ACUERDO por el que se determina la circunscripción territorial de las Oficinas de Representación de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados en las entidades federativas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaría de Gobernación.
ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Gobernación, con fundamento en los artículos 16, párrafo primero, 17, 17 Bis, 26, fracción I y 27, fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2, fracción X y 15 de la Ley Sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político; 15 del Reglamento de la Ley Sobre Refugiados y Protección Complementaria; 3, apartado B, fracción V, 5 y 6, fracción XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados es un órgano administrativo desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Gobernación que cuenta con atribuciones para elaborar proponer y difundir la política en materia de refugiados y protección complementaria, así como para sustanciar y resolver los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiados, entre otros asuntos;
Que el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de conformidad con los Reglamentos Interiores o sus ordenamientos legales, podrán contar con Oficinas de Representación en las entidades federativas, o en su caso en regiones geográficas que abarquen más de una entidad federativa siempre y cuando sea indispensable para prestar servicios o realizar trámites en cumplimiento de los programas a su cargo y cuenten con recursos aprobados para dichos fines;
Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que los actos administrativos de carácter general emitidos por la administración pública federal que tengan por objeto establecer obligaciones especificas cuando no existan condiciones de competencia, deberán de publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan sus efectos jurídicos. Asimismo, el artículo 42 de dicha Ley establece que los escritos dirigidos a la Administración Pública Federal deberán presentarse directamente en sus oficinas autorizadas para tales efectos, por lo cual es necesario brindar certeza a las personas interesadas sobre el conocimiento del lugar donde se realizará la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos a cargo de la Administración Pública Federal;
Que el artículo 169 párrafo segundo del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación establece que la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, podrá contar con la estructura necesaria que requiera para el ejercicio de sus atribuciones, incluyendo a sus Oficinas de Representación en las entidades federativas, conforme a la disponibilidad presupuestaria y las disposiciones jurídicas aplicables a la materia;
Que el artículo 6, fracción XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación establece como una atribución indelegable de la persona titular de la dependencia, determinar la circunscripción territorial de las Oficinas de Representación de la Secretaría mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, y
Que con el fin de distribuir las cargas de trabajo y facilitar el acceso a los servicios que prestan las oficinas de representación de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, proporcionando certeza a las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas y beneficiarias de protección completaría, es necesario establecer la circunscripción territorial de dichas Oficinas ubicadas en el interior de la República Mexicana, por lo cual he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS OFICINAS DE
REPRESENTACIÓN DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE LA COMISIÓN MEXICANA DE AYUDA A REFUGIADOS
EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
PRIMERO. Las Oficinas de Representación de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados ejercerán sus atribuciones dentro de la circunscripción territorial que les corresponda en términos de la siguiente tabla:
| No. | OFICINA DE REPRESENTACIÓN | ENTIDADES FEDERATIVAS QUE COMPRENDEN LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL |
| 1 | Oficina de Representación en Guadalajara, Jalisco | Jalisco |
| 2 | Oficina de Representación en Monterrey, Nuevo León | Nuevo León |
| 3 | Oficina de Representación en Oluta, Veracruz | Campeche; Oaxaca; Quintana Roo; Veracruz; y, Yucatán. |
| 4 | Oficina de Representación en Palenque, Chiapas | Chiapas |
| 5 | Oficina de Representación en Saltillo, Coahuila | Coahuila |
| 6 | Oficina de Representación en Tapachula, Chiapas | Chiapas |
| 7 | Oficina de Representación en Tenosique, Tabasco | Tabasco |
| 8 | Oficina de Representación en Tijuana, Baja California | Baja California |
SEGUNDO. La Oficina Central de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados ejercerá sus atribuciones en toda la República Mexicana, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
TERCERO. Las Direcciones de Área y la Subdirección de Asuntos Jurídicos y Trasparencia adscritas a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados ejercerán sus atribuciones en toda la República Mexicana, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 26 de agosto de 2025.- La Secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez.- Rúbrica.