ Total de obras de teatro programadas) x 100
Cobertura territorial de presentaciones teatrales
(Número de municipios donde se presentó la obra /11) ×100
Porcentaje de participación del público esperado en las obras de teatro
(Número de personas asistentes a las obras / Número de personas esperadas) x100
Porcentaje de aciertos en el diagnóstico inicial (Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Porcentaje de aciertos en la evaluación final (Total de respuestas correctas en el postest / Total de preguntas) x 100
*Listas de asistencia.
*Memoria fotográfica de las obras.
*Carta descriptiva
*Cuestionario pretest y postest
 
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
PREVENCIÓN
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Publicación de convocatorias para los servicios de contratación por honorarios: se realizará una convocatoria en la página oficial de la secretaría de las Mujeres del gobierno del Estado de México, mediante la se hará la recepción de perfiles parala selección del personal.
2
Procesos adquisitivos y de contratación de prestación de servicios, instancias académicas y/o asociaciones: el área de la coordinación administrativa en conjunto con la secretaria de finanzas y el área de recursos materiales, realizaran una convocatoria mediante los sitios oficiales para poder obtener propuestas que cumplan con los requisitos establecidos.
3
Procesos de selección, para el caso de Servicios Profesionales por honorarios se realizará un filtrado de municipios, profesión y años de experiencia para poder proceder a la revisión de los curriculums y seleccionar a los perfiles que cumplan con el mínimo establecido. Para el caso de los procesos adquisitivos se realizará la selección desde el área de recursos materiales de la Secretaría de Finanzas a fin de seleccionar a la prestadora de servicio que cumpla con lo mínimo establecido para el desempeño de las actividades.
4
Generación de contratos: una ves seleccionados y contactados tanto los profesionistas como las y/o los prestadores de servicios se realizará la generación del instrumento jurídico en conjunto con el área de asistencia jurídica y la coordinación administrativa para proceder a la firma del mismo.
5
Desarrollo y planeación de agendas de implementación de acciones.
6
Revisión de planes, agendas y metodologías, previas a la implementación.
7
Implementar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género, con población de comunidades educativas y población en general.
8
Implementar una estrategia mediante la realización de obras de teatro que fomenten la reflexión critica y reconocimiento de conductas violentas
9
Prestación de servicios profesionales para reconocimiento a personas agresores para reforzar la Línea Hombre a Hombre y CEDEMAS de la Secretaría de las Mujeres.
10
Coordinación para el desarrollo de las funciones del personal y servicios.
11
Entrega de los medios de verificación a entera satisfacción de la Instancia local responsable.
12
Pago de servicios.
 
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA.
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS (AS)
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS (AS)
MUJERES, HOMBRES
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
MUJERES, HOMBRES
ADULTAS (OS) MAYORES
MUJERES, HOMBRES
INDÍGENAS
 
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
 
AFROMEXICANAS (OS)
 
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
 
LGBTI+
 
MADRES JEFAS DE FAMILIA
 
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
 
VÍCTIMAS INDIRECTAS
 
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
 
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
 
OTRAS
MUJERES, HOMBRES
 
GRUPO ETARIO
MUJERES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en
adelante
 
 
X
X
X
X
HOMBRES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en
adelante
 
 
X
X
X
X
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Chalco, Chimalhuacán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec De Morelos, Ixtapaluca, Naucalpan De Juárez, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla De Baz,
Toluca, Tultitlán, Valle De Chalco Solidaridad
 
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
#
ACTORES ESTRATÉGICOS
INSTRUMENTO JÚRIDICO Y/O
MECANISMO DE COORDINACIÓN
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
Ayuntamientos
Convenios/ Reunión/ Oficios/ minutas de trabajo
Gestión de los espacios para realizar las actividades.
2
Institutos Municipales de las Mujeres
Convenios/ Reunión/ Oficios/ minutas de trabajo
Captación de convocatoria para realizar las actividades
 
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Cambio de Autoridad Responsable
Compromiso y capacidad de transmitir los conocimientos a las nuevas autoridades.
Baja participación o interés de las personas beneficiarias en las actividades comunitarias, escolares o teatrales, debido a desinformación o apatía social.
Diseñar una estrategia de comunicación territorializada que incluya difusión anticipada a través de redes comunitarias, instituciones educativas, medios locales y promotores sociales, así como vinculación con autoridades municipales y liderazgos locales.
Resistencia sociocultural a los enfoques de género y masculinidades positivas
Estrategia de sensibilización
 
C.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
ACTIVIDADES
CONCEPTO DE GASTO
MES
MES 1
MES 2
MES 3
MES 4
MES 5
MES 6
MES 7
Monto
Brindar atención emergente y contención emocional mediante asesoría telefónica, a personas agresoras en situación de crisis o conflictos susceptibles a desarrollar prácticas de violencia y a aquellos hombres que deseen hablar sobre sus emociones, con la finalidad de brindar herramientas de apoyo y deconstruir masculinidades hegemónicas
Contratación de 1 Psicólogo
mediante prestación de servicios
profesionales por honorarios
 
X
X
X
X
X
X
$126,000.00
Diseñar y facilitar sesiones individuales y grupales con perspectiva de género y enfoque psicosocial con personas agresoras, con la finalidad de aplicar metodologías de deconstrucción de masculinidades tradicionales, generando procesos de seguimiento y evaluación de los usuarios atendidos.
Contratación de 5 Profesionistas
en Psicología y 3 en Trabajo
Social mediante prestación de
servicios profesionales por
honorarios
 
X
X
X
X
X
X
$1,008,000.00
400 Talleres divididos de la siguiente manera:
- 367 talleres a alumnado en temas derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la prevención de la violencia de género y feminicidio, con una duración aproximada de 2 horas.
-11 talleres a profesores sobre temas de derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la prevención de la violencia de género y feminicidio, con una duración aproximada de 2 horas.
-22 talleres a ciudadanía sobre temas de derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la prevención de la violencia de género y feminicidio, con una duración aproximada de 2 horas.
Contratación de prestación de
servicio
 
X
X
X
X
X
X
$2,546,000.00
Realizar la presentación de 22 obras de teatro, dos obras en cada uno de los once municipios del Estado de México con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), con el objetivo de sensibilizar a la comunidad universitaria sobre la prevención de las violencias de género y fomentar el cambio de patrones socioculturales que las perpetúan.
Contratación de Asociación Civil
 
X
X
X
X
X
X
$1,150,000.00
TOTAL
CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL PESOS 00/100
M.N.
$4,830,000.00
 
C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
RECURSOS HUMANOS
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
TIPO DE CONTRATACIÓN
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
Psicología
1 año
Licenciatura
Servicios profesionales
(honorarios)
6
Trabajo Social
1 año
Licenciatura
Servicios profesionales
(honorarios)
3
Contratación de una
consultoría
1 año
N/A
Persona moral
1
Convenio con una
Asociación Civil
1 año
N/A
Persona moral
1
 
 
 
 
 
 
 
Total de Prestadores de Servicios a Contratar
11
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en tres ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto MUJERES/AVGM/MEX/028/2025, en la Ciudad de México el día 30 de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernadora del Estado, Delfina Gómez Álvarez.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Titular de la Instancia Local Receptora, Óscar Flores Jiménez.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres del Estado de México y Titular de la Instancia Local Responsable, Mónica Chávez Durán.- Rúbrica.