ACUERDO mediante el cual se autoriza la modificación al Acuerdo por el que se desincorporó del régimen de dominio público de la Federación para su enajenación a título oneroso mediante licitación pública, el inmueble federal denominado Patio Fiscal B, ubicado en Calzada Abelardo L. Rodríguez número 101, Colonia Alamitos, Sin Manzana, Lote sin número, Porción Oeste Fracción Este, Código Postal 21210, Municipio de Mexicali, Estado de Baja California, con Registro Federal Inmobiliario número 2-5277-7, para que se enajene a título gratuito a favor del Instituto Nacional del Suelo Sustentable.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- AD-M-002-2025.

AUTORIZA LA MODIFICACIÓN AL ACUERDO POR EL QUE SE DESINCORPORÓ DEL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN PARA SU ENAJENACIÓN A TÍTULO ONEROSO MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA, EL INMUEBLE FEDERAL DENOMINADO PATIO FISCAL B, UBICADO EN CALZADA ABELARDO L. RODRÍGUEZ NÚMERO 101, COLONIA ALAMITOS, SIN MANZANA, LOTE SIN NÚMERO, PORCIÓN OESTE FRACCIÓN ESTE, CÓDIGO POSTAL 21210, MUNICIPIO DE MEXICALI, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CON REGISTRO FEDERAL INMOBILIARIO NÚMERO 2-5277-7, PARA QUE SE ENAJENE A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE.
Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II y IV, 28 fracción l, 29 fracciones I, VI y XV, 84 fracción III, 93 párrafo segundo, 95 y 101 fracciones VI y X de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y; 1, 3 fracciones VIII, X y XXVI, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracción XXXIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que con fecha 20 de junio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Administrativo, mediante el cual se desincorporó del régimen de dominio público de la Federación el inmueble denominado Patio Fiscal B, ubicado en Calzada Abelardo L. Rodríguez número 101, Colonia Alamitos, Sin Manzana, Lote sin número, Porción Oeste Fracción Este, Código Postal 21210, Municipio de Mexicali, Estado de Baja California, con Registro Federal Inmobiliario número 2-5277-7 y se autorizó su enajenación a título oneroso mediante licitación pública.
SEGUNDO.- Que con la finalidad de contribuir al cumplimiento del objetivo 2.9 del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, consistente en "Garantizar el derecho a una vivienda adecuada y sustentable que mejore la calidad de vida de la población mexicana, contribuyendo a cerrar las brechas de desigualdad social y territorial", así como del numeral VI de los compromisos para el Segundo Piso de la Transformación, denominado "República con acceso a la vivienda", el Gobierno Federal ha impulsado un modelo de ordenamiento territorial en el que la vivienda digna sea el centro de la planificación del territorio, a través del programa de edificación de viviendas.
TERCERO.- Que las Dependencias y organismos facultados para llevar a cabo dicho proyecto presidencial son la Secretaría de Bienestar, la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI), el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), así como el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
CUARTO.- Que el Instituto Nacional del Suelo Sustentable, mediante oficio número 1.5/0792/2025 de fecha 28 de marzo de 2025, suscrito por la Directora de Administración y Finanzas y Responsable Inmobiliario, solicitó la desincorporación del régimen de dominio público de la Federación y autorización de enajenación a título gratuito a favor de ese Organismo Público Descentralizado, respecto del inmueble federal materia del presente Acuerdo para la edificación de viviendas.
QUINTO.- Que el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su Segunda Sesión Extraordinaria celebrada el 6 de agosto de 2025, emitió el Acuerdo 10/2025 CAI, mediante el cual se aprobó la modificación del similar 08/2022 CAI, determinando las acciones para el mejor uso y aprovechamiento del inmueble federal materia del presente Acuerdo, para su enajenación a título gratuito a favor del Instituto Nacional del Suelo Sustentable, en términos de lo dispuesto por el artículo 84 fracción III de la Ley General de Bienes Nacionales.
SEXTO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, de conformidad con lo previsto por el artículo 11, fracción V del Reglamento de este Instituto, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico, la operación que se autoriza. La documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expediente de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente cotejada con la que se encuentra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Con fundamento en el artículo 9 fracción XIV del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente; por lo que con base en las consideraciones referidas he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se autoriza la modificación al Acuerdo por el que se desincorporó del régimen de dominio público de la Federación para su enajenación a título oneroso mediante licitación pública, el inmueble federal denominado Patio Fiscal B, ubicado en Calzada Abelardo L. Rodríguez número 101, Colonia Alamitos, Sin Manzana, Lote sin número, Porción Oeste Fracción Este, Código Postal 21210, Municipio de Mexicali, Estado de Baja California, con Registro Federal Inmobiliario número 2-5277-7, para que se enajene a título gratuito a favor del Instituto Nacional del Suelo Sustentable, para la edificación de viviendas.
SEGUNDO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales ejercerá a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo el cumplimiento de este acuerdo en los términos presentados.
TERCERO.- Si el Instituto Nacional del Suelo Sustentable dejare de utilizar el inmueble cuya enajenación a título gratuito se autoriza, le diere un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de este Instituto, o bien, lo dejare de necesitar, dicho inmueble con todas sus mejoras y accesiones se revertirá al patrimonio de la Federación. Esta condición deberá insertarse en el contrato correspondiente que al efecto se expida.
CUARTO.- Los impuestos, derechos, honorarios y gastos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable.
QUINTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en el ámbito de sus atribuciones a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
SEXTO.- Si dentro del año siguiente a la entrada en vigor de este Acuerdo, no se hubiere celebrado el contrato correspondiente a la operación que se autoriza, por causas imputables al Instituto Nacional del Suelo Sustentable, determinadas por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo este Instituto publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que se dé a conocer esta circunstancia, así como notificarlo al Instituto Nacional del Suelo Sustentable.
SÉPTIMO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación e inscríbase en el Registro Público de la Propiedad Federal.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 22 días del mes de agosto de 2025.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.