ACUERDO por el que se delegan atribuciones a la persona titular de la Dirección de Recursos Humanos de Lotería Nacional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Lotería Nacional.- Si juegas, gana México.
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN ATRIBUCIONES A LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LOTERÍA NACIONAL
Mtro. Arturo Flores Molina, Subdirector General de Administración y Finanzas de Lotería Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 7 fracción XV, 10 fracción II, 12, 30, 31, 33 fracciones V, VII, XVII, 34, 36 fracción I y SEXTO TRANSITORIO del Estatuto Orgánico de Lotería Nacional, y
CONSIDERANDO
I. Que, Lotería Nacional es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto y fin es apoyar económicamente las actividades a cargo del Ejecutivo Federal en el campo de la asistencia pública y social, a través de la organización y/o participación en la operación y celebración a nivel nacional e internacional de juegos, concursos y sorteos con premios en efectivo o en especie, destinando a ese fin los recursos que obtenga.
II. Que, con fecha 18 de enero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se expide el Estatuto Orgánico de Lotería Nacional, en el cual se establecen las bases de organización y funcionamiento de la Entidad en el ámbito de su competencia, las atribuciones y funciones del Consejo Directivo, de la Dirección General y de las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Administración y Finanzas, de Ventas y Operaciones y de Nuevos Negocios, Mercadotecnia y Publicidad.
III. Que, los artículos 12, 31 y 34 del Estatuto Orgánico de Lotería Nacional establecen que, la Entidad para el ejercicio de las atribuciones que le competen, contará con una Dirección General, las Subdirecciones Generales, las Direcciones de Área, Gerencias, Subgerencias, Jefaturas de Departamento y sus homólogos o equivalentes, y que las personas titulares de las Subdirecciones Generales se auxiliarán de los servidores públicos titulares de las áreas anteriormente citadas; así como la facultad de las personas titulares de las Unidades Administrativas de delegar sus atribuciones en el personal subalterno, sin perjuicio de su ejercicio directo.
IV. Que, de conformidad con los artículos 7 fracción XV y 10 fracción II del Estatuto Orgánico de Lotería Nacional, dentro de las Unidades Administrativas que conforman a Lotería Nacional, se encuentra la Subdirección General de Administración y Finanzas, la cual cuenta con las atribuciones que le confieren los artículos 30, 33, 34 y 36 del referido Estatuto; y de conformidad con la estructura orgánica aprobada en la Sesión Extraordinaria II del Consejo Directivo de Lotería Nacional en fecha 22 de enero de 2025, la Dirección de Recursos Humanos es parte integrante de la citada Subdirección.
V. Que, con el propósito de procurar una mejor organización del trabajo administrativo, fortalecer la eficacia de las disposiciones normativas que rigen a esta Entidad, así como de optimizar la eficiencia en el desarrollo de las funciones institucionales, en el ámbito de las atribuciones conferidas a la persona titular de la Subdirección General de Administración y Finanzas, conforme al artículo 33 fracción XVII en correlación con el artículo 34 del citado ordenamiento, se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se delega a la persona titular de la Dirección de Recursos Humanos, la atribución de expedir copias certificadas de los documentos originales, así como de emitir constancias de la información contenida en medios magnéticos o electrónicos, que obren en los archivos competencia de la Subdirección General de Administración y Finanzas, relativos exclusivamente a los expedientes de personal.
SEGUNDO. El ejercicio de las atribuciones señaladas en el numeral inmediato anterior deberá ser practicado en estricto apego a derecho, de forma debida y diligente, observando los principios que rigen el servicio público y sin hacer mal uso de la facultad conferida de conformidad al marco normativo vigente; asimismo, deberá informar a su superior el ejercicio de la delegación materia del presente Acuerdo
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y estará vigente hasta el día treinta de septiembre de dos mil treinta.
SEGUNDO. En caso de que existan modificaciones o actualizaciones al marco normativo aplicable, que se opongan al contenido del presente o sustituyan el mismo, éste quedará sin efectos.
TERCERO. La delegación de atribuciones establecidas en el presente Acuerdo no limita el ejercicio directo por parte de la persona titular de la Subdirección General de Administración y Finanzas.
CUARTO. Se dejan sin efecto las disposiciones de igual o menor rango que se opongan a lo dispuesto en el presente Acuerdo.
Ciudad de México, a 09 de julio de 2025.- Subdirector General de Administración y Finanzas de Lotería Nacional, Mtro. Arturo Flores Molina.- Rúbrica.