Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Oaxaca
EDICTO
C. Rebeca Rivera Herrera.
En el juicio de amparo número 328/2025, promovido por Gudelia Leticia Acevedo Ramírez, en representación de Cecilio Jiménez Castro contra actos del de la Magistrada titular de la Octava Sala Penal Unitaria del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado y otra autoridad; en el cual reclama, la resolución de once de diciembre del año dos mil veinticuatro en los autos del TOCA PENAL JOTPAE/0006/2024, que confirmó la resolución apelada de cuatro de junio del dos mil veinticuatro, que declaró improcedente la prescripción de la reparación del daño solicitada a favor de la persona privada de la libertad en el cuaderno de ejecución 1542/2020, del índice del Juzgado de Ejecución Penal, sede Ixcotel, Oaxaca; con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente, se ordenó emplazar por este medio a la tercera interesada Rebeca Rivera Herrera, quien debe presentarse dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio; apercibida que de no hacerlo, por sí, o por apoderado que pueda representarla, se seguirá el procedimiento en sus etapas, haciéndose las subsecuentes notificaciones por medio de lista de acuerdos, en términos de lo dispuesto en los artículos 26, fracción III y 27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado la copia de la demanda de amparo.
Atentamente
San Bartolo Coyotepec, Oaxaca; 10 de julio de 2025.
Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Oaxaca
León Isaac Hernández Luna
Rúbrica.
(R.- 566921)